Licencia para matar con impunidad
Un año de la tragedia que truncó la vida de 51 personas sin respuestas para familiares y víctimas. Para los usuarios, anuncios increíbles, "la revolución ferroviaria" de Randazzo, y un viaje inseguro e indigno. Nuevos vagones que comprarán sin licitación y la incumplida promesa del soterramiento.
La Justicia, en cambio, imputó a empresarios inescrupulosos y funcionarios deshonestos cómplices de administración fraudulenta y estrago. Más cerca de las responsabilidades civiles, y de hacerlos pagar con su patrimonio personal.
Ahí está la relación entre la tragedia de Once, la responsabilidad de los funcionarios públicos y la reforma del Código Civil, anunciada con brillo y maquillaje para tapar los disparates del proyecto disfrazado de progresista para eliminar responsabilidades del Estado.
La Comisión de Reforma se integró con gente de prestigio, que entregó a la Presidenta un anteproyecto para unificar y reformar los códigos civil y comercial. Ella lo presentó y pidió su aprobación al Congreso, disimulando que el original había sido alterado en su paso por el PEN. Sólo voy a referirme a los cambios de los artículos 1764, 1765 y 1766.
Para dimensionar su gravedad, basta comparar los textos. La comisión tomó como fuentes opiniones autorizadas, legislación comparada, jurisprudencia de la Corte y ponencias de congresos nacionales e internacionales. De ahí, la propuesta de redacción del artículo 1764: "El Estado responde, objetivamente, por los daños causados por el ejercicio irregular de sus funciones, sin que sea necesario identificar a su autor. Para tales fines se debe apreciar la naturaleza de la actividad, los medios de que dispone el servicio, el lazo que une a la víctima con el servicio y el grado de previsibilidad del daño".
El propuesto artículo 1765 decía: "El funcionario o empleado público es responsable por los daños causados a los particulares por acciones u omisiones que implican el ejercicio irregular de su cargo. Las responsabilidades del funcionario o empleado público y del Estado son concurrentes".
Y el 1766: "El Estado responde, objetivamente, por los daños derivados de sus actos lícitos que sacrifican intereses de los particulares por desigual reparto de las cargas públicas. La responsabilidad sólo comprende el resarcimiento del daño emergente; pero, si es afectada la continuación de una actividad, incluye la compensación del valor de las inversiones no amortizadas, en cuanto hayan sido razonables para su giro".
Pero el proyecto ingresado en el Congreso tiene un texto distinto y contrapuesto. Veamos:
1764: "Las disposiciones de este título no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria".
1765: "La responsabilidad del Estado se rige por las normas y los principios del derecho administrativo nacional o local, según corresponda".
1766: "Los hechos y las omisiones de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones por no cumplir sino de una manera irregular las obligaciones legales que les están impuestas se rigen por las normas y principios del derecho administrativo nacional o local según corresponda".
En su artículo "Astucia oficial preocupante", el doctor Miguel Ángel Ortiz Morán escribió: "[...] pese a que hoy la jurisprudencia no tiene duda en aplicar el régimen común de responsabilidad civil al Estado, y el anteproyecto hasta lo puso «por escrito» y lo mejoraba, otorgando mayor seguridad jurídica, el proyecto implica volver al Consejo de Estado francés del siglo XIX, con tribunales y normas especiales para juzgar al Estado".
Está claro que el móvil que impulsa ese retroceso no es la defensa de las ideas republicanas, sino más bien lo que se quiere destruir.
El actual Código Civil dice en su artículo 1112 que los hechos y las omisiones de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, por cumplir de manera irregular sus obligaciones legales, están comprendidos en las disposiciones de responsabilidad de ese título. Esa disposición fue "borrada" del proyecto, sepultando el principio enunciado por la comisión: "igualdad real" entre los dirigentes políticos devenidos funcionarios públicos, y el resto de los ciudadanos que siempre, y en todos los casos, deben responder por sus actos irregulares. Serán, entonces, estos funcionarios irresponsables legalmente por sus actos propios en el ejercicio de la función pública.
Ésa es la vinculación que indigna, que agravia la conciencia moral de la Argentina. La tragedia de Once, la desidia y la corrupción necesitan esa reforma.
Igual de grave es lo que se pretende modificar en el artículo 804 sobre sanciones conminatorias pecuniarias que pueden aplicar los jueces a quienes no cumplen con sus resoluciones, eximiendo a los funcionarios de la obligación de acatarlas. Está claro: para el kirchnerismo, ellos están exentos de cumplir las decisiones judiciales. Es lo que vienen haciendo. Sobran ejemplos para demostrar la desobediencia a los fallos de la Corte.
Avanzar en esos cambios es dar un garrote mortal a la República. Con funcionarios irresponsables por lo que hacen y un Estado al que ningún ciudadano afectado en sus derechos pueda reclamar, se da vía libre a la corrupción y al enriquecimiento. Es una licencia para matar con la impunidad que quienes gobiernan quieren hacer legal.
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