Ley de Ética Pública: qué pasa con las declaraciones juradas
El martes pasado la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, presentó ante el Congreso el proyecto de ley de Ética Pública, que intenta saldar un reclamo histórico de la sociedad civil para combatir la corrupción y exigir rendición de cuentas a los gobernantes. En un año electoral como el que vamos a atravesar, la bandera de la transparencia parece dominar la escena de la política y necesitar del monitoreo ciudadano.
En esta línea, en Directorio Legislativo trabajamos desde 2011 junto a LA NACIONpara poner a disposición de la ciudadanía las declaraciones juradas patrimoniales (DDJJ) de los legisladores, como una forma de identificar si existe enriquecimiento ilícito y detectar potenciales conflictos de interés que podrían presentarse en la tarea legislativa, entre otras cuestiones. La legislación actual no permite identificar estas cuestiones.
La importancia de que la ciudadanía controle a sus funcionarios se demuestra en un sinfín de escándalos de corrupción que dominaron y dominan la escena política del país. El problema está cuando los ciudadanos no tienen acceso a la información necesaria para cumplir el rol de monitoreo porque los gobiernos la ocultan o porque la convierten en información poco accesible. Ejemplo de ello es que, en muchos casos, es necesario conocer el CUIT del funcionario para descargar a su DDJJ porque es complejo encontrarlos por el apellido.
Lamentablemente, de esto y de otros ejemplos puede deducirse que el régimen de declaraciones juradas actual dista mucho de ser el ideal: no queda claro qué información deben completar los funcionarios, además de que las propiedades y bienes declarados no exhiben su valor real. Tampoco declaran con qué fin fueron obtenidos y sobre todo si mencionamos que no están obligados a declarar las propiedades y bienes de cónyuges e hijos como consecuencia de una modificación que sufrió la Ley 25.188 en 2013. Bajo estas consideraciones es imposible detectar irregularidades, malversación de fondos o cualquier otro tipo de análisis que queramos hacer sobre la evaluación patrimonial del funcionario y de su conjunto familiar
En medio de este panorama desalentador resurge el debate legislativo sobre las modificaciones a la Ley de Ética Pública. Entre las modificaciones el proyecto del Ejecutivo vuelve a incluir la obligación de declarar los bienes familiares y agrega las actividades anteriores del funcionario de los últimos tres años. Sin embargo, no incorpora la fecha en la que se adquirieron los bienes, elimina completamente el capítulo de publicidad oficial y recorta el régimen de conflicto de interés, por ejemplo, dejando en manos de la reglamentación los alcances y aplicabilidad del artículo que menciona que los diputados y senadores deberán comunicar los intereses privados que tengan en relación a los proyectos de ley que trabajan.
La transparencia y la rendición de cuentas siguen siendo la línea de base para combatir la corrupción. Si el proyecto que se está discutiendo en el Congreso continúa sin regular ámbitos y prácticas comunes en la escena política, difícilmente podamos construir instituciones públicas confiables y gobiernos transparentes.
Mercedes de los Santos