La extinción de dominio: una herramienta que todavía no funciona
En 1970 el presidente de Estados Unidos Richard Nixon le declaró la guerra a las drogas e instauró la confiscación civil de bienes de propiedad privada provenientes de un ilícito, como un instrumento de política criminal en la lucha contra el narcotráfico. Esta situación jurídica, en la cual no se analiza la responsabilidad criminal del sujeto sino el origen de los bienes, consiste en que el Estado obtiene la titularidad de pertenencias con supuesto origen ilícito, sin compensación y sin condena del acusado, justificándolo en que no hay derecho de dominio por ser ilícito. De este fundamento surge también que se puede aplicar la retroactividad de la ley.
En lo político, parece ser que en nuestro país el cómo se impone siempre al qué. El arco político mayoritariamente está a favor del decomiso de bienes de origen ilícito, pero no existe un consenso sobre el cómo. La media sanción del proyecto de ley de extinción del dominio del 2016, con 135 votos positivos y 50 negativos no fue la excepción. En aquel contexto, se acercaba la elección de medio término y desde la oposición no querían brindar una herramienta para que los jueces montaran shows mediáticos sobre ex funcionarios inclinando la balanza hacia el oficialismo.
Esta herramienta para el Poder Judicial fue tratada en Comisión en el Senado en el 2016, donde asistieron altos funcionarios del gobierno nacional junto a destacados académicos y juristas, quienes en su gran mayoría plantearon modificaciones procesales y de fondo al proyecto. Esta situación derivó en un dictamen de Comisión con modificaciones a la media sanción, el cual caducó al no ser tratado nunca en el recinto por el cambio de conformación de la Cámara.
Desde la resistencia jurídica apuntaron a la dudosa constitucionalidad del proyecto y a la posibilidad de quitarle la titularidad patrimonial a un sujeto sin condena criminal de culpabilidad, con el solo hecho de ser llamado a indagatoria. Esto generó una nueva polémica y varios cuestionamientos. Incluso sectores de "Justicia 2020", como Ricardo Gil Lavedra, coordinador general del Programa, alertaron que el proyecto carecía de sistematicidad y racionalidad.
Los números son alarmantes y los antecedentes negativos. En materia de lavado de dinero, María Julia Alsogaray, IBM-Banco Nación y el contrabando de armas son los casos más notorios donde se decomisaron solamente US$6 millones, cuando el perjuicio al Estado se calcula en 100 veces superior a ese monto. En la actualidad en materia de narcotráfico, según la ministra Bullrich, la PROCELAC detectó en los últimos cinco años maniobras de lavado narco en nuestro país por $4000 millones: al cartel de Álvarez Meyendorff se le detectaron bienes por un valor de $920 millones y a la conocida banda criminal de Rosario "Los Monos" se le descubrieron 55 automóviles, 4 motocicletas y 7 inmuebles. Frente a todo esto, entre fuerzas de seguridad, SEDRONAR e inversión, el Estado destina unos $7880 millones, lo que representa 0,9 puntos del PBI.
La decisión política parece estar. Ahora falta un proyecto sin falencias, que logre de manera jurídicamente eficaz y rápida dar un paso adelante en la construcción de una cultura del decomiso de los bienes de origen ilegal, pero que no afecten el principio de inocencia del que gozan todos los habitantes del suelo argentino.
Director de El Monitor de la Justicia