Teletrabajo. La ley debe fomentarlo, no limitarlo
La semana pasada comenzó a tratarse en el Senado el proyecto de regulación del teletrabajo, que obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados. El jueves recibimos en la comisión de Trabajo al ministro del área y a dirigentes sindicales.
Lo hicimos convencidos de que este proyecto de ley debe ser modificado, en el sentido de permitir y fomentar el crecimiento del mercado laboral a través de esta modalidad y no limitarlo o achicarlo poniendo trabas innecesarias. Una regulación puede promover o puede obstaculizar. La modalidad del trabajo a distancia presenta un potencial desarrollo social y económico enorme en la Argentina. Por la calidad de nuestra gente, por la capacidad demostrada de generar más recursos y por los costos relativos que también son beneficiosos.
Lo que esta pandemia ha generado -en realidad, las cuarentenas que obligaron en todo el mundo a permanecer en sus casas y trabajar desde allí para no detener totalmente la activad económica- fue la aceleración de un proceso que ya estaba iniciado. Y paradójicamente demostró a muchos las bondades del teletrabajo, tanto a empleados como empleadores. En ese contexto, y en reuniones que tuvimos los senadores de Juntos por el Cambio con empresarios y empleados para conversar y conocer sus opiniones sobre el tema, se mencionó el estudio que realizó una empresa de servicios. Se trata de una encuesta a sus empleados de Latinoamérica, la cual arrojó que el 70% de ellos preferiría seguir trabajando desde su casa y no volver a la oficina.
Esto, sumado a la facilidad con que se superan distancias y accidentes geográficos a partir de la tecnología, es la enorme oportunidad que tenemos por delante. Para aprovecharla es fundamental que entendamos que cualquier regulación que generemos será comparada inmediatamente con la regulación de otros países y será allí donde se defina cuáles sacarán más provecho del cambio de paradigma.
Es fundamental que entendamos que cualquier regulación que generemos será comparada inmediatamente con la regulación de otros países y será allí donde se defina cuáles sacarán más provecho del cambio de paradigma
En ese sentido la ley tiene varios aspectos a modificar. Para marcar solo tres de ellos que consideramos relevantes:
- Una persona contratada para realizar su actividad bajo el sistema del teletrabajo puede decirle en cualquier momento a su empleador: quiero realizar mi actividad en una oficina. La ley obliga al empleador a buscar satisfacer ese requerimiento.
- La ley crea un registro de plataformas virtuales y las empresas deberán informar en cada caso cuál es la que utilizan. Mi carrera universitaria ha sido en Sistemas y me ocupo de estar siempre actualizado (de hecho, puedo decir que ya en 2015 durante mi paso por el Ministerio de Educación organizaba reuniones virtuales con mis colegas de varias provincias con una casi desconocida plataforma en ese entonces llamada Zoom). Considero que burocratizar y por ende obligar a cada empleador a registrar la plataforma que utiliza es un obstáculo.
- El proyecto limita y restringe la jornada laboral, su conformación y su tiempo. Otro claro obstáculo cuando uno piensa las posibilidades de prestar servicios a países que no compartirán franja horaria con nosotros, por ejemplo.
En resumen, esta ley puede ser una enorme oportunidad frente a un cambio profundo de paradigma laboral de escala global.Puede ser la oportunidad para que la Argentina desarrolle su potencial; o por el contrario puede ser una amenaza, un problema. Los dirigentes políticos argentinos solemos invertir mucha energía frente a los problemas, buscando culpables y responsables, y restamos dedicación a encontrar soluciones colectivas que resuelvan de manera definitiva esas problemáticas. Quizás esta sea también una oportunidad para cambiar esa tradición.
Senador Nacional por la provincia de Buenos Aires (Juntos por el Cambio)