El derecho ciudadano a peticionar
Lejos de ser un intento de presionar al Poder Judicial, la solicitada que pidió la remoción del juez Rafecas expresa una demanda legítima que busca generar un cambio desde el llano, desde la gente común
Ciertas decisiones procesales del juez federal Daniel Rafecas provocaron un interesante contrapunto de opiniones, que quizá sean consecuencia de los 12 años de kirchnerismo, que con su autoritarismo y su generación de conflicto sistemático nos ha hecho olvidar algunas maneras válidas, pacíficas y esenciales para defender nuestros derechos.
No es menor que el Consejo de la Magistratura –juicios políticos incluidos– sufre los efectos de la mala ley de 2006, lamentablemente convalidada por la Corte Suprema en 2014.
El 8 de septiembre, más de 300 ciudadanos, algunos que ni siquiera nos conocemos entre nosotros, publicamos una solicitada para reclamar la destitución del juez por su desempeño en la denuncia del fiscal Nisman contra Cristina Kirchner y otros ex funcionarios.
Con la brevedad propia de toda solicitada, resumimos la manifiesta inconducta judicial de desestimar la denuncia en un tiempo récord, sin analizar pruebas. Esa parcialidad y ese mal desempeño creemos que justifican su remoción, claro que por los procedimientos vigentes, como dijimos claramente.
El propio juez y varios militantes “K” que lo respaldan acusaron a la solicitada de ser “… un acto de presión brutal contra la independencia judicial…”, pese a que ellos jamás dijeron una palabra sobre las amenazas físicas, denuncias penales sin fundamento y leyes inconstitucionales con las que el gobierno anterior trató de dominar al Poder Judicial y a varios de nosotros.
No asombra que ese sector sea agraviante con quienes, con nombre y apellido, la firmamos. Fue y será su táctica política.
Asombra sí la crítica de algunas pocas pero muy respetables personalidades, que antes lucharon para defender la Justicia.
Más allá de detalles, esos cuestionamientos consideran que publicar una solicitada es una presión contraria a los canales institucionales, que hasta puede dañar la democracia. Según esa postura, lo único que puede hacerse ante una inconducta judicial es presentar un escrito de denuncia con las formalidades exigidas por el Consejo de la Magistratura para tramitar un expediente tradicional.
Creemos que ese razonamiento contradice la Constitución y la historia de nuestras libertades.
Una solicitada se explica por su propio nombre: solicita. No ordena, no ataca al sistema legal, no amenaza ni presiona. Sólo solicita, literalmente. Es un reclamo abierto, con los nombres de sus autores, frontal y explícito.
Sus firmantes somos personas comunes que ni aisladas ni en grupo tenemos un poder comparable al de un juez federal, al del Consejo de la Magistratura o al del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
La Constitución tiene varios e importantes principios, resumibles en que nos rige la libertad. Su art. 19 aclara que “ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley ni privado de lo que ella no prohíbe”. Sabemos que la ley no limita el derecho a pedir un juicio político a las formas escritas judiciales ni impide a nadie publicar solicitadas firmadas.
Aunque se interpretara que las normas del Consejo de la Magistratura tácitamente prohíben estos pedidos públicos, la Constitución en su art. 28 aclara que “los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”.
Quien considere que como la Constitución no autoriza explícitamente a publicar solicitadas pidiendo juicio político, ante ese silencio el Consejo puede impedir esa posibilidad, estaría olvidando que la Constitución también dice en su art. 33 que “las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados, pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno”.
Debemos insistir en que la esencia de la Constitución es básica y elemental: la libertad. Luchar por ella, obtenerla y mantenerla es la historia de la humanidad. Un camino con algunos retrocesos pero con una clara tendencia a consolidar progresivamente cada día más libertades y derechos de las personas, frente al poder de quienes intentan controlar al ser humano.
Así, cada día son más sagradas las libertades de opinión y de expresión, que no se limitan al voto en elecciones periódicas. El derecho humano a ser oído y a manifestarse frente al Poder Judicial o al Legislativo o al Ejecutivo puede ejercerse individual o grupalmente, en un silencioso escrito, en una solicitada, en una marcha, en una entrevista, en una nota o en un libro. Debemos defender este derecho a toda costa.
Obviamente, la formalidad del juicio político se inicia con una presentación escrita ante el Consejo de la Magistratura y de hecho el doctor Rafecas fue y está denunciado en dos expedientes en trámite. Por eso era redundante otra denuncia formal.
Los ciudadanos comunes, sin cargos ni poderes formales que permitan imponer nuestra voluntad a nadie, sí podemos seguir expresándonos como prefiramos, en tanto pidamos que se apliquen la Constitución y las leyes. Eso hicimos.
Si no hay amenazas, nada puede considerarse una presión y menos todavía cuando la solicitud pública es que la remoción ocurra “de acuerdo con los procedimientos vigentes”, o sea, con los procedimientos legales.
No teoricemos y seamos realistas: una solicitada firmada por 300 personas, cada una conocida por mucha gente, tiene una fuerza difusiva mayor que un escrito que quedará aplastado por la inevitable burocracia y eventualmente será olvidado.
Una solicitada se publica para trascender, ser conocida, comentada, divulgada y así ser más eficiente en generar un cambio desde el llano, desde la gente común. Sobre todo cuando –reiteremos– ya existen dos pedidos de juicio político formales, iniciados por los diputados Carrió y Wolff.
No puede haber presión, porque en definitiva el único que puede ordenar un juicio político es el Consejo de la Magistratura y quien condena es el Jurado de Enjuiciamiento. Como bien declaró el senador Pinedo, los consejeros son personas duras, que no van a sentirse presionadas por una solicitada, la firmen una o mil personas.
Máxime si entendemos que no es presionar el que un grupo de gente o una persona individual, como a veces ocurre, haga saber su opinión de manera abierta. Es un reclamo, ejerciendo otro derecho que nuestra Constitución ampara en el art. 14: peticionar a las autoridades. Derecho que es libre, informal y no puede retacearse.
Es difícil de entender que quien hasta hace poco participaba, aplaudía y hasta convocaba a marchas, declaraciones y solicitadas por una Justicia mejor ahora cuestione el ejercicio de derechos constitucionales, que se concretan uniéndose y publicando, algo que individualmente sería imposible.
Simple pero trascendental ejercicio de la libertad, por la que siempre hay que luchar.
Los ciudadanos tenemos sólo la fuerza que nos da la Constitución y nadie debe retaceárnosla, alegando supuestas presiones y exigiendo formalismos innecesarios.
Abogado, ex consejero de la Magistratura