Cueva de las Manos y minería
Es responsabilidad de las autoridades impedir que los valores naturales y culturales sean afectados por exploraciones que pueden resultar destructivas
La autorización otorgada por parte del gobierno de la provincia de Santa Cruz para realizar cateos de exploración en terrenos cercanos a la Cueva de las Manos provocó gran consternación. El valor histórico, cultural y ambiental no sólo en el sitio de la Cueva de las Manos, sino también en el área que la rodea, es ampliamente conocido y apreciado y ha llevado a declararlo Monumento Histórico Nacional y Paisaje Protegido, además de haber sido reconocido por la Unesco en 1999 como Sitio del Patrimonio de la Humanidad. Ello ha motivado la sanción de una ley provincial de protección de la cuenca media e inferior del río Pinturas, donde se emplazan varios espacios arqueológicos -entre ellos, la Cueva de las Manos- que representan la herencia milenaria de pobladores nativos que habitaban la región hace más de 9000 años. Esa ley establece una categorización del territorio según la presencia de sitios arqueológicos y, en virtud de ello, el tipo de actividad factible de ser llevada adelante en cada área.
El permiso de cateo, otorgado en abril de 2016, contempla la posibilidad de exploración en áreas que la ley denomina de amortiguamiento, cuya función es resguardar los sitios arqueológicos. Tal como detalla la norma, se prohíben dentro de esas áreas las alteraciones visuales y de los rasgos de la geografía que indiquen la presencia de asentamientos humanos en el pasado.
La actividad para la obtención de minerales de oro y plata es realizada a través de la minería a cielo abierto, lo cual genera una profunda destrucción del ambiente arqueológico, paisajístico y ambiental en una zona única en el planeta. El uso de explosivos, el tránsito constante de vehículos de gran porte, la generación de notables cantidades de material estéril y la construcción de la infraestructura necesaria para concretar un proyecto minero en el lugar generarán consecuencias irremediables para el segundo sitio turístico entre los de mayor cantidad de visitantes de Santa Cruz.
Los terrenos en los cuales se ha permitido el cateo pertenecen a la Fundación Flora y Fauna, que promueve la conservación de propiedades mediante su compra y posterior donación al Estado nacional para luego incorporarlas al sistema de áreas protegidas de la Administración de Parques Nacionales. A mediados de 2015, la propiedad, conocida como Estancia Los Toldos, dentro de la cual se encuentra la Cueva de las Manos, fue comprada por la citada organización a fin de promover la creación de un parque nacional que protegiera este patrimonio de la humanidad que, hasta esa fecha, se encontraba en manos privadas.
Aun cuando la Administración de Parques Nacionales ha demostrado su interés en recibir el área, el proceso de donación de los terrenos al Estado nacional se detuvo debido al comienzo de los trabajos de exploración minera en la estancia. Ello demuestra la fragilidad del estatus de protección y la necesidad de resguardar el área, de forma urgente, bajo una adecuada figura de conservación.
Ya hay varias explotaciones mineras allí (incluyendo una en la zona que la mencionada ley califica como "intangible" por su valor arqueológico) y las consecuencias han sido devastadoras e irreparables. Es notable cómo estas actividades van a contramano de las políticas llevadas adelante para consolidar el Circuito Turístico Binacional Parque Patagonia, que propone transformar la región patagónica -tanto chilena como argentina- en un destino de categoría mundial para el turismo, por sus paisajes únicos, su bagaje arqueológico y cultural y su extraordinaria riqueza natural. La ruta 40 es una de las vías de acceso y comunicación más importantes del circuito y el río Pinturas es uno de los sitios más emblemáticos. Se trata de una verdadera ruta escénica donde el paisaje ofrece una experiencia visual memorable. Todos sus elementos contribuyen a la calidad de la experiencia de quienes la recorren. Permitir el emplazamiento de una mina a cielo abierto junto a la ruta no sólo no fortalece la emoción estética que el sitio genera, sino que resulta contrario al derecho a un ambiente sano establecido en nuestra Constitución nacional.
A menudo, quienes tienen a su cargo la administración de un área suelen percibir sólo las ventajas y no los riesgos de incentivar emprendimientos agresivos con el entorno. Está en manos de las autoridades impedir que los valores naturales y culturales del sitio sean arrasados. Resulta inadmisible que aquello que la comunidad valora y busca legítimamente proteger pueda destruirse mediante una decisión inadecuada.