Consecuencias legales de la guerra de agresión de Rusia
NUEVA YORK
La guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y su intervención en los asuntos internos de ese país constituyen graves violaciones del derecho internacional. Según el Tribunal Militar Internacional de Núremberg, “la guerra es esencialmente algo perverso. Sus consecuencias no se limitan únicamente a los estados beligerantes, sino que afectan a todo el mundo. Iniciar una guerra de agresión, por lo tanto, no es solo un crimen internacional; es el crimen internacional supremo que se diferencia únicamente de otros crímenes de guerra, en que contiene dentro de sí mismo el mal acumulado del conjunto”.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) establece que el crimen de agresión es uno de los “crímenes más graves, causa de preocupación para la comunidad internacional”, y dispone por lo tanto que cae dentro de la jurisdicción de la CPI. A noviembre de 2019, 123 estados son partes firmantes del Estatuto de la Corte. Cabe observar que cuatro de estos estados firmantes, Estados Unidos, Rusia, Israel y Sudán, no han ratificado el estatuto y en consecuencia no tienen intención de cumplir con sus leyes y, por lo tanto, desconocen obligaciones legales derivadas de su firma.
Las actuales acciones militares rusas en Ucrania constituyen claras violaciones de la Convención de Ginebra de 1949; en particular, lo que concierne a sus ataques contra civiles que no participan en las hostilidades. El ejército ruso ha impuesto confinamiento forzoso a cientos de civiles ucranianos en los sótanos de iglesias, teatros y estaciones de metro en condiciones cercanas a la inanición. Los Convenios de Ginebra de 1949, ratificados por todos los Estados miembros de las Naciones Unidas, los obligan conforme a sus principios.
La Declaración sobre la Inadmisibilidad de la Intervención e Interferencia en los Asuntos Internos de los Estados (Resolución 2131 de la AGNU), fue emitida en 1965 por la Asamblea General de la ONU. Según establece, “ningún Estado tiene derecho a intervenir, directa o indirectamente, por cualquier motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro Estado… y ningún Estado organizará, asistirá, fomentará, financiará, incitará o tolerará acciones subversivas”; actividades terroristas o armadas dirigidas al derrocamiento violento de otro Estado, o interferirá en un conflicto civil en otro Estado”. Incluso antes de lanzar su agresión armada, Rusia había llevado a cabo una campaña de ciberataques contra infraestructuras críticas de Ucrania.
Las resoluciones de la Asamblea General de la ONU, sin embargo, se consideran recomendaciones y, por lo tanto, no son legalmente vinculantes. El principio de no intervención fue alegado en el caso de Nicaragua vs. Estados Unidos, luego del apoyo de los Estados Unidos a los “contras” que luchaban contra el gobierno de Nicaragua y la actividad minera del triángulo geográfico nicaragüense, Bonanza, Siuna y Rosita. El caso fue decidido en 1986 por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que falló a favor de Nicaragua y en contra de Estados Unidos, y otorgó reparaciones al gobierno de Nicaragua. Según la CIJ, las acciones de Estados Unidos contra Nicaragua violaron el Derecho Internacional. Estados Unidos se resistió a participar en los procedimientos después que la Corte rechazara su argumento de que la CIJ carecía de jurisdicción para actuar judicialmente en el caso.
Relacionado con el principio de no intervención está el derecho a realizar una guerra preventiva contra otro país percibido como una amenaza. Ese principio fue argumentado, sin éxito, por la guerra de la administración Bush contra Irak; tampoco se sostiene en la guerra de Vladimir Putin contra Ucrania.
El presidente de Ucrania, Volodymyr Zelenskyy, acusó a las Naciones Unidas de ser ineficaces por no proteger a Ucrania del ataque ruso. Sin embargo, la ONU es tan fuerte y eficaz como sus estados miembros quieren que sea. El Consejo de Seguridad de la ONU necesita urgentemente ser revisado, incorporando nuevos miembros y reconsiderando las condiciones del poder de veto de los miembros actuales.
Las leyes internacionales en contra de la agresión armada a otro país han sido violadas de manera reiterada en los últimos tiempos. Las graves consecuencias de las intervenciones armadas contra Irak, Afganistán, Líbano, Siria, Libia, Yemen y ahora Ucrania indican la necesidad de honrar esas leyes.
Es necesario crear un nuevo marco de seguridad internacional en el que cada país se sienta seguro de que no será invadido por capricho y decisión unilateral de países militarmente más poderosos. Hasta que los perpetradores de estas violaciones acepten tal marco, se seguirá haciendo uso de la fuerza y se continuará violando la soberanía de las naciones.
Consultor Internacional en Salud Pública