Batalla legal contra la corrupción
Hace poco más de un año, desde la Oficina Anticorrupción propusimos un proyecto de ley para responsabilizar a las personas jurídicas por actos de corrupción doméstica y transnacional, tomando como referencia las recomendaciones de varios instrumentos internacionales como la ONU y la OCDE. El proyecto fue enviado por el presidente de la Nación al Congreso en octubre pasado. Durante las consultas dentro del PEN, hicimos cambios a la idea original que enriquecieron el debate, fueron construyendo consensos y ayudaron a arribar a una solución que diera un marco para aumentar la transparencia en la forma de hacer negocios.
En este primer semestre, los diputados dieron media sanción a la propuesta, que abarca el soborno transnacional y los delitos contra la administración pública; incorpora una definición de funcionario público extranjero; amplía la jurisdicción para que empresas argentinas que corrompan a terceros en otro país rindan cuentas y puedan ser juzgadas y define qué personas jurídicas entran en este régimen, e incorpora la figura del acuerdo de colaboración eficaz con la Justicia, entre otros puntos esenciales que permiten cumplir con los principios de disuasión, gradualidad y proporcionalidad previstos internacionalmente.
El proyecto original sufrió modificaciones que deberán ser revisadas por el Senado. El Senado debería revisar el modelo de atribución de responsabilidad y considerar el proyecto inicialmente propuesto por el Ejecutivo, que estaba diseñado para incentivar la prevención y la cooperación. Se trata de una ley que busca penar los principales delitos contra la administración pública y el soborno transnacional cometido por personas jurídicas, no humanas. Sugerimos, además, clarificar los términos del artículo 20 sobre el acuerdo de colaboración eficaz, dado que si bien la empresa siempre tiene responsabilidad por lo que haya sucedido la persecución penal queda suspendida cuando revela información útil y comprobable para avanzar con la investigación. Asimismo, es importante que este artículo contemple la dimensión administrativa a través de la Procuración del Tesoro, a fin de alinear los incentivos del colaborador y fomentar la coordinación entre los poderes del Estado.
Los diputados generaron involuntariamente una doble modificación del artículo 258 bis del Código Penal. Es una reforma esencial para cumplir con varias recomendaciones que se han hecho a la Argentina. La redacción del artículo 35 de la media sanción es la que debe incorporarse, ya que ésta define el funcionario público extranjero. Finalmente, creemos que podría discutirse una fórmula alternativa a los ingresos brutos anuales a fin de poder calcular las sanciones económicas.
La corrupción afecta nuestra competitividad e impacta en los altos niveles de pobreza. La corrupción corroe capacidades estatales, erosiona la confianza, desincentiva al emprendedor y condena a los pobres a recibir servicios públicos de pésima calidad. La corrupción es aliada de la inflación, la evasión, el empleo informal y la desigualdad. No va a haber pobreza cero si no controlamos la corrupción con políticas preventivas y efectivas en el Estado y en el sector privado. Estamos produciendo reformas institucionales que aumentarán la confianza del mundo en el país y, también, entre nosotros mismos.
La indignación que provoca la corrupción apunta hoy no sólo al sector público (gobernantes, jueces, legisladores), sino también al sector privado. En su visita a Buenos Aires, el juez brasileño Sergio Moro dijo que los privados y el sector público son corresponsables de la corrupción. En mi opinión, también podemos ser corresponsables de un cambio ético en la forma en la que interactúan. La sanción de esta ley le va a hacer bien a la reputación de la Argentina, a la atracción de inversiones y a la generación de nuevos empleos.
Esperamos que la mayoría de los diputados acepten los cambios que introduzcan los senadores y que los argentinos no tengamos que esperar, como hemos tenido que hacerlo con la sanción de la ley de extinción del dominio, para recuperar los activos de origen ilícito de la corrupción. Esa legislación, aún pendiente junto a la reforma de la ley de ética pública y del financiamiento de las campañas y los partidos políticos, así como también la revisión de la ley del arrepentido para personas humanas y la reforma del Código Penal son los próximos pasos del camino que ya venimos recorriendo hacia la consolidación de un sistema institucional que permita prevenir y sancionar la corrupción con mayor efectividad.
Titular de la Oficina Anticorrupción