Amenazas a la institución privada
En la actualidad, más del 20 por ciento de los alumnos universitarios del país cursan estudios en instituciones de gestión privada. El desarrollo de estas ha ocurrido pese a enfrentar condiciones altamente desfavorables. En efecto, no existen en la Argentina mecanismos de desgravación impositiva para familias que eligen esta opción de educación para sus hijos. No existen tampoco beneficios impositivos para donantes privados, o mecanismos competitivos a través de los cuales recursos públicos puedan ser asignados a ellas.
Las restricciones financieras no son las únicas relevantes. Al respecto, en forma creciente la universidad privada ve condicionada su libertad de acción por normativas de diverso tipo. Los planes de estudios deben ser autorizados por la autoridad ministerial. No resulta posible modificar nombres de materias o su contenido, o lanzar nuevas carreras sin autorización del Ministerio de Educación. Los costos de estas regulaciones son evidentes: al esfuerzo administrativo se agrega el costo asociado al freno a la capacidad de adaptación a demandas cambiantes de jóvenes estudiantes.
Proyectos de regulación que están en discusión pueden tener consecuencias aún más serias. Por ejemplo, con el objetivo de "incentivar la investigación" se propone crear un registro (obligatorio) del cuerpo docente a fin de que estos sean "categorizados" sobre la base de su trayectoria (publicaciones, congresos, entre otros rubros). Esta categorización castigará a muchas universidades privadas, donde la investigación realizada -de estrecho contacto con el sector productivo- no tiene las características de aquella en las cuales se basan criterios de "categorización". La "categorización", más que ayudar, estigmatizará.
¿Es razonable que una familia que envía a sus hijos a una institución privada financie -además de la educación de sus hijos- proyectos de investigación cuyo objetivo es generar bienes fundamentalmente públicos? En todo caso, ¿no debe el Estado aportar recursos a la universidad privada para que esta pueda expandir sus programas de investigación?
Además de lo anterior, pesan otras amenazas sobre la institución privada. Por ejemplo, se propone definir "estándares" a los cuales deben ajustarse los planes de estudios, las formas de evaluación y otros aspectos del diseño curricular. Más radical aún es la propuesta de requerir que el gobierno de la universidad privada incluya en forma compulsiva representación sindical en sus órganos de gobierno. Por supuesto, una cosa es participación del claustro de profesores en decisiones académicas y otra muy distinta es obligar a que un sindicato docente tenga injerencia en la delicada tarea de gobierno institucional.
A modo de resumen: ¿cuáles son las ventajas de definir a través del mecanismo político -lo cual implica en última instancia colectivización decisoria- aspectos que pueden ser dejados en manos de instituciones que formalmente gozan de autonomía? Tanto el sentido común como la evidencia empírica sugieren que la innovación, la adaptación al cambio y la eficiencia organizativa resultan de la descentralización y no de un escenario donde esta es reemplazada por un proceso decisorio colectivo en que funcionarios y representantes políticos tienen un papel preponderante.
Profesor de Economía y Organizaciones Universidad del CEMA