A 170 años de la organización política y jurídica de la Argentina
Con la sanción de nuestra Constitución nacional, el país se constituyó en un Estado de Derecho, que es aquel en el cual se gobierna con los límites que impone una ley suprema
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Todos sabemos que las dos emblemáticas fechas patrias que tenemos en la Argentina son el 25 de mayo de 1810 (día en el que nació nuestro primer gobierno patrio, y en el que el hasta entonces Virreinato del Río de la Plata, fundado en 1776, se convirtió en una unidad denominada Provincias Unidas del Río de la Plata) y el 9 de julio de 1816, cuando se produjo la independencia respecto de España y de cualquier otra potencia extranjera. Pero hay una tercera fecha importantísima en el calendario institucional de nuestro país, que es el 1º de mayo de 1853, día en el que se sancionó la Constitución nacional y en el que, por lo tanto, la Argentina se organizó política y jurídicamente al amparo de una Constitución.
La Constitución nacional comenzó a gestarse el 31 de mayo de 1852 en San Nicolás de los Arroyos (provincia de Buenos Aires), cuando después de la Batalla de Caseros se produjo la caída de Juan Manuel de Rosas. A instancias del vencedor en esa batalla (Justo José de Urquiza), los gobernadores de las entonces catorce provincias argentinas, en el célebre Acuerdo de San Nicolás, decidieron que había llegado la hora de organizar el país a través de una ley fundamental, que lo convirtiera en un Estado de Derecho.
En esa memorable jornada se resolvió que la sede del futuro Congreso General Constituyente fuera la ciudad de Santa Fe, a la que cada provincia enviaría a dos representantes con el objetivo de iniciar la gran obra institucional. Sin embargo, Buenos Aires, que no objetaba la necesidad de sancionar una Constitución, pero que no estaba de acuerdo con algunos de los asuntos resueltos en San Nicolás, no envió representantes al Congreso Constituyente. La principal provincia argentina se separó de las otras trece, las que continuaron adelante con el proyecto constitucional.
El Congreso Constituyente inició sus sesiones el 20 de noviembre de 1852, y funcionó al principio como un órgano legislativo común y ordinario, que acompañaba al entonces recientemente designado director provisorio de la Confederación, el entrerriano Justo José de Urquiza, quien se desempeñaba transitoriamente como una suerte de Poder Ejecutivo Nacional. Pero una de las primeras medidas que adoptó, al iniciar sus sesiones, fue la creación de una comisión redactora del proyecto de Constitución, cuya sanción constituía su principal objetivo, y que estuvo presidida por el joven santiagueño José Benjamín Gorostiaga.
En aquellos años, la ciudad de Santa Fe ocupaba pocas manzanas; sus calles eran arenosas, pobladas de naranjos, limoneros y palmeras, y carecía de infraestructura suficiente para alojar a los convencionales, motivo por el cual algunos se instalaron en los conventos de franciscanos y dominicos; otros, en habitaciones del antiguo colegio de la Compañía de Jesús, y otros, en cuartos alquilados a particulares.
Fue este último el caso de José Benjamín Gorostiaga, quien se alojó en la esquina de las calles Tres de Febrero y San Gerónimo, frente al Cabildo en el que se realizaban las sesiones del emblemático Congreso Constituyente. Allí funcionaba la confitería de Hermenegildo Zuviría, apodado Merengo, en cuya planta alta estaba el cuarto alquilado por el joven constituyente, quien prefirió no alojarse en ningún convento, tal como lo habían hecho algunos otros constituyentes, para poder sostener cierta imparcialidad a la hora de discutir y opinar sobre cuestiones tales como la libertad de cultos y el sostenimiento del católico, apostólico y romano.
En aquellos años, la sencillez no era solo una característica de la ciudad de Santa Fe, sino también de la vida que desarrollaban sus pobladores. Las familias vivían en grandes casonas, en las que habitaban hasta cuatro generaciones, y las mujeres se casaban muy jóvenes, aunque era costumbre que permanecieran con sus maridos en la casa paterna. Por esos días de fiesta cívica se creó el Club del Orden, en el que se organizaban tertulias y bailes que permitían confraternizar a los constituyentes con las santafesinas.
Pues más allá de ese contexto social, lo cierto es que el proyecto de Constitución elaborado por la comisión redactora mencionada fue presentado al Congreso el 18 de abril de 1853, y el 20 se iniciaron los debates, que se desarrollaron durante once días.
Primero se inició el debate del proyecto en general, y luego se debatió artículo por artículo. Al iniciarse la discusión en general, sorprendentemente se hicieron oír las voces de algunos convencionales constituyentes que cuestionaban la oportunidad para sancionar una Constitución, con el argumento de que en la Argentina no había hábitos de cumplimiento de la ley, y que era necesario esperar que el país se pacificara antes de avanzar en la organización política.
Por suerte, la mayoría pensaba diferente. Afortunadamente el proyecto terminó aprobándose, y la Constitución nacional se sancionó el 1º de mayo de 1853. Seis años después, con la firma del Pacto de San José de Flores, Buenos Aires aceptó volver a unirse a las demás provincias, con la condición de que le permitieran revisar la Constitución de 1853 y eventualmente proponer reformas; eso fue lo que ocurrió en 1860, quedando así cerrado el ciclo constituyente que se había iniciado siete años antes.
Con la sanción de nuestra Constitución nacional, la Nación Argentina se constituyó en un Estado de Derecho, que es aquel en el cual los gobernantes conducen los destinos del país con los límites que impone una ley suprema.
El Congreso constituyente siguió funcionando hasta el 7 de marzo de 1854, dos días después de que Justo José de Urquiza asumiera la presidencia de la Nación. Fue entonces cuando el histórico Congreso, que casi un año antes había organizado política y jurídicamente a la nación al amparo de una Constitución, clausuró sus sesiones y redactó el “manifiesto” dirigido a los pueblos de la Confederación, en cuyo último párrafo declaró: “Este Congreso solo tiene que hacer una recomendación a sus compatriotas. En nombre de las desgracias sufridas les pide y aconseja obediencia absoluta a la Constitución que han jurado. Los hombres se dignifican postrándose ante la ley, porque así se libran de arrodillarse ante los tiranos”.
Lamentablemente, en la Argentina no hay educación ni conciencia cívica suficientes como para asignarle a esta memorable fecha histórica la importancia que realmente tiene. Las pasiones, los personalismos y el fanatismo han llevado al país, y a su gente, a idolatrar a personas, cuando tal como lo pidieron los constituyentes en 1853 la única genuflexión razonable es la que se hace frente a la ley, y en particular, frente a la que dispone los límites al ejercicio del poder, como lo es la Constitución nacional.
Nos hace falta entender, educación mediante, que no se debe admitir otra supremacía que no sea la de la ley suprema, pero para ello es necesario ponderarla y rescatarla del injusto olvido histórico a la que se la ha sometido durante años. Acaso estos días, al cumplirse ciento setenta años de su nacimiento, en el contexto de una crisis política, económica, social e institucional de semejante envergadura, sean tal vez el momento adecuado para tomar conciencia de lo mucho que necesitamos recuperar, para los tiempos, su vigencia plena y absoluta.
Autor de Claves para la educación cívica de los argentinos