Conmovida por la nota que publicó LA NACIÓN, habla sobre las fallas del sistema: “La ley establece una regla general que debe cumplirse, pero existen excepciones.”
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Agustina Díaz Cordero trabaja en el Poder Judicial desde hace 30 años. Es jueza nacional, está cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil 23 e integra el Consejo de la Magistratura. Conmovida por el caso de la familia Lanús-Moreno Vivot, publicada ayer en LA NACION, quiso dar su testimonio: “Lo que leí me causó escozor”, asegura.
Pablo Lanús y Elena Moreno Vivot enterraron a su hijo Santiago hace días, el lunes 9 último. Sin embargo, no pueden atravesar su luto en paz: temen perder a otro chico. Por eso, se sintieron obligados a contar su historia.
En 2019 se inscribieron para ser “familia de tránsito”. Nunca tuvieron la intención de adoptar: querían ser auxiliares del sistema. Ese mismo año, la Justicia les entregó un bebé de cuatro meses que debían abrigar por un plazo de 180 días, según dice la ley. “El promedio, en realidad, es de un año”, les advirtieron. Sin embargo, por la ineficiencia del sistema, los tiempos se extendieron más de lo previsto. José -así lo llamaremos- permaneció en la casa por tres años y medio. Nadie lo reclamó. El vínculo “transitorio” se convirtió en lazos de sangre. Sólo faltaba formalizar el vínculo con el trámite de adopción.
Cuando Pablo y Elena pidieron la adopción de José, chocaron con el sistema: hay una ley que dice que los padres “de tránsito” no pueden adoptar. Ahí comenzó su calvario. Una jueza resolvió que deben restituir al niño “al sistema”. No quiso atender la excepcionalidad del caso. Hay una orden que puede ser ejecutada en cualquier momento. Aún ahora, en feria judicial. “No sabemos cuándo lo van a venir a buscar, puede suceder en hoy, mañana...”, dice Pablo.
-Doctora, ¿qué fue lo primero que vino a su mente cuando leyó el caso de Pablo Lanús y Elena Moreno Vivot?
-Que las imperfecciones del sistema no las puede pagar un niño inocente. Sin haber leído el expediente, pero sí la entrevista, creo que falta una mirada integral y humana de los derechos de ese niño.
-¿Cuáles son los derechos del niño vulnerados?
-La Convención de los Derechos del Niño, que tiene jerarquía constitucional, estableció que el niño es un sujeto de pleno de derecho. Es decir, goza de los mismos derechos que las personas mayores. A su vez, la Convención se basa en varios principios fundamentales como el interés superior del niño y su participación en el proceso. Hay que pensar qué es lo mejor para el niño y tener en cuenta el niño tiene derecho a ser oído. El juez tiene que escucharlo, no importa la edad que tenga. Los chicos siempre se manifiestan.
-¿La opinión del menor es importante en el proceso?
-Es medular. El juez debe saber cuál es el deseo del niño. Después debe resolver lo que considera que es mejor para el niño. Algunas veces, lo que el juez decide coincide con lo que quiere el niño. Otras veces, no. Por eso es importante que luego de tomar la decisión el magistrado le explique al menor, con palabras claras, lo que decidió y porqué. Si un juez no escucha de manera directa al niño, su resolución será nula.
-En este caso, el niño tiene un retraso madurativo. ¿Eso modifica su derecho a ser oído?
-Para nada. El sistema brinda herramientas, como la asistencia de psicólogos, para conocer cuál es el deseo genuino del niño. Además en este caso se aplica la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
-En el caso de José, sus vínculos se extienden a sus hermanos.
-El derecho a la fraternidad y la hermandad es fundamental, más en los casos de niños con infancias vulneradas. Son los vínculos a los que más se aferran. ¿Cómo lo voy a arrancar de su familia, de sus hermanos, de la familia extendida?
-Increíblemente, pareciera que el Estado lo vuelve a colocar en una situación de abandono.
-Exactamente, y eso es terrible.
-La ley establece que un niño no deber permanecer más de 180 días en un hogar de tránsito. Sin embargo, la Justicia reconoce que en la práctica ese plazo suele extenderse. En el caso de José, se extendió por más de tres años. ¿Cómo se explica?
-El sistema es imperfecto. Habría que acelerar estos tiempos, pero también es difícil. En esos 180 días el juez tiene que trabajar con su familia de origen para tratar de restituirlo. Y si los padres no pueden tener al niño, el juez tiene que buscar a un tío o una abuela que pueda hacerse cargo. Hasta que no se agote la familia biológica no se puede seguir adelante con un proceso de adopción.
-¿Qué es lo que hace que se demore tanto?
-Hay situaciones que son bastante dramáticas y a la vez muy comunes, como el caso de padres adictos. Van al juzgado a decir que ya están bien y en tres meses vuelven a caer en la adicción... y uno le quiere dar una oportunidad más a ese padre, que a su vez desea estar con su hijo, pero no puede. Es una suma de desgracias, pero exige que nosotros los jueces seamos valientes al momento de tomar decisiones. Hay que pensar siempre en el niño y cortar por lo sano. En definitiva, es darle la oportunidad al niño de vivir en una familia, crecer cuidado y con amor.
-¿Cómo se resuelven estos casos?
-Todos estos casos requieren un trabajo artesanal de parte de la Justicia. Si bien la ley establece una regla general que debe cumplirse, existen excepciones.
-Estamos frente a un caso excepcional.
-Este niño pasó toda su vida con quienes él llama “mamá”, “papá” y “hermanos”. Si lo sacamos de ese hogar, va a sufrir otro abandono. No se puede hacer solo porque ‘lo dice la ley’. Esa es una concepción legalista y hoy hay que tener una visión más amplia, resguardando todos los derechos.
-¿Usted alguna vez resolvió la inconstitucionalidad de la ley que prohíbe a las familias de transito adoptar?
-Alguna vez lo hice, cuando entendí que correspondía.
-Le pregunto porque, en la práctica, pareciera que los jueces son renuentes a hacerlo.
-Es una herramienta que nos da la Constitución, el sistema está pensado de ese modo. Nosotros tenemos que velar por los niños, los adultos mayores y niños con discapacidad. Ellos son los más vulnerables. En la pandemia, decreté la inconstitucionalidad de un decreto del presidente Alberto Fernández porque decía que los niños debían permanecer en sus casas y era contrario a lo que establecían los tratados de Derechos Humanos. Los jueces tenemos que tener la pluma muy aceitada para estos casos, no se puede hacer la vista gorda.
-¿Por qué la ley no permite que las familias “de tránsito” adopten?
-Hay muchas familias que están esperando para adoptar. Si esto no estuviera prohibido, muchas familias que quieren adoptar se anotarían como familia de tránsito para burlar el sistema. Es decir, en lugar de hacer todo el camino, que es bastante arduo, lo acortarían.
-De todos modos, este no es el caso: Pablo y Elena querían de ser auxiliares del sistema, fueron las fallas del sistema que transformaron el vínculo.
-Claro, ellos querían ser “de tránsito”. Por eso, este caso es una situación excepcional y grave. Si uno como juez le pregunta a José, seguramente el niño va a responder que quiere vivir en su casa, con su mamá y su papá. Por eso es fundamental que el juez lo escuche.
-Actualmente la causa está en manos de un juez de turno, el doctor Hernán García Lázaro. ¿Puede el magistrado tomar una decisión sobre la situación del niño?
-Hubo una jueza que ordenó que el niño prácticamente sea depositado como un objeto en un lugar, una locura. Lo leí y me causó escozor. Un juez de feria tiene todas las facultades para resolver las cuestiones que le planteen las partes. Además existe el principio de oficiosidad, esto es: el juez puede actuar sin que nadie se lo pida frente a la gravedad de la situación y tomar todas medidas que considere.
-La familia Lanús-Moreno Vivot está atravesando un duelo porque hace días falleció Santiago, uno de sus hijos, a quien José quería como a un hermano. ¿Esto debe ser considerado también por el juez?
-Claro que sí. Sin dudas. El Derecho es básicamente sentido común... aunque es el menos común de los sentidos. Hay que pensar en el niño, está atravesando un momento de mucho dolor por la pérdida de un hermano, porque él lo consideraba así, y no se lo puede volver a colocar en una situación de abandono.
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