Juan Bautista Sejean y Alicia Kuliba, desafiando los prejuicios de una época en la que el divorcio “era un tema tabú”, recurrieron a la Justicia para tener derecho a una segunda oportunidad
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Hasta junio de 1987, para el ordenamiento jurídico argentino, los divorciados no tenían derecho a una nueva oportunidad y se los condenaba a vivir en soledad. Los divorciados que decidían rehacer sus vidas y convivir con otra persona cometían “adulterio”, un delito castigado con pena de hasta un año de prisión.
En pocas palabras, antes, el “hasta que la muerte los separe” era literal porque el vínculo matrimonial era indisoluble. Pero hubo una pareja de abogados, Juan Bautista Sejean (84) y Alicia Kuliba (68) que rechazó esta imposición y decidió luchar contra la hipocresía de la época obligando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a tomar el toro por las astas. En definitiva, fue una historia amor y el empeño de no ceder ante lo que consideraban injusto el puntapié inicial que cambió una ley centenaria.
“Me dijeron de todo. Que estaba loco o me llamaban ‘el abogado del diablo’. Nadie daba dos centavos por mí pero había 2 millones de personas en nuestras misma condición. Era una ley absurda, exactamente igual a la que regía en Roma dos mil años atrás. Si te habías equivocado en la elección, te condenaban a vivir toda la vida en soledad porque si volvías a compartir un techo con otra mujer te convertías en adúltero, que era un delito”, cuenta Juan y Alicia asiente, al recordar aquellos tiempos cuando decidieron plantear judicialmente la inconstitucionalidad del artículo 64 de la Ley 2393 de Matrimonio Civil.
La historia: Una ley centenaria
Su reclamo polarizó a la sociedad y obtuvo el rechazo inmediato de la Iglesia. Para comprender el trasfondo del asunto, es necesario un breve repaso por la historia de la norma. En un comienzo, el matrimonio estaba regido por el derecho canónico, es decir que, era la Iglesia la que tenía el control sobre el tema. En 1888, con el dictado de la ley 2393, el matrimonio y el divorcio comenzaron a regirse por el Estado, aunque en varios aspectos estaban influenciados por la regulación católica. De esta manera, el artículo 64 de esta ley establecía que el divorcio consistía “únicamente en la separación personal de los esposos, sin que se disuelva el vínculo matrimonial”. No se autorizaba a los divorciados a contraer nuevas nupcias y para conseguir el divorcio había que probar “la culpabilidad” de algunos de los cónyuges, es decir debía haber incumplido alguna de las obligaciones matrimoniales, tales como cohabitación o fidelidad.
La previa: “A nosotros no nos interesaba casarnos”
En 1980, cuando Juan conoció a Alicia, era juez de instrucción, tenía 42 años y dos hijos. Ella, era 15 años menor y también trabajaba en la Justicia, era secretaria en la Cámara del fuero Contencioso Administrativo. Ambos estaban divorciados cuando empezaron a salir. Para él, fue amor a primera vista: “Yo estaba convencido de que iba a ser mi mujer”, dice, mientras mira a Alicia que le devuelve una mirada cómplice y atribuye al “buen verso” de Juan su flechazo.
Enseguida, los enamorados decidieron mudarse juntos y a los tres años, nació Natalia. “La estábamos buscando con muchas ganas”, dice Alicia y recuerda que en su caso, al estar divorciada, tenía vedado “de por vida” el derecho a ser madre legítimamente. “Si tenía un hijo -que de hecho lo hice- estaba en contra de la legislación vigente en ese momento”, explica.
La legislación Argentina de comienzos de los 80, consideraba un delito que Juan y Alicia vivieran juntos. “No nos importaba porque sabíamos que mucha gente, alrededor de dos millones de personas, estaban en la misma situación, aunque hablar de divorcio era un tema tabú. Para algunos estudios fue un negocio formidable hacer matrimonios en México o en Paraguay, que acá no servían para nada, eran solo para mantener las apariencias, por una cuestión social”, dice Juan.
Para ese entonces, Juan ya había renunciado a su cargo en la Justicia y se dedicaba al ejercicio liberal de la profesión en el fuero penal, que era donde tenía su mayor experiencia. “Como había sido juez de instrucción, los exjueces tienen una aureola de sabiondos, es decir yo tenía cierto prestigio como penalista, pero como civilista no me conocía nadie”, cuenta sobre el fuero en el que, años más tarde, obtendría su mayor logro profesional.
-En aquel momento, las personas divorciadas no se podían volver a casar. ¿Cómo llegaron a la decisión de ir a la Justicia para poder hacerlo?
Juan: -Mucha gente cree que nosotros peleamos por casarnos, pero realmente no fue así. A nosotros no nos interesaba casarnos. Nos importaba tres belines, pero veíamos que el divorcio, de la forma que estaba plateada en ese momento, era inconstitucional.
-¿Cuál fue el razonamiento que lo llevó a interpretar eso?
Juan: -El hombre es naturalmente sociable, vivir solo es algo antinatural. Forma parte de la condición humana ser gregario y la ley consideraba adulterio cohabitar con otra persona estando divorciado ¡Y hasta podías ir preso! Un disparate. La Constitución Nacional menciona los derechos de los gozan los habitantes de la Nación Argentina, entre ellos, está el derecho a trabajar, circular, estudiar, etcétera... No habla del derecho a la vida porque es un derecho implícito. Es decir, nadie te puede matar ni atentar contra tu integridad física, pero la vida no es solo la integridad física, sino que también es vida laboral, buscar trabajo, estudiar... y la vida sentimental también es algo natural y una ley que prohíbe eso es inconstitucional.
Juan recuerda que el tema empezó a trabajar en su cabeza un tiempo antes, cuando era juez de instrucción. “Había tenido una causa de querella por adulterio con pedido de prisión por un hombre que se había separado y se había juntado con otra chica y habían tenido un hijo. Recuerdo que acompañaron la partida de nacimiento y con eso ya estaba probado el delito. ¡Una locura! Y ahí empecé a pensar que el divorcio, de la manera en que estaba legislado, era inconstitucional”, dice.
-Entonces fue un deseo de justicia el que los motivó a emprender semejante cruzada...
Juan: -Sí. La realidad es que ni ella ni yo lo hicimos porque teníamos una intención de casarnos, sino porque veíamos toda esta locura, esa hipocresía, y por otro lado se facilitaban los trámites. Por ejemplo, yo era socio del Club Universitario y las mujeres no podían ser socias, eran adherentes. Entonces, yo tenía a mi ex como adherente que no usaba el club y si yo quería ir con Alicia no podía. Era un despropósito. Así empezó.
Alicia: -A nosotras, las mujeres, la ley siempre nos mató. Debe ser porque los que hicieron las leyes eran varones. El hombre para ser adultero tenía que tener manceba, es decir convivir con otra mujer. En cambio, las mujeres por “un desliz” iban en cana. Las relaciones esporádicas para los hombres no constituían ningún tipo de delito, en cambio para la mujer sí.
El juicio: “Me decían que estaba loco”
-¿Cómo fue la experiencia en la Justicia cuando decidió presentar la demanda de inconstitucionalidad?
Juan: -La presenté en 13 juzgados y muchos la rechazaron in limine. En algunos lugares ni siquiera dejaban sentarme. Parecía el abogado del diablo. Muchos escribieron cada disparate... hubo tres jueces de la Cámara Civil que asimilaron el divorcio al incesto y a la poligamia. ¿Cómo vas a compararlo con eso? Tuve que argumentar sobre lo absurdo. Hubo una jueza que me dijo que el divorcio era “atentar contra la paz social”. ¡Una locura!. Por eso lo saboreé mucho cuando gané.
-¿Y qué recepción tuvo su reclamo entre sus colegas?
Juan: -Me decían que estaba loco.
Juan recuerda que sufrió todo tipo de desprecios. Algunos jueces, aunque compartían sus argumentos, tenían el temor de que si fallaban a su favor ponían en riesgo su cátedra en la Universidad Católica. Incluso, hasta reconocidas editoriales jurídicas se negaron a publicar su análisis del tema. “Me atendió un hombre que tenía un crucifijo gigante sobre la pared, detrás de su escritorio. Apenas leyó el título, me lo tiró sobre el escritorio y me dijo que eso no se podía publicar”, cuenta.
La pareja concuerda en que eran tiempos “de mucha hipocresía social”. “En Tribunales había muchas familias en las mismas condiciones que nosotros. A tal punto que la Corte ya había autorizado que las concubinas usen la obra social porque hasta ese entonces, no se les permitía”, dice Alicia.
Para ellos, la clase política también dejaba mucho que desear. La modificación de la ley tenía media sanción en diputados, pero estaba “cajoneada” en el Senado. “Me permitió darme cuenta de la cobardía de los políticos: salvo Martínez Raymonda, todos eludían el tema. Me decían que hacía falta ‘un gran debate’, pero no se debatía nunca”, explica Juan.
Finalmente, la demanda fue aceptada en un juzgado y provocó el primer escándalo.
-Hay que destacar su perseverancia, porque lo rechazaron 13 veces.
-Es cierto, pero cuando uno está motivado por algo saca fuerzas de cualquier lado. Cuando los cachetazos son tan injustos... Me acuerdo que tenía un amigo que era juez civil que mientras el expediente estaba en trámite me alentaba, pero cuando salió el fallo de la Corte -que no obliga a los jueces a resolver de la misma manera- ya no me recibía, siempre estaba ocupado... Después me enteré que él votaba en contra de lo que había decidido la Corte porque perdía la cátedra en la facultad. Son cobardes porque no te estás jugando la vida, es por una cuestión de principios.
-Con su demanda logró llegar a la Corte Suprema que, finalmente, el 27 de noviembre 1986, hizo lugar a la inconstitucionalidad planteada.
Juan: -Como el expediente iba pasando por los distintos miembros de la Corte, que eran cinco, yo conocía a alguien que me iba informando cómo iban saliendo los votos. Me llamaba y me decía: “Juan vas ganando uno a cero”. Después, ganaba dos a cero y así hasta que llegué a cinco a cero. Pero como me enteré yo, se enteraron otros interesados, como la Iglesia y el fallo salió tres a favor (Petracchi, Bacqué y Fayt) y dos en contra (Caballero y Belluscio). No nos olvidemos que entre los cinco miembros de la Corte había tres divorciados.
-¿Cómo recibieron el fallo de la Corte?
Alicia: -Para mí fue una emoción enorme por el logro jurídico que representaba, porque entre nosotros no cambió nada. Carmen Argibay, la que fue ministra de la Corte, cada vez que lo veía a Juan le decía: “Juancito, la jurisprudencia ambulante”. Fue algo muy notorio en nuestro ámbito. Y mi papá guardaba todos lo recortes.
Juan: -Me acuerdo que aquel día, en el estudio, había un montón de periodistas haciendo cola para entrevistarme. Estaban Chiche Gelblung y Daniel Hadad, que era jovencito. Les pedí si podía hablar con todos juntos, pero se negaron. Así que estuve desde las 10 de la mañana hasta las 6 de la tarde respondiendo a todos. Chiche me esperó hasta lo último y me ofreció hacer un libro sobre el tema. Me convenció de que nos íbamos a volver millonarios, que yo solo tenía que contarle la historia a alguien. Lo hice, pero cuando lo leí me arrepentí. Tenía la sensación de que era algo espantoso. Lo terminé quemando. Por suerte tenía derecho de veto... era un despropósito [ríe].
El fallo: “Me obligaron a casarme con ella”
En el extenso fallo que declaró la inconstitucionalidad del art. 64 de la Ley 2393, la mayoría de los ministros de la Corte centraron su decisorio en el derecho de las personas de elegir su proyecto personal de vida, derivado de la dignidad humana; en la inexistencia de derechos que se agoten en un solo uso y en el “derecho a fracasar”, introducido como una novedad en el voto del juez Petracchi.
Lo curioso del decisorio de la Corte es que si bien la sentencia declaraba la inconstitucionalidad del artículo 64, solo permitía que Juan Sejean se casara con Alicia Kuliba y viceversa. Nadie más. “Fue uno de los pocos casamientos que se realizaron con la ley anterior. La disposición judicial decía que yo me tenía que casar con él y él se tenía que casar conmigo. No había opción. Con nadie más podía”, dice Alicia y Juan, entre risas, agrega: “En definitiva, me obligaron a casarme con ella”.
Con la decisión del fallo la popularidad de Juan explotó. “De la noche a la mañana pasé de ser un imbécil, que se le había ocurrido una estupidez, a ser un abogado brillante. Tuve muchísimo trabajo, venían a consultarme de todos lados porque creían que yo era una especie de Superman. Aunque también supe que más de uno, cuando se enteró que había salido el fallo, pegó un golpe en el escritorio. Muchos cruzaban de vereda para no saludarme”, cuenta.
El casamiento: “¡Casi nos pasa lo de Lady Di!”
En marzo de 1987, Juan y Alicia dieron el “sí” nuevamente. La ceremonia causó un gran revuelo periodístico y fue noticia “de tapa” en todos los diarios y revistas del país. Gente los presentó como “El señor Divorcio... y señora”. Ambos coinciden en que el interés que despertó su boda en la sociedad fue porque había mucha gente que atravesaba su misma situación. “Un abogado amigo me decía ‘saliste en todas las revistas menos en Chacra’”, cuenta Juan.
Alicia recuerda que la expectativa que generó su casamiento fue tan grande que los días previos a la boda recibió una propuesta insólita. “Un periodista nos pidió pasar el día de la boda con nosotros. ¡Todo el día! ¡Una locura!. Lo saqué volando, no me gusta la exposición”, dice.
-¿Cómo celebraron el casamiento?
Juan: -Organizamos un pequeño almuerzo para después del civil con la familia, en un restaurante en Palermo Chico que ya no existe más.
Alicia: -Lo increíble fue lo que nos pasó cuando terminó la ceremonia y queríamos ir al restaurante...
Juan: -¡Casi nos pasa lo de Lady Di! Yo conocía algunos de los periodistas que estaban en la salida del Registro y les dije: “Muchachos les hablo ahora porque en el almuerzo no quiero que estén, es una causal de divorcio con mi mujer”. Cuando nos subimos al auto, con Alicia y los chicos íbamos por la avenida Libertador y uno dice: “¡Papá los de Crónica nos están siguiendo!”. De la indignación doblé en una calle que era contramano y justo venía un auto de frente. Casi sucede una tragedia. Pero después terminó todo bien y acá estamos. Llevamos juntos 44 años.
-¿A qué se dedican hoy?
Juan: -Estamos jubilados y nos dedicamos a disfrutar.
Alicia: -Sí, ya colgamos los guantes.
Siete meses después del fallo de la Corte Suprema, el 12 de junio de 1987 se publicó en el Boletín Oficial la ley de divorcio vincular que dispuso la disolución del vínculo conyugal, por la cual los divorciados volvieron a tener aptitud nupcial e introdujo la posibilidad de que los que estuvieran “separados de hecho” se divorcien sin necesidad del consentimiento del otro. La Argentina fue uno de los países que más se demoró en en legislar de manera definitiva sobre divorcio vincular.
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