Cuánto cobro si trabajo los feriados de junio
La legislación vigente dispone que los empleados que trabajen cobren doble si asisten a sus puestos laborales; el calendario completo con los días de descanso que quedan en el 2024
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Tanto el próximo jueves como el viernes son feriados, por el Día de la Bandera y un puente, y aquellos que sean convocados a sus puestos laborales se preguntan cuánto se cobra si se trabaja en alguno de estos asuetos de junio.
La Ley de Contrato de Trabajo establece que en la Argentina se debe pagar un monto diferencial por cada día feriado en que un empleado deba trabajar.
Cómo se pagan los feriados trabajados
La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.
En tanto, quienes deban trabajar los asuetos del jueves 20 y viernes 21 tendrán una remuneración diferencial. “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”, puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen en alguno de los feriados de junio cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.
A qué corresponden los tres días feriados de esta semana
La tercera semana de junio cuenta con solo dos días hábiles por la cercanía de distintos feriados. El descanso comenzó el pasado lunes 17, de asueto por ser el Pase a la Inmortalidad de Martín Miguel de Güemes, una fecha que conmemora a este prócer argentino de origen salteño en el día de su muerte. Aunque se trata de un feriado trasladable, en este caso la jornada de descanso coincidió con la efeméride, porque el militar y gobernador de su provincia durante buena parte de la Guerra de Independencia murió el 17 de junio de 1821.
Este martes 18 y el miércoles 19 son días laborables, pero la rutina vuelve a pausarse para muchos el jueves 20 de junio, cuando el país celebre el Día de la Bandera en la fecha del fallecimiento de Manuel Belgrano, prócer de la independencia y creador del pabellón nacional. A diferencia del Pase a la Inmortalidad de Güemes, esta fecha es un feriado inamovible del calendario.
Al día siguiente sigue el descanso, ya que el Gobierno dispuso que el viernes 21 sea un feriado puente, lo que conforma un feriado extralargo de cuatro días hasta el domingo 23. Es el segundo día de este tipo en lo que va del año, luego del pasado lunes 1 de abril, y queda a futuro la jornada del 11 de octubre, previa al Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Cabe aclarar que aunque son feriados de distinto tipo, en todos se aplica lo previsto para las jornadas dominicales, es decir que, según define la Ley de Contrato de Trabajo, el descanso es mandatorio, y quienes sean convocados a sus puestos de trabajo tienen derecho a cobrar el doble de una jornada regular.
Feriados: cómo sigue la semana con dos días laborables del 17 al 21 de junio
- Miércoles 19 de junio: día laboral
- Jueves 20 de junio: feriado por el Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano
- Viernes 21 de junio: feriado puente
El calendario completo de los feriados que quedan del 2024
Una vez que pasen las jornadas de descanso de junio, quedarán otros feriados de este 2024:
Julio
- Martes 9 de julio: Día de la Independencia
Agosto
- Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
Octubre
- Viernes 11 de octubre: feriado turístico
- Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Noviembre
- Lunes 18 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)
Diciembre
- Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- Miércoles 25 de diciembre: Navidad
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