Todos los feriados de la provincia de Buenos Aires en enero 2025
Un grupo de trabajadores en diferentes municipios y localidades bonaerenses disfrutarán de distintos asuetos especiales durante el primer mes del año
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Varios municipios y localidades de la provincia de Buenos Aires gozarán de feriados locales durante enero. El motivo puede variar en cada uno de ellos, pero en su mayoría se trata de festividades por el aniversario fundacional o mismo se da el festejo del santo patrono de la ciudad o partido. En ese sentido, el gobierno bonaerense estableció que los empleados del Banco Provincia y de la administración pública en estas zonas tendrán un día de descanso.
Así lo determinó la resolución 614/2024, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires. Esta normativa incluye el listado de las fechas no laborables de enero en distintos puntos de la provincia. También indica que son “feriados optativos” para la industria, el comercio y restantes actividades. Esto quiere decir que queda a discreción del empleador si será un día de descanso o no.
Todos los feriados locales de enero confirmados en la provincia de Buenos Aires
A continuación, el listado completo de 7 municipios de la provincia de Buenos Aires que tienen un asueto este mes:
- Carlos Tejedor: 3 de enero (aniversario fundacional)
- Carlos Casares: 8 de enero (aniversario fundacional)
- Cañuelas: 22 de enero (aniversario fundacional)
- Lomas de Zamora: 24 de enero (patronal)
- Salto: 25 de enero (patronal)
- Florencio Varela: 30 de enero (aniversario fundacional)
- Lobería: 31 de enero (aniversario fundacional)
En tanto, estas son las localidades bonaerenses que tienen un feriado especial durante el mes de enero:
- El Dorado, Leandro N. Alem: 6 de enero (aniversario fundacional)
- Tres Picos, Tornquist: 7 de enero (aniversario fundacional)
- Atalaya, Magdalena: 10 de enero (aniversario fundacional)
- Ranchos, Gral. Paz: 15 de enero (aniversario fundacional)
- Sierra de la Ventana, Tornquist: 17 de enero (aniversario fundacional)
- Felipe Solá, Puán: 20 de enero (aniversario fundacional)
- Carhué, A. Alsina: 21 de enero (aniversario fundacional)
- Villa Moll, Navarro: 31 de enero (aniversario fundacional)
Cómo se pagan los feriados trabajados
La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.
En tanto, quienes deban trabajar durante un asueto tendrán una remuneración diferencial. “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”, puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen un feriado cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.
El calendario completo de los feriados nacionales de 2025
Enero
- Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
- Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
- Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
- Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
- Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
- Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
- Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
- Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
- Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se trasladaría del martes 17 de junio por ser un feriado trasladable)
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
- Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).
Diciembre
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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