Fin de semana largo: a quiénes les corresponde el feriado del lunes 7 de octubre
Los habitantes de una provincia, cinco partidos y cuatro localidades bonaerenses tendrán asueto durante esa jornada debido a que se conmemoran distintas fechas relevantes en su calendario
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Este lunes 7 de octubre es feriado en la provincia de Jujuy y en cinco partidos y cuatro localidades bonaerenses por tratarse de fechas patronales o aniversarios fundacionales, por lo que los trabajadores de la zona tendrán un fin de semana largo.
Se trata de los siguientes lugares:
- Jujuy, en el Día de la Virgen de Río Blanco.
- El partido de Morón, en su día patronal (Virgen Inmaculada Concepción del Buen Viaje) y el aniversario fundacional, que se traslada del sábado 5 al lunes 7.
- Los partidos de Moreno, Maipú y Arrecifes, en su día patronal por Nuestra Virgen del Rosario.
- El partido de Escobar, en su aniversario fundacional
- Las localidades de J.A. Peña (Pergamino), María Ignacia Vela (Tandil) y Juan José Paso (Pehuajó), en su día patronal por Nuestra Virgen del Rosario
- La localidad de La Delfina (General Viamonte), en su aniversario fundacional
En ese sentido, el gobierno de Jujuy dictaminó el 7 de octubre como día no laborable para las ciudades y pueblos de la provincia que celebren esta fecha religiosa. Así quedó establecido a través de la ley n°5005 de Jujuy, como lo recuerda su sitio oficial.
En tanto, en la resolución 478/2024, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, el gobierno determinó feriado el lunes 7 de octubre los cinco partidos y cuatro localidades bonaerenses ya citados. En todos los casos, ni administración pública ni el Banco Provincia funcionarán como lo hacen usualmente. También vale recalcar que es un “feriado optativo” para la industria, el comercio y restantes actividades. Esto quiere decir que queda a discreción del empleador si será un día de descanso o no.
Cómo se pagan los feriados trabajados
La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.
En tanto, quienes deban trabajar durante un asueto tendrán una remuneración diferencial. “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”, puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen un feriado cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.
El calendario completo de los feriados nacionales que quedan en 2024
Todavía quedarán varios feriados nacionales este 2024:
Octubre
- Viernes 11 de octubre: feriado turístico
- Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Noviembre
- Lunes 18 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)
Diciembre
- Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- Miércoles 25 de diciembre: Navidad
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