Ya rigen los nuevos requisitos para el permiso de trabajo y la green card en Estados Unidos
Uscis hizo efectiva una serie de modificaciones que impactan de manera directa a los migrantes que buscan instalarse en Norteamérica
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) puso en marcha una serie de cambios en los requisitos para diferentes trámites, tal como lo había anunciado semanas atrás. En concreto, las modificaciones impactan en las solicitudes de permiso de trabajo y de residencia permanente, más conocida como green card.
Según informaron en las cuentas oficiales de la dependencia estatal, las actualizaciones se hicieron efectivas el pasado lunes 28 de octubre y ya rigen en todo el país norteamericano. Por este motivo, los migrantes que buscan instalarse en EE.UU. a través de alguno de estos papeles, deberán estar atentos para entregar la documentación adecuada y ser tenidos en cuenta.
Nuevas modificaciones en ciertos trámites de Uscis
A través de un comunicado, el Uscis confirmó las nuevas ediciones de los formularios I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus; I-765, Solicitud de Autorización de Empleo; e I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante. “Solo aceptaremos las ediciones del 28/8/24 de estos formularios. Asegúrese de verificar las fechas antes de enviarlos”, señalaron tanto en X, como en Instagram y Facebook.
Para quiénes son los formularios actualizados en EE.UU.
- Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus: lo utilizan las personas presentes en Estados Unidos que buscan conseguir el estatus de residente permanente legal. “Esto significa que usted puede obtener una green card sin tener que regresar a su país de origen para completar el trámite de la visa”, señala el portal oficial.
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés): deben pedir este permiso las personas que están autorizadas a trabajar en Estados Unidos a base de estatus de inmigrante o circunstancias, (por ejemplo, usted es asilado, refugiado, o no inmigrante U) y necesitan evidenciarlo; y aquellas a las que se le requiere solicitar un permiso de trabajo. “Usted no tiene que solicitar un EAD si es un residente permanente legal. Tampoco tiene que hacerlo si tiene un estatus de No Inmigrante que le autoriza a trabajar para un empleador específico en virtud de su estatus (por ejemplo, si es un no inmigrante H-1B, L-1B, O, o P)”, aclara la página web.
- Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante: en este caso, es utilizado por algunos no inmigrantes que desean extender su estadía o cambiar a algún otro estatus de no inmigrante; residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI, por sus siglas en inglés) que solicitan un estatus inicial; no inmigrantes F y M que solicitan reinstalación; y personas que desean obtener estatus de no inmigrante V o una extensión de estadía como no inmigrante V.
Otros cambios en los trámites migratorios urgentes
Días atrás, el Uscis informó también algunas modificaciones que afecta a los papeleos migratorios de prioridad. En concreto, se hizo una actualización al Manual de Políticas del procesamiento acelerado de ciertos trámites. En un reciente anuncio, la agencia aclaró que puede apurar estos casos categorizados como “urgentes” por los gobiernos federales, estatales, tribales, territoriales o locales de Estados Unidos porque involucran interés público, seguridad pública, interés nacional o intereses de seguridad nacional.
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