Uscis anunció el cambio de una importante regla de estatus migratorio: cuándo entra en vigor y a quiénes afecta
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos confirmó una modificación que afecta a miles de personas; los detalles de esta medida a incorporar
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A partir del próximo 1° de octubre, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) implementará una actualización significativa en el proceso de solicitud de extensión y cambio de estatus migratorio. Esta modificación afecta al Formulario I-539, utilizado por no inmigrantes para pedir una prórroga en su estadía o pasarse a otra categoría.
La principal novedad es que, desde esa fecha, la agencia del gobierno solo aceptará la versión del formulario editada el 27 de julio de este año. En tanto, a partir del 28 de octubre, solo será válida la edición del 28 de agosto. Según indicaron desde Uscis en un comunicado, los solicitantes que presenten un modelo incorrecto podrían sufrir el rechazo de sus solicitudes y, además, no se les reembolsará la tarifa abonada.
Casos que requieren el Formulario I-539
El Formulario I-539 es esencial para varios casos, como la extensión de la estadía para no inmigrantes, residentes en la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI, por sus siglas en inglés) que solicitan estatus inicial, o no inmigrantes F y M que buscan reinstalación. Además, es utilizado por aquellos que desean ser clasificados como no inmigrante V o prorrogar su permanencia en EE.UU. bajo esta categoría.
Exclusiones y alternativas para la extensión de estatus
Ciertos tipos de estatus migratorio no deben solicitar la extensión o el cambio a través del Formulario I-539. Entre estos se encuentran las categorías de comerciante E-1, inversionista E-2, profesional E-3 y varios otros relacionados con el empleo especializado o cultural. Estos casos deben gestionarse a través del Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante. La excepción incluye, por ejemplo, a los no inmigrantes H-1B, H-2A y L-1, quienes deben seguir procedimientos diferentes para la extensión de su estatus.
Procedimiento para solicitar este trámite
Los solicitantes deben presentar el Formulario I-539 antes de que su autorización actual expire. La recomendación es hacerlo al menos 45 días antes del vencimiento para evitar problemas. Las autoridades pueden aceptar solicitudes tardías solo si se demuestra que la demora fue causada por circunstancias fuera del control del solicitante y la presentación se hizo dentro de un plazo razonable.
Quiénes pueden solicitar estos trámites
En el sitio oficial, el Uscis señaló que las personas que pueden realizar estos trámites son quienes:
- Fueron admitidos legalmente en Estados Unidos como no inmigrantes.
- No cometieron alguna acción que les convertiría en inelegible para recibir un beneficio de inmigración.
- No hay otro factor que les requiera salir de Estados Unidos antes de reingresar a base de una clasificación diferente (por ejemplo, un oficial de USCIS puede determinar que la persona debe obtener una nueva visa antes de ser readmitido en Estados Unidos).
- Presenten su Formulario I-539 para una extensión o cambio de estatus por correo postal o en línea antes de la fecha de vencimiento que indica el sello de admisión en el documento de viaje en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida.
La precisión y la puntualidad en la solicitud son cruciales para asegurar una transición sin contratiempos en el proceso de extensión o cambio de estatus migratorio. Para más información, los interesados pueden visitar el sitio web de Uscis o contactar a su oficina local para obtener asistencia. En este sentido, desde la dependencia estatal alertaron por la presencia de “sitios web fraudulentos que afirman estar afiliados y ofrecen orientación para completar solicitudes o peticiones”. “Asegúrese de que el sitio web siempre termine en .gov y esté afiliado”, compartieron en las redes sociales oficiales.
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