Estos son los llamados “inmigrantes especiales” que pueden pedir su green card sin parole
Este sector de peticionarios llega a Estados Unidos con una visa específica; sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años también podrían ser beneficiarios
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El permiso de permanencia temporal, conocidos como parole, es una autorización que otorga el gobierno de Estados Unidos por un período de hasta dos años por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo. Pero este no es el único programa de apoyo a extranjeros, ya que existe un sector de peticionarios, llamados “inmigrantes especiales”, quienes califican para recibir la green card.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) indica que un “inmigrante especial” es un extranjero que califica para obtener la tarjeta de residencia permanente, después de cumplir con ciertos criterios. Estos beneficiarios son elegibles para entrar al país con una visa de cuarta preferencia (EB-4) basada en empleo, quienes luego deberán hacer un trámite de ajuste de estatus para solicitar la green card.
Quiénes son los “inmigrantes especiales” y cómo pueden pedir una green card
Para hacer una petición de inmigrante de cuarta preferencia basada en empleo, el empleador (según la clasificación) deberá enviar un formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial. Algunas clasificaciones también permiten que el cónyuge e hijos solteros menores de 21 años puedan ingresar a Estados Unidos de forma legal.
- Trabajador religioso: es un no ciudadano que llega a Estados Unidos para trabajar de manera temporal a tiempo parcial (un promedio mínimo de 20 horas por semana) como ministro o en una vocación u ocupación religiosa, y deben ser contratados por una organización sin fines de lucro; una asociación religiosa que está autorizada por un titular de exención de impuestos grupales o una organización sin fines de lucro afiliada con la denominación religiosa en Estados Unidos.
Para ser elegible, el peticionario debe haber sido miembro de una denominación religiosa que tenga una organización sin fines de lucro legítima en Estados Unidos durante al menos dos años inmediatamente previos a la solicitud de visa.
- Jóvenes Inmigrantes Especiales: es un menor que necesita la protección de la Corte para menores porque ha sido víctima de abuso, abandono u objeto de negligencia por parte de alguno de sus padres.
El Uscis señala que quienes recibieron la clasificación Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ, por sus siglas en inglés), significa que se les aprobó el formulario I-360, podrían ser elegibles para solicitar una green card mediante la presentación del I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus.
Después de presentar la solicitud, se le enviará al peticionario una notificación de cita para tomarle huellas dactilares y fotografías (datos biométricos). Luego se le solicitará que presente el formulario I-693, Informe Médico y de Registro de Vacunas, si no lo presentó con el I-485, o si lo presentó anteriormente, pero caducó. Finalmente, la agencia se comunicará para obtener evidencia adicional o para fechar una entrevista y así tomar una decisión sobre el caso.
- Nacional afgano o iraquí: para una persona que fungió como traductor afgano o iraquí para el gobierno estadounidense; estuvo empleado por/para el gobierno de EE.UU. en Irak en o después del 20 de marzo de 2003, durante al menos un año, o era un afgano empleado por la Fuerza de Ayuda de Seguridad Internacional (ISAF).
La agencia señala que también son elegibles para recibir una tarjeta de residente permanente como traductor o intérprete afgano o iraquí quienes: recibieron un permiso al ingresar o fueron admitidos como no inmigrante en Estados Unidos, están físicamente presente en EE.UU., tienen un formulario I-360 aprobado, hay una visa disponible inmediatamente para al momento de presentar el formulario I-485 y son admisibles en EE.UU. para la residencia permanente legal o es elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio.
Asimismo, el Uscis advierte que si el extranjero ingresó a Estados Unidos como refugiado, no puede solicitar una green card como traductor o intérprete afgano o iraquí, sino como refugiado.
- Representante de los medios de comunicación internacionales: deben entrar al país para trabajar como miembro de los medios de comunicación de la Agencia Estadounidense para los Medios Globales (Usagm, por sus siglas en inglés), o como beneficiario de la misma.
Las personas que llegan a trabajar a Estados Unidos como representantes de los medios de comunicación para la Usagm, o un concesionario son conocidos como broadcaster, término puede incluir a un reportero, traductor, editor, productor, presentador, analista de noticias, u otras funciones de comunicación. No incluye a las personas que brindan servicios puramente técnicos o que trabajan en el campo del entretenimiento.
Ellos, como sus cónyuges e hijos, pueden ser elegibles para obtener la residencia permanente si cumplen con las siguientes condiciones: tiene aprobado el formulario I-360, que fue presentado a nombre del peticionario por la Usagm o concesionario; es admisible en Estados Unidos, y hay una visa de inmigrante disponible inmediatamente para el solicitante.
- Empleado de una organización internacional o su familiar: para algunos oficiales retirados o empleados de una organización internacional G-4 o empleados civiles de OTAN-6 y sus familiares.
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