El trámite poco conocido con el que los médicos pueden tramitar la green card de Estados Unidos, con una condición
La visa EB-2 de exención por interés nacional, con la que se puede obtener la Tarjeta de Residente Permanente, se otorga a personas con habilidades extraordinarias o profesionales que requieren grados avanzados
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La green card, conocida oficialmente como Tarjeta de Residente Permanente, le permite a un ciudadano extranjero vivir y trabajar en Estados Unidos de forma legal. Para poder solicitarla, el interesado debe ser elegible bajo una de las categorías indicadas por el gobierno de ese país, como la que se refiere al empleo, que se divide en tres: trabajador inmigrante; médicos con exención por interés nacional e Inversionista Inmigrante. Para los segundos, además de cumplir con los requisitos, se requiere de una condición.
¿Qué es la visa de exención por interés nacional?
De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), la visa EB-2 National Interest Waiver (NIW), de segunda preferencia, se puede recibir si es un profesional y tiene un título de posgrado o su equivalente, o es un ciudadano de otro país que tiene una aptitud excepcional, lo que permite que personas con habilidades extraordinarias y aquellas que son miembros de profesiones de grados avanzados puedan obtener una green card.
A las personas en la categoría EB-2 se les pide que obtengan una oferta de empleo o certificación laboral. Este requisito puede eximirse si el peticionario demuestra que aprobarle su visa va de acuerdo con el interés nacional de los Estados Unidos.
La condición con la que los médicos pueden obtener la green card
El Uscis puede otorgar una exención por interés nacional a un médico que ha trabajado o accede a emplearse a tiempo completo en práctica clínica en un área de poco acceso a los servicios de salud, durante un período determinado, y que también cumpla con otros requisitos de elegibilidad.
Criterios de elegibilidad para los médicos
- El solicitante debe trabajar a tiempo completo en una práctica clínica. Para la mayoría de los médicos con casos NIW, el período de servicio es de cinco años.
- El médico debe trabajar en cuidado primario. Por ejemplo, en la práctica general, pedido de práctica de familia, internista general, pediatra, obstetra/ginecólogo, o psiquiatra, o ser un médico especialista.
- El profesional debe brindar servicios, ya sea en un Área de Escasez de Profesionales de la Salud (HPSA), el Área de Profesionales de Salud Mental (MHPSA – para psiquiatras únicamente), un Área de Acceso Limitado a la Salud (MUA), o en una facilidad de Asuntos de los Veteranos, o para especialistas en un Área de Escasez de Médicos (PSA).
- El interesado debe obtener una declaración de una agencia federal o del departamento de salud del estado que tenga conocimiento de sus cualificaciones como médico y que declare que su trabajo va de acuerdo al interés público (declaración que se conoce como atestación).
Cómo solicitar una residencia permanente por exención para médicos
Para solicitar una green card o residencia permanente, el interesado tiene que presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus. Sin embargo, el Uscis advierte que no puede presentar el formulario hasta que una visa esté disponible en su categoría.
Con el I-485, también debe presentar:
- Dos fotos tipo pasaporte.
- Copia de su notificación de aprobación del Formulario I-612, Solicitud de Exención del Requisito de Residencia (bajo la Sección 212(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, según enmendada).
- Copia del Formulario I-797, notificación de aprobación del Formulario I-140.
- Copia de su certificado de nacimiento u otro registro de su nacimiento.
- Copia de todas las páginas de su pasaporte que tienen la visa de no inmigrante.
- Evidencia de cumplimiento final con el requisito de 3 o 5 años de servicio para presentarlo no más tarde 120 días después de haber completado el requisito de servicio.
- Copias de los Formularios I-797, Notificación de Aprobación, de todas las extensiones y cambios de estatus.
- Copia del Formulario I-120 o Registros Escolares IAP 66 (frente y dorso, incluyendo todas las anotaciones de la escuela).
- Tarifas correspondientes.
- Formulario G-28, si un abogado representa su caso.
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