El trámite de Uscis para que los inmigrantes “especiales” obtengan la green card de Estados Unidos
La tarjeta de residente permanente autoriza a un extranjero para vivir y trabajar en Estados Unidos; algunos peticionarios con visas basadas en empleo podría modificar su estatus
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A las personas con estatus de residente permanente se les expide una tarjeta como prueba de su presencia legal. Para obtenerla, deben realizar un proceso a través de Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés). Lo que pocos saben es que existen un sector de peticionarios, llamados inmigrantes “especiales”, quienes califican para recibir la green card.
De acuerdo con la agencia, los inmigrantes especiales pueden ser elegibles para una visa de cuarta preferencia (EB-4) basada en empleo. Estos son algunos de los beneficiarios:
- Trabajador religioso: llega a EE.UU. para trabajar para una organización religiosa sin fines de lucro.
- Jóvenes inmigrantes especiales (SIJ, por sus siglas en inglés): un menor que necesita la protección de la Corte porque ha sido abusado, abandonado o u objeto de negligencia por parte de alguno de sus padres.
- Nacional afgano o iraquí: fungió como traductor para el gobierno estadounidense; estuvo empleado por/para el gobierno de EE.UU. en Irak en o después del 20 de marzo de 2003, durante al menos un año, o era empleado por la Fuerza de Ayuda de Seguridad Internacional (ISAF).
- Representante de los medios de comunicación internacionales: llega para trabajar en Estados Unidos como miembro de los medios de comunicación de la Agencia Estadounidense para los Medios Globales (USAGM), o como beneficiario de la misma.
- Empleado de una organización internacional o su familiar: algunos oficiales retirados o empleados de una organización internacional G-4 o empleados civiles de OTAN-6 y sus familiares.
Para hacer una petición de inmigrante de cuarta preferencia basada en empleo, el empleador (según la clasificación) deberá enviar un formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial.
Residencia permanente para Jóvenes Inmigrantes Especiales
El Uscis señala que quienes recibieron la clasificación SIJ, que significa que se les aprobó el formulario I-360, podrían ser elegibles para solicitar una green card mediante la presentación del I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus.
Después de presentar la solicitud, se le enviará al peticionario una notificación de cita para tomarle huellas dactilares y fotografías (datos biométricos). Luego se le solicitará que presente el formulario I-693, Informe Médico y de Registro de Vacunas, si no lo presentó con el I-485, o si lo presentó anteriormente, pero caducó. Finalmente, la agencia se comunicará para obtener evidencia adicional o para fechar una entrevista y así tomar una decisión sobre el caso.
Representantes de los Medios de Comunicación: green card
Las personas que llegan a trabajar a Estados Unidos como representantes de los medios de comunicación para la USAGM, o un concesionario son conocidos como broadcaster, el término puede incluir a un reportero, traductor, editor, productor, presentador, analista de noticias, u otras funciones de comunicación; no incluye a las personas que brindan servicios puramente técnicos o que trabajan en el campo del entretenimiento.
Ellos, como sus cónyuges e hijos, pueden ser elegibles para obtener la residencia permanente si cumplen con las siguientes condiciones:
- Tiene aprobado el formulario I-360, que fue presentado a nombre del peticionario por la USAGM o concesionario.
- Es admisible en Estados Unidos, y
- Hay una visa de inmigrante disponible inmediatamente para el solicitante.
Tarjeta de residente permanente para traductor o intérprete afgano o iraquí
La agencia señala que también son elegibles para recibir una tarjeta de residente permanente como traductor o intérprete afgano o iraquí quienes: recibieron un permiso al ingresar o fueron admitidos como no inmigrante en Estados Unidos, están físicamente presente en EE.UU., tienen un formulario I-360 aprobado, hay una visa disponible inmediatamente para al momento de presentar el formulario I-485 y son admisibles en EE.UU. para la residencia permanente legal o es elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de alivio.
Asimismo, el Uscis advierte que si el extranjero ingresó a Estados Unidos como refugiado, no puede solicitar una green card como traductor o intérprete afgano o iraquí, sino como refugiado.
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