Cuánto dinero debe tener un patrocinador de green card: guías actualizadas de 2025
Para convertirse en sponsor de un migrante, el peticionario deberá tener al menos 18 años y ser un ciudadano estadounidense o residente permanente legal
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Cuando una persona firma una Declaración Jurada de Patrocinio Económico, acepta la responsabilidad legal de ayudar financieramente a un inmigrante, por lo general, hasta que se convierta en ciudadano estadounidense. Para ello, el patrocinador debe demostrar ingresos anuales iguales o superiores al umbral de pobreza que fija el gobierno federal en función del tamaño de su hogar. Estas son las guías actualizadas de 2025.
Ingresos mínimos para patrocinar una green card en 2025
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) explica que el sponsor deberá demostrar que su ingreso familiar es igual o mayor al 125% por sobre el nivel de pobreza federal establecido para el tamaño del hogar, que incluye al peticionario, sus dependientes, cualquier pariente que viva en la residencia y los inmigrantes a sponsorear.

Para el caso de los patrocinadores que están en el servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos y si el inmigrante es el cónyuge o hijo, el ingreso solo debe ser igual o mayor del 100% por sobre el nivel de pobreza federal para el tamaño de su familia.
Tabla oficial 2025 del HHS: montos de ingresos por tamaño del hogar
El Uscis publica en su sitio web oficial las Guías de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés) para completar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés)
El formato representa un contrato que firma una persona para usar sus recursos financieros para respaldar al inmigrante que se designa en la declaración jurada. Se convierte en patrocinador una vez que el extranjero es residente permanente legal. La presentación del formulario no tiene costo.

Estas guías entraron en vigor en marzo de 2025. Para los 48 Estados Contiguos, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE.UU., Guam y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, estos son los ingresos que debe tener el patrocinador, según los miembros del hogar y el 125% del nivel de pobreza de HHS:
- 2 miembros - US$26.437.
- 3 miembros - US$33.312.
- 4 miembros - US$40.187.
- 5 miembros - US$47.062.
- 6 miembros - US$53.937.
- 7 miembros - US$60.812.
- 8 miembros - US$67.687.
- Añadir US$6875 por cada persona adicional.
Para Alaska:
- 2 miembros - US$33.037.
- 3 miembros - US$41.637.
- 4 miembros - US$50.237.
- 5 miembros - US$58.837.
- 6 miembros - US$67.437.
- 7 miembros - US$76.037.
- 8 miembros - US$84.637.
- Añadir US$8600 por cada persona adicional.
Para Hawái:
- 2 miembros - US$30.400.
- 3 miembros - US$38.312.
- 4 miembros - US$46.225.
- 5 miembros - US$54.137.
- 6 miembros - US$62.050.
- 7 miembros - US$69.962.
- 8 miembros - US$77.875.
- Añadir US$7913 por cada persona adicional.
¿Quiénes pueden ser patrocinadores de un migrante?: los requisitos
El sponsor deberá tener al menos 18 años y ser un ciudadano estadounidense o residente permanente y tener domicilio en un estado, territorio o posesión de EE.UU. Si se vive en el extranjero, aún se puede calificar como peticionario, pero es necesario demostrar que la residencia fuera del país es temporal y que aún se posee un domicilio en Estados Unidos.

En algunos casos, la Sección 213A de la INA permite un “patrocinador conjunto”, que es alguien que desea aceptar con el peticionario la responsabilidad legal de apoyar a un migrante económicamente. Además, debe cumplir con todos los requisitos, al igual que el sponsor principal, con excepción de que no tiene que ser familiar del beneficiario.
“Usted no puede combinar su ingreso con el del patrocinador conjunto para cumplir con el requisito de ingreso”, advierte el Uscis.
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