Asilo o TPS, ¿pueden aplicar a estos estatus los mexicanos?
Los no ciudadanos presentes o que llegan a Estados Unidos pueden buscar protección contra la persecución pasada o futura; así aplica para los nacidos en México
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A través de los programas humanitarios, el gobierno de Estados Unidos brinda ayuda a los extranjeros. El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y el asilo han sido de los apoyos más solicitados. Sin embargo, se trata de iniciativas que no están abiertas a todos los ciudadanos de otros países, como los mexicanos.
TPS: ¿Los mexicanos son elegibles?
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) es la agencia que se encarga de procesar las solicitudes a los migrantes elegibles que ya están en EE.UU. para recibir el TPS y el asilo.

De acuerdo con la dependencia, el TPS proporciona un estatus migratorio temporal a los ciudadanos de ciertos países designados que están físicamente presentes en EE.UU. El secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) es el encargado de designar a la nación por condiciones especiales y/o extraordinarias.
Se puede designar a un país debido a situaciones como: un conflicto armado en curso (tal como una guerra civil), un desastre natural (como un terremoto o huracán) o una epidemia u otras condiciones extraordinarias y de carácter temporal.
Debido a que México no se encuentra en la lista de países, sus nacionales no pueden optar por solicitar la protección.
Obtener asilo en EE.UU.: esto pasa con los mexicanos
Estados Unidos otorga protección a los extranjeros porque han sufrido persecución o porque tienen temor de padecerla por factores como la raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política. La solicitud solo se puede presentar si se está físicamente presente en el país.

A diferencia del TPS, este beneficio no se otorga por naciones, por lo que un mexicano que busca refugio por las razones antes indicadas puede optar por presentar una solicitud.
Existen tres formas de obtener el beneficio:
- El proceso afirmativo: se puede solicitar independientemente de cómo se haya llegado a EE.UU. o del estatus migratorio actual
- La entrevista sobre los Méritos de Asilo: después de una determinación positiva de temor creíble
- El proceso defensivo: se produce cuando se solicita asilo como defensa contra la expulsión de Estados Unidos.
Para solicitar asilo afirmativo o defensa, el extranjero debe presentar ante el Uscis el formulario I-589, dentro del plazo de un año a partir de la fecha de llegada a Estados Unidos. No es necesario pagar una tarifa.
Además, el peticionario que busca el alivio migratorio puede incluir en la solicitud de asilo afirmativo o defensa a su cónyuge e hijos (menores de 21 años de edad y solteros) que están físicamente presentes en Estados Unidos. Asimismo, es elegible para recibir un Documento para la Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés).

Entrevistas
El tercer caso, de entrevista, aplica para quienes se colocan en un proceso de remoción expedita e indican intención de solicitar la protección, expresan temor de persecución o tortura, o miedo de regresar a su país de origen. Son referidos a Uscis para una evaluación de temor creíble.
Muchos extranjeros optan por la opción del asilo debido a que los beneficiarios también pueden recibir una tarjeta de residente permanente un año después de ser aprobados para el programa de protección. Para solicitar la green card, se debe iniciar un proceso con el formulario I-485, Solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
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