Así funciona el “perdón” para ajustar tu estatus si tienes problemas con tu historial en EE.UU.
Algunas personas son elegibles para volver a solicitar el ingreso a los Estados Unidos si cumplen con determinados requisitos
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Si una persona vivía en Estados Unidos y la deportaron, le negaron un visado de no inmigrante durante la entrevista consular en su país de origen o necesita realizar un ajuste de su estatus, pero le dijeron que es inadmisible, no tiene todo perdido. Existen formas de solicitar a EE.UU. un perdón migratorio que les permite a las personas ajustar su estatus.
Una de esas formas es por medio de la presentación ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) del Formulario I-601, que se conoce oficialmente como “solicitud de exención de causal de inadmisibilidad”, un perdón migratorio con el cual podrían eximir a la persona solicitante de las causantes de inadmisibilidad.
Este perdón también exime de la deportación a hijos, cónyuges o prometidos de los ciudadanos o residentes permanentes legales.
La diferencia de este trámite con otro tipo de perdones, como el I601A, por ejemplo, es que el formulario I601 se utiliza para solicitar una exención de los motivos de inadmisibilidad después de una entrevista consular o luego de haber sido deportado.
En cambio, el I601A se utiliza para solicitar una exención provisional de los motivos de inadmisibilidad antes de salir de Estados Unidos. Ambos casos se utilizan para quienes hayan sido considerados como inadmisibles, pero necesiten ajustar su estatus migratorio o desean solicitar una green card y tienen familiares que son ciudadanos o residentes en EE.UU.
Las personas que pueden pedir el perdón migratorio I601
Según explica la firma de abogados Urbina Immigration Law, cualquier migrante con causas de inadmisibilidad eximibles puede solicitar el perdón I601 si cumple con los siguientes requisitos:
- Ser solicitante de visa K, U, V.
- Ser solicitante de ajuste de Estatus a residencia permanente legal (esto excluye algunas categorías de ajuste).
- Ser solicitante estatus de Protección Temporal (TPS).
- Ser solicitante de ajuste de Estatus basado en estatus de no inmigrante T.
- Ser solicitante de ajuste de Estatus como Inmigrante Juvenil Especial (SIJ).
- Ser solicitante de ajuste de Estatus bajo el Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano.
- Ser solicitante de ajuste de Estatus como auto-peticionario bajo la ley VAWA o ser hijo de un auto-peticionario de VAWA.
- Encontrarse fuera de los Estados Unidos.
- Haber sido considerado inadmisible luego de una entrevista de visado con un funcionario consular.
- Demostrar que tiene al menos un familiar que es ciudadano o residente permanente (cónyuge, padres o hijos) que sufriría una extrema penuria si no logra conseguir el perdón I601.
Es importante que la persona solicitante tenga en cuenta que hay distintas categorías de delitos eximibles, según el tipo de visado que tramite.
Por ejemplo, existen ciertos crímenes que la visa U puede perdonar, mientras que otros visados no admiten las mismas exenciones. El perdón I601 puede eximir ciertas causas de inadmisibilidad como:
- Delitos menores o faltas menores.
- Delitos relacionados con drogas, como posesión de drogas para uso personal.
- Delitos de violencia doméstica.
- Delitos de fraude o robo de menor cuantía.
- Delitos de conducir bajo la influencia del alcohol o drogas.
- Delitos de falsificación o uso de documentos falsos.
- Delitos de entrada ilegal o reingreso ilegal a los Estados Unidos.
- Delitos relacionados con armas de fuego o armas peligrosas.
El Uscis recuerda que no se debe intentar ingresar a los Estados Unidos hasta que la solicitud, que tiene un valor de US$930, haya sido aprobada.
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