Alerta para evitar estafas: el Uscis anunció un cambio en los correos electrónicos
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos actualizó su proceso de mensajería para mejorar la seguridad y autenticidad de sus comunicaciones; cómo impacta en los usuarios
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), la agencia federal que supervisa la inmigración legal a través de diversos programas, anunció un cambio en la cuenta de correos electrónicos que envía notificaciones a ciertos peticionarios, con el objetivo de evitar estafas y aumentar la seguridad en el proceso.
La oficina, que es parte del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), explicó en su sitio web que, desde el pasado 18 de junio, actualizó su servicio de mensajería de correo electrónico para quienes utilizan el formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, con la intención de mejorar la confianza y autenticidad de sus comunicaciones.
En específico, los mensajes ahora serán enviados desde la cuenta uscis@messages.dhs.gov en lugar del dominio “@public.govdelivery.com” que era utilizado anteriormente.
Además, la agencia federal indicó que ahora los mails se redactarán como boletines en nombre del secretario del DHS, Alejandro N. Mayorkas, y la directora de Uscis, Ur M. Jaddou. “Esto ayudará a unificar nuestras comunicaciones y reforzará una fuente confiable de nuestra información”, señaló la oficina en su anuncio.
Quiénes deben utilizar el formulario I-9 del Uscis
La ley federal exige que todo empleador que reclute, recomiende por una tarifa o contrate a una persona para un empleo en Estados Unidos debe completar el Formulario I-9, Verificación de elegibilidad de empleo, el cual ayudará a verificar la identidad del trabajador y su autorización de empleo. Debe ser enviado uno por cada persona que contratan, incluyendo tanto a ciudadanos como a no ciudadanos.
Tanto empleados como empleadores (o representantes autorizados de la empresa u organización que contrata) tienen la obligación de completar el formulario. Por su parte, el trabajador debe dar fe de su autorización, mientras que el empleado también debe presentar al empleador los documentos aceptables que evidencien su identidad.
Asimismo, el empleador debe examinar la elegibilidad e identificar documentos que presenta el empleado, a fin de determinar si los mismos tienen validez y se relacionan con la persona, y registrar esta información en el formulario I-9. Ciertos empleadores que desean examinar los documentos de los empleados de manera remota, bajo un procedimiento alterno aprobado por DHS en lugar del examen físico, deben indicarlo al marcar la casilla correspondiente.
En tanto, los empleadores deben asegurarse de que los empleados tienen acceso a las instrucciones para completar el formulario I-9, a través de proporcionarles una copia impresa o un enlace al formato.
¿Dónde se presenta el formulario I-9?
El Uscis advierte que el formulario I-9 no se debe presentar con la agencia ni el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés). En ese sentido, los empleadores deben:
- Tener archivado un formulario I-9 por cada persona en su nómina a quien se le requiera completar el formulario.
- Retener y conservar el formulario I-9 por tres años después de la fecha de contratación, o por un año después de que haya finalizado el empleo, lo que ocurra más tarde.
- Tener los formularios disponibles para ser inspeccionados por los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional, Departamento del Trabajo, o el Departamento de Justicia.
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