Nuevas instrucciones para tramitar la Green Card para tu familiar extranjero
Si quieres ayudar a tu ser querido o algún cónyuge para el proceso del documento para Estados Unidos, tienes que tomar en cuenta estas actualizaciones del USCIS
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En caso de que estés patrocinando a tu cónyuge o algún familiar para que obtenga su Green Card en Estados Unidos, esta noticia te interesa, dado que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de ese país (USCIS), actualizó las instrucciones para llenar el formulario clave en el proceso, el I-130. Además, el CIS Ombudsman, un organismo independiente que investiga las quejas contra los USCIS, recomienda poner especial atención para que estés seguro de que se envíe tu formulario a la ubicación correcta una vez que lo aprueben.
Como detalle adicional, si eres el patrocinador, no olvides que también tienes que comprometerte en la parte financiera para respaldar al migrante, hasta que esta persona se convierta en ciudadana estadounidense. A continuación, las nuevas recomendaciones del USCIS.
Recomendaciones del USCIS para tramitar la Green Card
En el formulario I-130 se deberá indicar si el beneficiario pedirá el ajuste de estatus dentro de Estados Unidos o si va a solicitar una visa de inmigrante en el extranjero a través de la embajada o consulado del país norteamericano, con el procesamiento consular. Las preguntas concretas que cambian en este trámite de la Green Card son la 61 y 62.
En este sentido y para dar un poco de ruta, el CIS Ombudsman recomienda poner una de las dos para no tener problemas, de esta manera se evitan pagos adicionales innecesarios.
¿Qué hará USCIS con esa respuesta?
Según lo que se elija, determinará a dónde se envía la petición aprobada.
- En caso de que se seleccione ajuste de estatus: USCIS enviará el formulario al Centro Nacional de Registros a la espera de que el beneficiario presente el formulario I-485, solicitud para registrar la residencia permanente o ajuste de estatus.
- Procesamiento consular en el extranjero: USCIS enviará el formulario I-130 al Centro Nacional de Visas del Departamento del Estado.
- En caso de cambiar la selección, habrá que comunicarse con el USCIS.
Para cambiar la selección luego de que USCIS aprobó el formulario, es posible que se deba presentar el Formulario I-824, que es de solicitud de acción sobre una petición aprobada.
En caso de que inmigración se demore, CIS Ombudsman también emitió algunas declaraciones, retomadas por Chicago Tribune.
Solo se debe seleccionar una opción de las dos disponibles en el formulario I-130, porque de lo contrario habría costos adicionales, así como retrasos en la solicitud. Piden poner especial atención a la hora de contestarlas. El organismo recalca que ha recibido varias solicitudes de personas que llenaron ambas y lo que sucede en estos casos es lo siguiente: para remediar el error, la tarifa por presentar el Formulario I-824 es de 465 dólares, además de que los tiempos del procesamiento se extienden entre los 3,5 a los 22,5 meses.
En caso de que se seleccione solo una opción, pero el USCIS no envíe el formulario aprobado dentro de los dos meses posteriores, esto podría ser un error y no habría razón para presentar el formulario I-824. Aquí, si el USCIS no da solución, en caso se puede presentar ante el Ombudsman de CIS.
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