Tres faltas graves que el Uscis jamás perdona en solicitudes de autorización de empleo: multas y penas de cárcel
El Departamento de Seguridad Nacional o un juez de derecho administrativo pueden imponer sanciones a una empresa o empleador que cometa infracciones a las leyes de inmigración
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Todos los empleadores estadounidenses deben completar y presentar el formulario I-9 por cada persona que contratan para trabajar en el país, con el cual se verifica la identidad y autorización de empleo del trabajador. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés), advierte que existen sanciones y multas por las faltas que pudieran cometer las empresas y/o compañías, en referencia al uso del formato y otros trámites.
Las sanciones civiles de Uscis por empleo ilegal
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) considera que un empleador ha contratado a un inmigrante no autorizado si a sabiendas celebra, renegocia o extiende un contrato o subcontrato para obtener mano de obra. En ese caso, el propio departamento o un juez de derecho administrativo puede imponer sanciones si luego de una investigación se determina que se continuó la relación con el trabajador.
El DHS emitirá un Aviso de intención de multa (NIF, por sus siglas en inglés). Si como empresa o empleador se recibe uno, se puede solicitar una audiencia ante un juez administrativo. Si el departamento no recibe una solicitud de audiencia dentro de los 30 días, impondrá la sanción y emitirá una orden final, que no se puede apelar. Asimismo, se puede ordenar cese y desiste de dicha actividad y pagar una multa monetaria civil por cada infracción.
Faltas por incumplimiento de los requisitos del formulario I-9
Si no completa, conserva o pone a disposición de los interesados los formularios I-9 según lo exige la ley, puede enfrentarse a sanciones civiles monetarias por cada infracción. Para determinar el monto, el DHS considera: el tamaño del negocio; la buena fe; la gravedad de la infracción; si el individuo era un extranjero no autorizado y el historial de las violaciones anteriores, si las hubiera.
Si se puede demostrar que como empleador se cumplió de buena fe con los requisitos del formulario I-9, entonces es posible que haya establecido una defensa de “buena fe” con respecto a un cargo de contratar a sabiendas a un no ciudadano no autorizado, a menos que el gobierno pueda demostrar que tenía conocimiento. Este recurso puede ser adecuado, a pesar de una falla técnica o de procedimiento para cumplir, a menos que no corrija una violación dentro de los 10 días posteriores a que DHS le notifique.
Las sanciones penales por empleo ilegal
El Uscis también señala que si la empresa es condenada y participa en un patrón o práctica de contratar a sabiendas a ciudadanos no autorizados, puede enfrentar multas y/o seis meses de prisión. Asimismo, ocurre por participar en fraude o declaraciones falsas, o hacer cualquier otro uso indebido de visas, permisos de inmigración y documentos de identidad.
En el último caso, se puede multar al empleador y/o encarcelar por hasta cinco años si:
- Hace una declaración o atestación falsa para satisfacer los requisitos de verificación de elegibilidad para el empleo.
- Utiliza documentos de identificación o autorización de empleo fraudulentos.
- Utiliza documentos que fueron emitidos legalmente a otra persona.
Otros estatutos penales federales pueden prever penas más elevadas en ciertos casos de fraude. Si una investigación del DHS revela que la empresa o empleador han cometido o participado a sabiendas en actos relacionados con fraude documental, el departamento puede tomar las medidas que considere.
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