Deportación masiva: la última regla que el DHS aplica para expulsar más rápido a algunos migrantes
Estados Unidos otorga el estatus de asilo a las personas que buscan protección; en la mayoría de los casos deben comprobar que tienen miedo de regresar a su país por su seguridad
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En medio de la incertidumbre de muchos migrantes por las deportaciones masivas propuestas por Donald Trump, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció una regla final que impacta en el trabajo de los agentes y la expulsión durante las evaluaciones que realizan para comprobar miedo creíble y razonable.
En el Registro Federal señalan que el DHS modificó sus reglamentos para permitir que los funcionarios de asilo (AO, por sus siglas en inglés) consideren la posible aplicabilidad de ciertas prohibiciones. Asimismo, indican que la normativa entrará en vigencia el próximo viernes 17 de enero de 2025.
“La norma tiene por objeto mejorar la flexibilidad operativa y ayudar al DHS a expulsar con mayor rapidez a ciertos no ciudadanos a los que se les prohíbe el asilo”, explican.
Cómo funcionará la nueva regla del DHS
Esta regla permitirá a los oficiales de asilo considerar prohibir o no el permiso a ciertos no ciudadanos o negarles la suspensión de remoción por motivos de seguridad nacional o pública durante las verificaciones de temor creíble y miedo razonable. Las regulaciones existentes impedían que los agentes aplicaran tales prohibiciones durante la selección inicial.
“Esto permite al DHS expulsar a las personas que representan una amenaza para Estados Unidos mucho más rápido de lo que se toma actualmente, salvaguardando de manera más eficiente la seguridad de nuestra frontera y de nuestro país”, precisan en un comunicado.
Para poner en marcha lo establecido por la nueva regla, el DHS trabajará en cooperación con colaboradores extranjeros para identificar a las personas de interés al comienzo de sus viajes y evitar que inicien la travesía antes de llegar a la frontera con EE.UU.
La agencia también fortalecerá los procesos de selección e investigación en cooperación con colaboradores interinstitucionales y encargados del cumplimiento de la ley para identificar a las personas de interés y tomar las medidas adecuadas, incluido negarles la entrada o detenerlas.
¿Quiénes no pueden recibir asilo en EE.UU.?
La ley federal ya prohíbe a las personas que representan un riesgo para la seguridad nacional o pública recibir asilo, específicamente:
- A quien ha sido condenado por un delito particularmente grave o que ordenó, incitó, ayudó o participó de otra manera en la persecución de otra persona por un motivo protegido.
- Cometió un delito común grave fuera de Estados Unidos.
- Es inadmisible por motivos de seguridad nacional o por motivos relacionados con terrorismo, o para quienes existen motivos razonables para considerarlos una amenaza para la seguridad de Estados Unidos.
Cómo recibir asilo en Estados Unidos
Estados Unidos otorga el estatus de asilo a las personas que buscan protección porque han sufrido persecución o porque tienen temor de sufrirla por razones como su religión, nacionalidad, opinión política o por pertenecer a un grupo social en particular. La solicitud solo se puede presentar si el extranjero está físicamente presente en EE.UU. y no es ciudadano estadounidense.
Las tres formas de obtener asilo en EE.UU., son:
- El proceso afirmativo.
- La Entrevista de Méritos de Asilo, después de una determinación positiva de temor creíble.
- El proceso de defensa de asilo.
Temor creíble y miedo razonable: ¿qué son?
Si un extranjero manifiesta la intención de solicitar asilo, expresa miedo de persecución o tortura, o temor de regresar a su país, él o ella debe ser referido a un oficial de asilo para una entrevista a fin de determinar si tiene un temor creíble de persecución o tortura, explica el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés).
Mientras que si a una persona a quien se le ordenó la remoción bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), expresa un temor de regresar al país al que se le había ordenado que fuera removido, el caso debe ser referido a un oficial de asilo, que determinará si la persona tiene un temor razonable de persecución o tortura.
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