Cómo obtener el permiso de trabajo si se ingresó a EE.UU. con parole humanitario
Mediante la presentación de un formulario del USCIS las personas que se encuentren comprendidas en la categoría de migración correspondiente al parole humanitario pueden obtener una autorización de empleo
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Las personas que ingresaron a los Estados Unidos mediante el mecanismo de parole humanitario pueden acceder a un permiso de trabajo en ese país. Para tramitarlo deben realizar una solicitud de autorización de Empleo (EAD por sus siglas en inglés) completando el formulario I-765 del USCIS.
El formulario se puede completar on line a través de la cuenta de USCIS en línea o enviar por correo. Quienes elijan la primera opción recibirán la notificación sobre el estado del mismo en la dirección de mail que informaron al llenar la solicitud.
Las personas que deseen enviarlo por correo pueden hacerlo utilizando la dirección segura (Lockbox) del USCIS designada para el estado donde se reside. Junto con el formulario I-765, en este caso, es necesario adjuntar un documento que acredite la aprobación del parole, que puede ser una copia del pasaporte, una copia de cualquier otro documento que acredite el viaje o del Formulario I-94 (Registro de Ingresos y Egresos del país) y la tarifa correspondiente a la tramitación del EAD.
Tarifas para tramitar el EAD
Las tarifas vigentes para el Formulario I-765 en función de la regla final publicada por USCIS el 31 de enero de 2024 son de U$S470 en el caso de la tramitación en línea y de U$S520 en el caso de la impresa. En el caso de esta última, además, es importante verificar que la edición del Formulario I-765 corresponda al 04/01/24 en la parte inferior izquierda del mismo, ya que a partir del 3 de junio USCIS no acepta la presentación de formularios con fecha de edición anterior.
Las modalidades de pago aceptadas por USCIS comprenden: giro postal, cheque personal, cheque de caja, tarjeta de crédito o débito previo envío del Formulario G-1450 Autorización de Transacciones con Tarjetas de Crédito. Los cheques deben hacerse a nombre del U.S. Department of Homeland Security. El pago no es reembolsable con independencia del resultado de la solicitud.
En el caso de que USCIS apruebe la solicitud, la tarjeta de EAD será emitida dentro del plazo de dos semanas y se enviará por correo a través del servicio Informed Delivery del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) a la dirección que se proporcionó a USCIS.
Es central asegurarse de tener la dirección postal correcta registrada en USCIS y en caso de que se la haya cambiado a posteriori de la presentación, actualizarla con USCIS y USPS para evitar demoras o perdida de documentación.
El plazo de emisión y envío de las tarjetas EAD es variable, pero se deben esperar 30 días antes de enviar una consulta a USCIS en caso de no haberla recibido. Para monitorear previamente el estado del trámite se debe utilizar Estatus de Caso En Línea, que permitirá encontrar datos sobre la entrega de la tarjeta EAD.
Extensión del período de autorización
El 4 de abril de 2024 USCIS aumentó el periodo de extensión de la autorización de empleo de un máximo de 180 días a un máximo de 540 días. Este plazo ampliado está vigente para dos categorías de casos:
- Los solicitantes que presentaron un Formulario I-765 de manera oportuna y apropiada en o después del 27 de octubre de 2023, si la solicitud aún está pendiente al 8 de abril de 2024.
- Los solicitantes que presentaron un Formulario I-765 de manera oportuna y apropiada en o después del 8 de abril de 2024 y en o antes del 30 de septiembre de 2025 (540 días a partir de la fecha de publicación de esta Regla Final Temporal en el Registro Federal).
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