La buena noticia del Uscis para quienes necesiten extender la visa de no inmigrante de EE.UU.
Algunos solicitantes quedarán exentos de pagar la tarifa cercana a los 100 dólares; la medida comenzará a regir a partir del 1° de octubre
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) anunció que habrá un cambio de requisitos para los solicitantes de una extensión. A partir de octubre no tendrán que asistir a una cita al Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés), ni pagar la tarifa correspondiente a los datos biométricos.
“La exención de la tarifa de servicios biométricos se aplicará a todos los peticionarios que presenten el Formulario I-539 solicitando una extensión de estadía o un cambio de estatus a no inmigrante H-4, L-2 o E, para quienes Uscis había suspendido previamente el requisito de datos biométricos hasta el 30 de septiembre de 2023″, señala el comunicado oficial de la entidad migratoria.
De esta manera y a partir del 1° del octubre, quienes apliquen a este formulario, ya no pagarán los 85 dólares correspondientes. Es decir, la solicitud debe tener sellos de ese día o posterior, de lo contrario, sí se les cobrará.
“Si presenta antes del 1º de octubre, algunos declarantes aún tendrán programada una cita con el ASC y deberán asistir”, agrega la agencia.
Sin embargo, el Uscis también aclaró que puede darse el caso de que a algunos extranjeros se les pida presentarse en el área de datos biométricos. Serán solo las personas seleccionadas y se les notificará en caso de que sea así. “Si se determina que se requiere, el solicitante recibirá un aviso con información sobre cómo presentarse a su cita”, agregó.
¿Qué hacer en caso de un error en el Formulario I-539?
A su vez, la entidad migratoria advirtió qué pasará con los extranjeros que envíen su pedido de forma incorrecta. Hay instrucciones para todos los casos y que se detallan a continuación:
- Si manda por error la tarifa de los servicios biométricos, pero se envía por separado del costo del Formulario I-539, se le devolverá el dinero al solicitante y se aceptará con éxito la solicitud.
- Si envía por error la tarifa de los servicios biométricos y el pago se combina con una tarifa de presentación del Formulario I-539 en papel, se considerará como una presentación incorrecta y se rechazará la solicitud.
- Si autoriza por error un pago con tarjeta de crédito que combina la tarifa de los servicios biométricos con la tarifa de solicitud del Formulario I-539, el Uscis aceptará el formulario y solo cobrará la tarifa de solicitud.
¿Cuál es la función del Formulario I-539?
Este documento es comúnmente utilizado, según la página oficial de Uscis, por:
- No inmigrantes que desean extender su estadía o cambiar a algún otro estatus de no inmigrante.
- Residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI) que solicitan un estatus inicial.
- No inmigrantes F y M que solicitan reinstalación.
- Personas que desean obtener estatus de no inmigrante V o una extensión de estadía como no inmigrante V.
Por otro lado, hay restricciones sobre qué categorías de peticionarios no aplican para este formulario:
- Comerciantes por Tratado Comercial principales E-1 y Empleados de los Comerciantes por Tratado Comercial E-1.
- Inversionistas por Tratado Comercial Principales E-2 y Empleados de los Inversionistas por Tratado Comercial E-2.
- Inversionistas Principales de CNMI E-2.
- Profesionales Especializados Principales E-3 de Australia.
- No Inmigrantes H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B y H-3.
- No Inmigrantes L-1.
- No Inmigrantes O-1 y O-2.
- No Inmigrantes P-1, P-2, P-3, P-1S, P-2S o P-3S.
- No Inmigrantes Q-1.
- No Inmigrantes R-1.
- No Inmigrantes TN-1 y TN-2.
En caso de que alguno de estos últimos envíe de todas formas su pedido ante Uscis, la entidad gubernamental no le regresará el dinero que pagó en caso de que este sea rechazado.
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