Ron DeSantis firmó una ley en Florida que previene estafas en la compra de propiedades vinculadas al clima
La nueva normativa busca proteger a los potenciales compradores de inmuebles de esa jurisdicción y proveerlos de información relevante acerca de la propiedad y sus riesgos de inundación
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El gobernador Ron DeSantis promulgó este miércoles un conjunto de nueve leyes, entre las cuales está la HB 1049, que busca prevenir las estafas en las compras de viviendas que sufrieron alguna inundación o corren riesgo de sufrirla. La nueva normativa obliga al vendedor a poner a disposición un informe que debe contener información detallada acerca de si existe esta amenaza, así como también tiene que especificar si el seguro del inmueble cubre los daños por este tipo de inclemencias climáticas.

De acuerdo a los datos presentados recientemente por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) y retomados por el Consejo de Defensa de los Recursos Naturales, cientos de hogares han experimentado daños causados por las inundaciones en más de una ocasión. A su vez, por las restricciones de las normativas federales y estatales, los posibles compradores de inmuebles de Florida se veían limitados hasta ahora al acceso del historial de inundaciones de las propiedades. Esa falta de transparencia complicaba la toma de decisiones informadas en este tipo de operaciones inmobiliarias.
Los detalles de la ley que protege a los compradores de viviendas en Florida
La nueva ley, que entrará en vigor a partir del 1° de octubre de 2024, crea un nuevo artículo (el 689.302) en el Estatuto de Florida para abordar esta problemática, titulado “Divulgación de los riesgos de inundación al posible comprador”. Según establece el texto, el vendedor estará obligado a “cumplimentar y proporcionar una divulgación de los riesgos de inundación al comprador de un inmueble residencial en el momento de la firma del contrato de compraventa o antes”.

Según dispone la normativa, se considera “inundación” a “una condición general o temporal de inundación parcial o completa de la propiedad” causada por cualquiera de las siguientes causas:
- El desbordamiento de aguas interiores o de mareas.
- La acumulación inusual y rápida de escorrentía o aguas superficiales de cualquier fuente de agua establecida, como un río, arroyo o zanja de drenaje.
- Períodos sostenidos de agua estancada como consecuencia de la lluvia.
En tanto, el formulario a presentar debe informar al potencial comprador si el seguro para propietarios de viviendas no cubre los daños por inundaciones y lo alienta a consultar sobre el seguro contra inundaciones. En esos casos, el documento deberá explicitar: “Las pólizas de seguro de los propietarios no incluyen la cobertura de los daños resultantes de las inundaciones. Se recomienda al comprador que discuta la necesidad de adquirir una cobertura de seguro contra inundaciones por separado con el agente de seguros del comprador”.

A su vez, el vendedor deberá dejar constancia si en el pasado ha presentado o no un reclamo a un proveedor de seguros en relación con daños por inundación en la propiedad, “incluyendo una reclamación con el Programa Nacional de Seguros contra Inundaciones”.
Además, la declaración debe detallar si el propietario actual ha recibido asistencia federal por daños a la propiedad a causa de inundaciones, “incluyendo la asistencia de la Agencia Federal de Manejo de Emergencias (FEMA)”. De esta manera, el comprador tendrá sobre la mesa toda esta información legal al momento de firmar el contrato, por lo que podrá tomar la decisión de manera fundada.
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