El anuncio del Uscis sobre las solicitudes de empleo
La agencia de migraciones aseguró que hay una guía de criterios que se utilizará en adelante para seleccionar a los extranjeros que soliciten un EAD
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) emitió una guía para que los extranjeros sepan cuáles son los criterios de elegibilidad en las solicitudes del Documento de Autorización de Empleo (EAD) por motivos apremiantes. El objetivo de la agencia fue aclarar que no a todos se le brinda este permiso de trabajo, sino solo a aquellos que realmente atraviesan una situación significativa comprobable.
“La guía proporciona una lista no exhaustiva de situaciones que podrían llevar a determinar que existen circunstancias apremiantes, incluidas enfermedades graves y discapacidades, disputas o represalias del empleador, otros daños sustanciales al solicitante o interrupción significativa para el empleador”, describe el comunicado de la agencia migratoria.
Las nuevas políticas entraron en vigencia el 14 de junio y se aplicarán para las solicitudes presentadas a partir de ese día. De esta manera, los manuales anteriores quedarán sin vigencia. Para que un solicitante sea elegible para el EAD (Formulario I-765) basado en estas condiciones, tiene que cumplir con algunas características:
- Haber sido el solicitante principal (no dependientes) de un Formulario I-140, petición de inmigrante para trabajadores extranjeros, aprobado, ya sea en la primera, segunda o tercera categoría de preferencia basada en el empleo.
- Que el solicitante principal tenga estatus de no inmigrante E-3, H-1B, H-1B1, O-1 o L-1 válido o que esté en período de gracia autorizado cuando presente la solicitud del EAD.
- Que el solicitante principal no haya presentado una solicitud de ajuste de estatus.
- Que no haya disponibilidad para que el solicitante principal obtenga una visa de inmigrante para el período en el que su empleador lo necesita.
- Que el solicitante haya proporcionado sus datos biométricos, según sea necesario.
- Que el solicitante no haya sido condenado por un delito grave o dos o más delitos menores.
- Demostrar que realmente haya circunstancias apremiantes que justifiquen la emisión de la autorización de empleo.
Pruebas para demostrar que sí hay una situación apremiante
Un solicitante puede llevar pruebas ante el Uscis para mostrar que realmente necesita trabajar en EE.UU. de forma urgente y que, por lo tanto, requiere de un EAD. Una circunstancia apremiante, por ejemplo, podría ser si la persona perdió su trabajo y debido a eso su familia está en riesgo de vender su casa, sacar a sus hijos de la escuela o regresar a su país de origen ante la falta de recursos.
“Podría presentar evidencia como registros de matrícula escolar o de educación superior, de hipotecas o de arrendamiento a largo plazo, para respaldar un hallazgo potencial de circunstancias apremiantes”, agregó la agencia.
¿Qué hacer si me quedé sin trabajo en EE.UU.?
Cuando una persona se queda sin trabajo voluntaria o involuntariamente en el país norteamericano tiene 60 días para abandonar el país, ya que sin un empleo significa que su EAD queda sin vigencia. Sin embargo, hay otras alternativas que puede tomar para poder permanecer en EE.UU. por un período de estadía autorizada, según el Uscis:
- Presentar una solicitud o pedido para cambiar de estatus de no inmigrante.
- Presentar una solicitud de ajuste de estatus.
- Ser el beneficiario de un pedido para cambiar de empleador.
- Presentar una solicitud para un documento de autorización de empleo por “circunstancias apremiantes”.
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