El anuncio de Uscis sobre un tipo de visa de inmigrante
Una entidad migratoria de EE.UU. añadió nuevas especificaciones a un manual que pueden consultar los migrantes que desean solicitar un visado
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis por sus siglas en inglés) informó que hizo una actualización a su Manual de Políticas para aclarar los tipos de evidencia que deben presentar los aspirantes de una visa EB-1. Sin embargo, no en todas las clasificaciones de esta categoría, sino solo en la E11, que pertenece a las personas con una habilidad extraordinaria, y la E12, que es para profesores o investigadores destacados.
A través de un comunicado, la entidad migratoria describió los ejemplos de lo que los peticionarios pueden usar para “satisfacer los criterios probatorios relevantes o calificar como evidencia comparable”. La finalidad es que los extranjeros tengan cada vez “más claridad y transparencia” durante sus procesamientos.
Habilidad extraordinaria (E11)
En el caso de esta clasificación, los interesados tienen la obligación de comprobar que realmente están experimentados en su área profesional, de acuerdo con la página oficial de Uscis, por medio de diferentes datos:
- Aclamación nacional o internacional sostenida. El inmigrante debe haber recibido algún reconocimiento nacional o internacional por su trabajo, y mantener ese estatus. Es decir, “si una persona fue reconocida por un logro particular, el funcionario debe determinar si todavía mantiene un nivel comparable de reconocimiento en el campo de especialización desde que originalmente se le otorgó ese título”.
- Desea trabajar en su área de especialización. Solo le otorgarán el visado a quien tenga la intención de desempeñarse en el ámbito donde se le reconoció como experto. Por ejemplo, si un atleta reconocido busca arribar a EE.UU. como entrenador, no se le otorgará porque ”el atletismo competitivo y el entrenamiento dependen de diferentes conjuntos de habilidades”.
- Entrada que beneficiará sustancialmente a EE.UU. El extranjero “debe beneficiar sustancialmente al país en el futuro”, con su trabajo.
Cabe destacar que para cada uno de estos puntos hay más especificaciones detalladas, añadidas en el nuevo manual que publicó la organización gubernamental.
Profesores o investigadores destacados (E12)
Lo primero que el peticionario tiene la obligación de hacer es “presentar evidencia que demuestre que es reconocido internacionalmente como destacado en el campo académico especificado en la petición”. Para eso se evaluará si el reconocimiento que recibió pertenece a “premios de reconocidas instituciones nacionales o de reconocidas asociaciones profesionales; premios de tesis doctorales; o premios que reconocen presentaciones en congresos reconocidos a nivel nacional o internacional”.
Después, para que el agente evaluador determine la decisión de darle el visado o no, debe demostrar algunos puntos:
- Evidencia de que tiene una oferta de trabajo. Ese empleo debe ser para profesores o un puesto de investigación.
- Experiencia. “Debe acreditar que tiene al menos tres años de experiencia en docencia o investigación en el campo académico al que se dedicará”, según el sitio oficial de Uscis.
Por otro lado, el Servicio aseguró que el hecho de comprobar estos requisitos no significa una aprobación del visado. Esa elección quedará a cargo de cada cónsul, con base en “la calidad de la evidencia. Los oficiales consideran todas las pruebas en su totalidad. Algunas pruebas pueden tener un peso más favorable por sí solas, mientras que otras son más persuasivas cuando se analizan junto con más pruebas.”
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