Cuánto tiempo se puede quedar en Estados Unidos con visa de trabajo, pero sin empleo
Una vez que el contrato de una persona extranjera termina, esta deberá abandonar el país; es importante considerar que en cada visado se definen algunos días de prórroga
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Existen varias categorías de visas de trabajo a las que un extranjero puede acceder. Cada una tiene sus especificaciones, como el tiempo de estadía permitido o las actividades que se pueden desempeñar. A pesar de sus diferencias, siempre se sigue una regla definida por las autoridades de Estados Unidos: no se puede permanecer dentro del país si el empleo terminó. De acuerdo con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés), cada clasificación tiene un tiempo determinado.
La oficina detalla que se puede entrar antes del comienzo del empleo a EE.UU. y salir poco después de que se termine, pero solo por algunos días. Si alguna persona infringe esta regla, en su siguiente visita tendrá problemas migratorios. “El no salir en la fecha requerida tiene serias consecuencias, planee cuidadosamente para que no se quede ni siquiera un día más”, declara la CBP en su portal oficial.
- Los titulares de una visa de estatus F (incluidos los dependientes). Pueden entrar a EE.UU. hasta 30 días antes del comienzo de su programa y pueden quedarse hasta 60 días después de la conclusión de sus estudios o de su entrenamiento práctico opcional.
- Los titulares de las visas J y M (incluidos los dependientes). Pueden entrar a EE.UU. hasta 30 días antes del comienzo de su programa y permanecer 30 después de la finalización del programa.
- Los titulares de la visa H. Tienen hasta diez días antes de la fecha prevista para el inicio de su empleo para ingresar y pueden quedarse hasta diez días después del período de validez de su pedido o de la finalización de su empleo.
¿Qué hacer para estar más tiempo del permitido en EE.UU.?
Si el empleador desea que el trabajador permanezca más tiempo en el país norteamericano, debe solicitar una extensión o pedir un cambio de estatus. Este trámite se realiza ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés). No obstante, el empleado debe cumplir con algunos requisitos.
- Haber sido admitido legalmente en EE.UU. con una visa de no inmigrante.
- Tener un estatus de visa de no inmigrante vigente.
- No haber cometido ningún delito que lo haga inelegible para una visa.
- No haber violado las condiciones de su admisión.
- Su pasaporte debe ser válido y seguir vigente durante la duración de su estadía extendida.
“Recomendamos que su empleador solicite extender su estadía por lo menos 45 días antes de que venza su estadía autorizada. Si permanece en EE.UU. por más tiempo de lo autorizado, es posible que se le prohíba regresar y/o que sea deportado de Estados Unidos”, dice el Uscis en su página web.
También hay algunas categorías que no son elegibles para solicitar la extensión de estadía:
- Programa de Exención de Visa (WT, WB, y personas que fueron admitidas bajo el Programa de Exención de Visa Guam-CNMI).
- Miembro de Tripulación (visa de no inmigrante D).
- En tránsito por Estados Unidos sin visa (TWOV).
- Prometido de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (visa de no inmigrante K).
- Informante (y familiares acompañantes) sobre terrorismo o crimen organizado (visa de no inmigrante S).
- En tránsito a través de EE.UU. (visa de no inmigrante C).
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