Ordenan la detención efectiva de Giselle Rímolo y su traslado a Ezeiza
La Justicia rechazó su arresto domiciliario y dispuso su traslado al penal
Tras la confirmación de la Corte Suprema de Justicia de la condena a nueve años de prisión efectiva por "homicidio culposo y estafas reiteradass", el pasado 2 de noviembre, la jueza María Jimena Monsalve resolvió hoy no darle lugar al pedido de prisión domiciliaria, que había solicitado la defensa de Mónica Cristina María Rimolo, más conocida como Giselle Rímolo .
Con esta resolución y una vez que la ex pareja de Silvio Soldán sea dada de alta de la clínica, donde se encuentra, se dispondrá su traslado al penal de Ezeiza, donde será monitoreada clínicamente y recibirá un tratamiento psiquiátrico.
La jueza tomó esta decisión tras los informes del Cuerpo Médico Forense y del Equipo Interdisciplinario que asesora a los magistrados de ejecución penal, ya que “ningún profesional de la salud recomendó la detención –e internación- de carácter domiciliario, con excepción de los peritos –y tratantes-, propuestos por la defensa”.
“El caso objetivamente no encuadra en las pautas del artículo 32 le la Ley N° 24.660, pues la patología que ha justificado su certificación de discapacidad, por vía de principio, podrá ser atendida en el ámbito del programa específicamente diseñado para personas privadas de libertad con patologías psiquiátricas, por personal que no forma parte del Servicio Penitenciario Federal”, detalló en su resolución.
Y agregó: “La conclusión de los profesionales de la salud, en cuanto a que las complicaciones clínicas que sufrió la paciente, tuvieron íntima vinculación con el tratamiento al que fue sometida con múltiples psicofármacos (...) y las patologías clínicas de base que padece, aunque no serían impedientes para soportar la detención bajo control médico, en la medida que son crónicas”.
La causa
En 2012, el Tribunal Oral en lo Criminal Siete (TOC 7) condenó a Rímolo -que actualmente tiene 55 años-, por "estafa, hurto, tráfico de mercaderías peligrosas para la salud, ejercicio de la medicina con promesa de curación, defraudación en la calidad de las cosas, defraudación por contrato simulado y falsificación documento privado".
En tanto, su hermano Fabián, que había recibido 4 años de cárcel como coautor del delito de estafa en concurso ideal con tráfico de medicamentos peligrosos para la salud, reiterado en setenta ocasiones, se presentó el último lunes en el tribunal y quedó detenido. Asimismo, en la causa fueron absueltos el farmacéutico Ricardo Rodolfo Delgado y las médicas Magdalena Martínez y Susana Beatriz Secardini, al igual que Soldán.
En 2016, la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Alejandro W. Slokar, Angela E. Ledesma y Pedro R. David, rechazó los recursos interpuestos por la defensas de Mónica Cristina María "Giselle" Rímolo y de su hermano Fabián Jorge Alberto Rímolo y ratificó la condena.
En su voto, el juez Alejandro W. Slokar, que lideró el acuerdo, afirmó que "el ocultamiento de la calidad y combinación del medicamento suministrado configuraba un peligro para los pacientes que consumían aquellos compuestos medicamentosos y la ignorancia acerca de la naturaleza de lo que se consumía elevaba ese peligro, por no conocerse la causa de las complicaciones efectivamente ocasionadas por las drogas suministradas".
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