De qué se trata el juicio por el que el ex de Susana Giménez deberá pagar US$210.000
La Justicia constató que el expolista argentino Huberto Roviralta incurrió en incumplimientos formales y documentales en un negocio inmobiliario
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Tras un convulsionado divorcio con la diva Susana Giménez, en 1998, el expolista argentino Huberto Roviralta recibió US$10,5 millones como parte del acuerdo de división de bienes. La conductora televisiva reclamó una y otra vez por ese contrato alegando que debió pagar una cifra abusiva.
Luego del escándalo, ocurrido a comienzos del 2000, Roviralta llegó a Carmelo, Uruguay, donde se radicó, al igual que muchos argentinos. El expolista se dedicó a las inversiones inmobiliarias. Compró un campo entre la mencionada ciudad y Nueva Palmira, y creó un barrio privado llamado “Dos Hermanas”. Es posible que el nombre de la urbanización haya sido una especie de guiño a la película Dos hermanos, que se grabó en esa zona del departamento de Colonia con Antonio Gasalla y Graciela Borges como protagonistas.
En realidad, el fraccionamiento está más cerca de Nueva Palmira que de Carmelo y a él se ingresa por el balneario Punta Gorda, a través del acceso por Ruta 21. Roviralta construyó su casa en el lugar. Con el paso del tiempo, varios lotes del barrio cerrado fueron vendidos. El encargado de una inmobiliaria de la zona dijo a El País de Uruguay que los terrenos se ofrecían en 2019 a unos US$ 100.000.
En un momento, Roviralta reclamó al dueño del lote una indemnización por no cumplir con el contrato y exigió el cobro de una multa. En tanto, el comprador del terreno consideró que el expolista había incumplido el acuerdo por no haberle dado el predio como había prometido y no haber avanzado en las mejoras de la urbanización, entre otros argumentos.
Estas diferencias derivaron en demandas civiles cruzadas entre ambos. En una primera instancia, la Justicia le dio la razón al comprador del terreno. Roviralta apeló. En una segunda instancia, el expolista también perdió la demanda.
El Tribunal de Apelaciones condenó a Roviralta a pagar una indemnización de unos US$207.000, según dijeron a El País los abogados del comprador del terreno, Nicolás Martinelli (asesor de Presidencia) y José Pedro Pollak. El ex de Susana Giménez no podrá llevar el caso a la Suprema Corte porque ya perdió en dos instancias. Deberá pagar la indemnización por buena voluntad o Martinelli y Pollak iniciarán la ejecución de sentencia. El empresario inmobiliario podrá sufrir un embargo y el remate de sus bienes.
El fallo judicial
El Tribunal de Apelaciones señaló que compartía el “correcto análisis” que hizo la jueza de primera instancia sobre el acuerdo alcanzado por Roviralta y el comprador de un terreno. Y agregó que quien adquirió el terreno no quería un lote con construcciones, sino que buscaba un predio dentro de un barrio privado como el que ofrecía el expolista. Para el tribunal, el único que incumplió obligaciones del llamado “boleto de compraventa” del inmueble fue Roviralta, porque el comprador pagó todo el precio del terreno.
La Justicia constató que el argentino incurrió en incumplimientos formales y documentales que revelan que ni siquiera el padrón que pretendía vender estaba en el listado de terrenos libres de gravámenes. Es decir, Roviralta no estaba en condiciones de firmar una escritura de compraventa de ese terreno.
“Las obligaciones pendientes de cumplir estaban a cargo de Roviralta”, insistió el fallo del tribunal. El plazo para escriturar la compraventa del terreno era de 120 días. El empresario admitió su cumplimiento tardío del contrato. Y entendió que el haberlo hecho, aunque en forma tardía, lo habilitaba para pedir la ejecución del contrato. Ese fue su error, según el fallo.
El tribunal reiteró los incumplimientos contractuales por parte de la expareja de Susana Giménez: no hay un plano del solar vendido y las construcciones existentes al momento, de realizarse una inspección judicial, están lejos de las debidas. También señaló que la “inejecución” de las obras prometidas por Roviralta a los clientes de la urbanización “no solo fue parcial (algo se hizo)”, sino que acorde al objeto del contrato su “incumplimiento fue grave”.
Según el fallo, frente a la entidad del incumplimiento de Roviralta, el comprador del terreno podía exigir la ejecución forzada del contrato o su resolución más daños y perjuicios. “Era el comprador quien podía optar. Roviralta no estaba en condiciones de exigir, él era el deudor”, afirmó el Tribunal. A su vez, sostuvo que el comprador del lote buscaba la rescisión del contrato y no que el empresario cumpliera con sus obligaciones.
Finalmente, concluyó que Roviralta pretendió crear un barrio privado en el departamento de Colonia, pero más tarde “abandonó ese proyecto”.
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