“Absuelto no significa inocente”: la reacción de Actrices Argentinas tras el fallo favorable a Juan Darthés
La Justicia de Brasil absolvió al actor; a las 17 habrá una conferencia de prensa de Thelma Fardin, quien lo denunció por abuso sexual
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“Absuelto no significa inocente”. Con esa frase, el colectivo Actrices Argentinas reaccionó al fallo de la Justicia de Brasil, que hoy absolvió a Juan Darthés en el caso por abuso sexual denunciado por Thelma Fardin. A su vez, el colectivo organizó y difundió la conferencia de prensa que la actriz brindó esta tarde junto a su equipo de abogados y a la periodista especializada en género, Luciana Peker.
“La versión de la víctima, sin embargo, no fue consecuente en cuanto a las relaciones carnales, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido en las pocas denuncias que hacía a personas de su confianza”, se señaló en el fallo de la justicia brasileña.
“Se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone”, determinó la justicia brasileña en el fallo que dará a conocer esta semana”, determinó el fallo.
El juicio comenzó el 30 de noviembre de 2021, dos años después de que Fardin presentara la denuncia por abuso sexual agravado en diciembre de 2018 en Nicaragua, por hechos supuestamente consumados en 2009 durante una gira de la novela argentina “Patito Feo”, cuando ambos integraban el elenco y ella tenía 16 años.
“Juan [Darthes] ha sido absuelto de las acusaciones debido a la falta de pruebas. Tres fiscalías de distintos países lo han investigado, y la justicia que lo absolvió es de avanzada en temas de género”, señaló hoy a LA NACION el abogado del actor Fernando Burlando.
Y en esa línea destacó: “No es una justicia improvisada, sino una de avanzada que entiende bien todas aquellas cuestiones que están emparentadas con el género”.
“Se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone”, determinó la justicia brasileña en el fallo que dará a conocer esta semana.
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