Procesan a la viuda y al hijo de Pablo Escobar Gaviria por lavado de dinero
En su defensa, durante la declaración indagatoria, presentaron un escrito en el que, además de proclamar su inocencia, sostenían que eran perseguidos penalmente por los hechos que en el pasado había protagonizado el Patrón del Mal. Pero no les alcanzó: el juez federal de Morón Néstor Barral consideró que hay pruebas suficientes contra los colombianos María Isabel Santos Caballero y Juan Sebastián Marroquín Santos, viuda e hijo mayor del mítico capo narco Pablo Escobar Gaviria. Hoy los procesó por el delito de lavado de activos provenientes del tráfico de estupefacientes y les trabó un embargo por 30 millones de pesos.
Así lo informaron a LA NACION calificadas fuentes judiciales. La resolución fue firmada hace pocos minutos por Barral. El magistrado también procesó al exjugador de Boca Juniors Mauricio "Chicho" Serna, al que también le trabó idéntico embargo que a la viuda y al heredero del desaparecido jefe del Cartel de Medellín.
Barral hizo lugar al pedido de procesamiento hecho por el fiscal federal de Morón Sebastián Basso, la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), a cargo de Diego Iglesias, y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), conducida por Laura Roteta.
La investigación que tiene como imputados a quienes en vida del Patrón se llamaban Victoria Eugenia Henao Vallejo, de 57 años, la "Tata", y Juan Pablo Escobar Henao, comenzó el 1° de septiembre de 2016, cuando la Procunar recibió, de parte del representante de la DEA en la Argentina, una nota donde en la que se afirmaba que una organización dedicada al narcotráfico y al lavado de activos que era investigada en Colombia tenía vinculaciones con personas físicas y jurídicas "radicadas dentro del territorio argentino".
El funcionario de la agencia antidrogas norteamericana explicó que "el grupo criminal se encontraba liderado por José Piedrahita Ceballos, de nacionalidad colombiana, y que tenía contacto directo en la Argentina con Mateo Corvo Dolcet".
"Entiendo que María Isabel Santos Caballero y Juan Sebastián Marroquín Santos efectuaron un aporte de carácter esencial para el cumplimiento de los objetivos criminales de Piedrahita Ceballos", sostuvo Barral en su resolución, publicada hoy por el Centro de Información Judicial (CIJ).
Agregó: "Fue a partir de la conducta de los aquí imputados que la ideación criminal comenzó a materializarse en una serie de actos delictivos múltiples orquestados y controlados minuciosamente por Piedrahita Ceballos y Mateo Corvo Dolcet, los cuales le permitieron al ciudadano colombiano inyectar millonarias sumas de dinero sospechadas de provenir del tráfico de drogas en el sistema financiero local, ya sea mediante giros provenientes del exterior del país como a través del intercambio de bienes que efectuara con Serna".
El magistrado explicó: "Queda claro que sin la particular intervención activa de ellos [la viuda y el hijo de Pablo Escobar], las cuestionadas inversiones de Piedrahita Ceballos no se hubieran concretado, así como tampoco las maniobras criminales de lavado de activos de origen ilícito corroboradas. Al menos no de la forma en que los hechos ocurrieron, pues las partes no se hubieran conocido y, consecuentemente, materializado las citadas inversiones".
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