¿Cómo funciona la extinción de dominio en otros países?
La ley de extinción de dominio es una figura jurídica que seduce cada vez más a latinoamérica. Colombia, Perú, México, El Salvador, Honduras, Guatemala y Bolivia cuentan con ella en su legislación, mientras que Costa Rica y Ecuador debaten proyectos para su implementación. Desde ayer y por medio de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) la Argentina se sumó a la lista de países que utilizan esta herramienta.
Mientras que algunas regiones se apoyan en este mecanismo para luchar contra el narcotráfico, otras lo utilizan para combatir casos de corrupción. El común denominador: ir en contra de los bienes de origen o destino ilícito y recuperarlos para el Estado.
En los últimos años existe un avance en la incorporación de medidas "anticorrupción" en muchos países de la región. Por ejemplo en Brasil, las leyes del arrepentido, de ficha limpia, leniencia, y una figura jurídica más amplia de decomiso de bienes, ya trazaron una hoja de ruta. La extinción de dominio, en tanto, comparte con estas herramientas su gran aceptación popular. De igual modo, provoca una serie de reparos y desconfianza en muchos juristas.
Según especialistas consultados por LA NACION, a pesar de la actual jurisprudencia internacional, los interrogantes que surgen en los debates de los distintos congresos nacionales donde se trata la ley de extinción de dominio repiten siempre algunas constantes: la noción de inconstitucionalidad, asociada a la presunción de inocencia; dudas sobre la naturaleza de la ley- si corresponde al fuero penal o civil- y dependiendo de ella, si aplica la prescriptibilidad y la retroactividad.
El proyecto argentino surgió en 2016, en medio del escándalo de los bolsos con 9 millones de dólares del ex secretario de Obras Públicas de la gestión kirchnerista, José López, y obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados con 135 votos a favor. Dos años después, el Senado lo aprobó, pero con diversas modificaciones con respecto al original de Diputados, el cual había tomado como ejemplo a la Ley Modelo de la Unidad de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc), difundida en 2011 como una iniciativa del Programa de Asistencia Legal para América Latina y el Caribe (Laplac).
La ley modelo se define como "un mecanismo novedoso y eficaz contra el crimen organizado, ya que se enfoca exclusivamente en la persecución de toda clase de activos que integran la riqueza derivada de la actividad criminal".
A diferencia del proyecto de Diputados el propuesto por el Bloque Justicialista liderado por Miguel Ángel Pichetto, que fue aprobado por el Senado y volvió a la Cámara baja para su segunda revisión, asociaba la ley al proceso penal y exigía una sentencia en primera instancia. En cambio, el presidente Mauricio Macri firmó ayer un DNU que propone "extinguir por vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos". Pero ¿cómo funciona la implementación de extinción de dominio en otros países?
Colombia
El caso colombiano es el primero en incursionar en esta figura en 1996, a raíz de la crisis de narcoterrorismo por la que atravesaba. A través de la ley 333 se extinguieron algunos de los bienes de Pablo Escobar que habían sido incautados desde 1989.
Aún así, la primera ley en Colombia fracasó y se modificó en 2002 a través de un decreto y aunque estuvo vigente hasta 2014, se reformó bajo el modelo de reglamentación propuesto por Naciones Unidas . En esta oportunidad incorporó el código de extinción 1708, por fuera tanto del Código Civil como del Penal, pero con el mismo rango constitucional.
La importancia de la autonomía de la ley es un factor clave para Gilmar Santander, exfiscal de la Unidad Nacional contra el lavado de activos en Colombia y uno de los expertos que participó de la elaboración de la Ley Modelo de la Unodc. Él sostiene que existe un error generalizado en la concepción de la ley, a la hora de asociarla a un proceso penal, tal como en un momento inicial lo hizo su propio país. "Son dos cosas de naturaleza jurídica distinta. Su razón de ser es que se pueda tomar una decisión sobre los bienes ilícitos sin una sentencia", señaló.
Por otro lado, Dennis Cheng, costarricense, especialista internacional en decomiso y administración de activos del crimen, también colaborador de la Ley Modelo de Unodc, resaltó: "Muchos hablan de que es un proceso civil, pero para nosotros es más bien constitucional porque todas las constituciones políticas protegen la propiedad privada lícita, pero no así la ilícita".
Sin embargo, a pesar del debate sobre la naturaleza jurídica de la ley Santander aclaró: "Lo importante es tenerla, después se corregirá". El especialista explicó que muchos países tuvieron que esperar una contra reforma.
Perú, por ejemplo, cuenta con esta herramienta jurídica desde el 2008 y el año pasado, por medio de un decreto, la adaptó a la ley modelo de Unodc, la cual establece que el procedimiento de la extinción de dominio "es autónomo e independiente de cualquier otro juicio o proceso".
El Salvador
El caso de El Salvador es uno de los más recientes y es otro ejemplo de aplicación de forma autónoma al proceso penal, al igual que ocurre con Honduras y Guatemala. Miriam Gerardine Aldana Revelo, actualmente la única jueza de la Unidad de Extinción de Dominio del país, explicó que desde su implementación en 2015 se registran 124 procesos de extinción, que representan un total de 161 millones de dólares. "Es una acción real civil, pero en la práctica es Sui Géneris. Tiene su jurisdicción que responde a reglas propias, como así también a un objeto probatorio especial", explicó Revelo.
Entre los casos tratados destacó los últimos de lavado de dinero y actos de corrupción de expresidentes de la república. "El exmandatario Funes está prófugo en Nicaragua, pero todos los bienes se están sometiendo a un proceso de ley de extinción de dominio", dijo Gilmar, y aclaró que si la reglamentación estuviera sujeta a un proceso penal, su ausencia significaría un limitante.
Argentina y la extinción de dominio
"Ha funcionado más con regiones que tienen problemas con el crimen organizado. Es proporcional a los países peor posicionados en los índices de transparencia y corrupción", sostuvo Hugo Wortman Jofré, uno de los juristas consultados, además de Gil Lavedra y León Arslanian, en las comisiones donde se debatió el proyecto argentino aprobado por Senadores.
Jofré, presidente de la reconocida ONG Poder Ciudadano, aclaró que la Cámara alta en la Argentina trató de "subsanar" algunas cuestiones en cuanto a la "inconstitucionalidad" del proyecto sancionado por Diputados, pero explicó que aún así, "la discusión de su validez jurídica se va a dar".
De todas formas, agregó que "es una ficción intentar independizar", como lo han hecho otros países, la ley del proceso penal y adelantó que desde Poder Ciudadano van a realizar hoy un pedido de acceso al Procurador Saravia para saber cuantas acciones civiles se iniciaron en casos de corrupción y quienes fueron los abogados.
El jurista, en tanto, sugirió mirar los ejemplos de Brasil , o Uruguay , que de distinto modo han ampliado sus figuras jurídicas de decomiso, tal como se propuso el proyecto aprobado en el Senado. Puntualmente, resaltó el caso brasileño, no sólo porque aplicó técnicas especiales de investigación a la hora de encarar la causa del Lava Jato, sino un modelo mixto con la ley leniencia, donde el fiscal y las empresas acusadas intercambian inmunidad por inhibición de bienes.
"Hay más de una ley brasileña que expresamente autoriza el decomiso de bienes y la extinción de dominio, siempre que los valores materiales estén involucrados con las conductas que originan las prácticas ilegales", señaló a LA NACION Marlon Reis, el reconocido exjuez y autor de la ley de ficha limpia, por la cual el exmandatario Luiz Inácio Lula da Silva no pudo presentarse en las últimas elecciones presidenciales de su país.
"Ese instrumento junto con la ley del arrepentido es fundamental para la recuperación del dinero desviado del pueblo", dijo el exjurista y agregó que sólo en la operación "Lava Jato" fueron rescatados para el Estado 14 mil millones de reales. Asimismo según el analista internacional Gustavo Segré la ley de leniencia permitió al estado brasileño recuperar 3 mil millones de dólares.
"En un contexto de crisis apliquemos herramientas novedosas pero no afectemos el estado de derecho", apuntó Jofré. Él, al igual que muchos juristas en Argentina, mantiene una postura clara: "Detrás de un bien hay una persona".
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