La nueva ley del aborto en España incluiría una licencia de hasta cinco días por dolores menstruales intensos
El borrador que maneja el Ministerio de Igualdad aún puede sufrir cambios hasta el próximo martes, cuando llegue al Consejo de Ministros; además de la interrupción voluntaria del embarazo también incluye artículos sobre la salud reproductiva y penaliza el alquiler de vientres
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MADRID.- El borrador de la nueva ley del aborto que maneja Ministerio de Igualdad de España, de casi medio centenar de páginas y al que ha tenido acceso EL PAÍS, incluye por primera vez en la normativa la menstruación, con bajas de hasta cinco días para ciclos dolorosos, que pueden llevar incluso a la incapacidad temporal. También se contempla ese plazo para poder ejercer el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. El texto establece además un permiso retribuido en el último mes de gestación. Esos tres son solo algunos de los artículos que, de aprobarse, podrían cambiar la vida, el día a día, de millones de mujeres; aunque es imposible saber cuántas de las propuestas llegarán al Consejo de Ministros el próximo martes y cuál será su redacción final, ya que el texto aún no es definitivo. Tampoco cómo saldrá de la reunión del Gabinete.
Para todo ello queda todavía un largo camino. Primero de debate y acuerdo con los ministerios implicados en la elaboración de la norma como Sanidad, Hacienda o Seguridad Social; y después con el resto de los grupos parlamentarios de la Cámara baja, porque esta normativa —llamada Ley Orgánica para la Protección de los Derechos Sexuales y Reproductivos y la Garantía de la Interrupción Voluntaria del Embarazo— no es una reforma de la anterior. Igualdad ha incluido una disposición derogatoria de la previa, la conocida como ley del aborto de 2010, por lo que esta dejaría de estar en vigor y se necesitaría la mayoría absoluta del Congreso para aprobar el nuevo texto, tal como requieren las leyes orgánicas.
Este es un resumen de las claves de ese borrador:
Salud menstrual
El documento recoge la salud menstrual como parte del derecho a la salud, que debe ser igualitaria para todas en todos los niveles sanitarios y sin distinción en función del lugar de residencia; y especifica que se combatirán los estereotipos y mitos sobre la regla que aún existen y que dificultan la vida de las mujeres. Algunos de los artículos dentro de este ámbito son:
- Licencias de tres días bajo supervisión médica, con capacidad de ampliar a cinco, para quienes tengan reglas incapacitantes: dolores intensos, calambres, cólicos, náuseas, mareos y vómitos que algunas mujeres sufren cada ciclo.
- Los centros educativos, los que ofrecen servicios sociales para mujeres en riesgo de exclusión y las prisiones deberán ofrecer de forma gratuita los productos de higiene necesarios para la menstruación. Y, progresivamente, todas las dependencias de los organismos públicos irán incorporando esta medida.
- Esos productos se entregarán a quienes los necesiten sin mediación alguna y serán lo más sostenibles, ecológicos y respetuosos con la salud de las mujeres posibles.
- Eliminación del IVA para los artículos específicos de higiene femenina.
Salud reproductiva
- Permiso remunerado antes del parto, desde la semana 36 y hasta el momento del nacimiento.
- Enfoque de la salud reproductiva desde la interseccionalidad y la no discriminación, es decir, atendiendo a todas las circunstancias de cada mujer: desde la edad hasta la situación económica o el origen.
- Protocolos frente al aborto, la anticoncepción y la esterilización forzadas, atendiendo de manera especial a las mujeres con discapacidad.
Interrupción voluntaria del embarazo
La mayoría del articulado del borrador en cuanto al aborto viene a confirmar algunos de los avances que ya desgranó a finales de febrero la ministra de Igualdad, Irene Montero. Y, como se preveía, mantiene los plazos. Es decir, que el aborto es libre hasta la semana 14 de gestación y, a partir de ahí y hasta la semana 21, podrá realizarse lo que se conoce como un aborto terapéutico, es decir, una interrupción por causas médicas, como malformación del feto o peligro para la vida de la madre. Además, recoge otras cuestiones:
- Acceso al aborto en el sistema público: la norma quiere incidir en garantizar este derecho desde los hospitales públicos, y propone una organización territorial. Es decir, que cada comunidad autónoma, que son las que tienen las competencias en materia sanitaria, organicen sus recursos para asegurar que las mujeres puedan interrumpir su embarazo en un centro público, como mínimo, en las capitales de provincia. En cualquier caso, alude a un acceso igualitario para todas las mujeres, residan donde residan, y especifica que de no ser posible en los servicios de salud [los públicos], se gestionará de forma que el derecho quede garantizado, se ejerza en un hospital público o en un centro o clínica acreditados.
- Registro de objetores de conciencia: se pondrá en marcha en cada autonomía, y los profesionales que quieran inscribirse deberán hacerlo con antelación y por escrito; y, especifica el texto, una vez declarados objetores, estos profesionales lo serán tanto para el ámbito público como para el privado.
- A partir de los 16 años, las mujeres podrán abortar sin permiso de sus madres, padres o tutores.
- Eliminación de los tres días de reflexión obligatorios actualmente.
- Eliminación de la obligatoriedad de entregar información a las mujeres sobre los recursos y ayudas disponibles en caso de continuar el embarazo. Se hará únicamente si ellas lo solicitan.
Salud sexual
- Gratuidad de los anticonceptivos hormonales, incluidos los de larga duración, y la píldora del día después, que serán financiados por el sistema público.
- Distribución de los anteriores métodos anticonceptivos en institutos en el marco de campañas de educación sexual.
- Dispensación de anticonceptivos de barrera en centros educativos, los que ofrecen servicios sociales y en los centros penitenciarios, en el plazo de un año.
Vientres de alquiler
El borrador de la nueva norma alude a los vientres de alquiler como una de las formas de violencia contra la mujer. ¿Qué incluye en este apartado?
- La prohibición de la publicidad de las agencias que ofrecen este tipo de servicios, con sanciones para los medios de comunicación que incluyan sus anuncios.
- La potestad de los tribunales españoles para perseguir a las parejas que recurran al extranjero para encontrar a una mujer que alquile su vientre (estas quedan excluidas de esa persecución), si son españoles o residen habitualmente en España.
Por Isabel Valdés
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