Una inadmisible amenaza contra la división de poderes
La insólita presentación de Cristina Kirchner y Graciana Peñafort ante la Corte Suprema de Justicia ha derivado en una incitación a la violencia colectiva
La grave y gratuita situación institucional generada por la insostenible demanda declarativa de certeza promovida por el Senado de la Nación, con la sola intervención de su presidenta, Cristina Kirchner, y de la funcionaria responsable de Asuntos Jurídicos de esa cámara, Graciana Peñafort, directamente ante los estrados de la Corte Suprema de Justicia, no solo ha violado el principio arquitectónico de la división de poderes, sino que además ha derivado en inadmisibles descalificaciones personales y en amenazas propias de una etapa trágica de nuestra historia reciente.
En tal sentido, resultan intolerables las declaraciones públicas de Graciana Peñafort, quien afirmó que "es la Corte Suprema quien tiene que decidir ahora si los argentinos vamos a escribir la historia con sangre o con razones, porque la vamos a escribir igual". Una aseveración que ya mereció una justificada denuncia por incitación a la violencia colectiva por parte de diputados nacionales de la oposición.
En la noche del viernes, la Corte rechazó por unanimidad el pedido de la vicepresidenta de la Nación para que el máximo tribunal se pronunciase sobre la validez de eventuales sesiones por videoconferencia del Senado.
Desde esta columna ya hemos sostenido que esa presentación judicial implicaba desconocer la forma republicana de gobierno, al claudicar de las atribuciones que asisten al Senado para interpretar la Constitución nacional y su propio reglamento, subordinándose indebidamente al máximo tribunal.
El nuevo capítulo que no puede pasar inadvertido para una sociedad que quiere preservar adecuadamente el funcionamiento de sus instituciones tuvo lugar tras el dictamen por el cual la Procuración General de la Nación, representada por Eduardo Casal, había expresado la opinión de un órgano independiente de la Nación que, con arreglo a los precedentes clásicos de la Corte Suprema, concluyó en la manifiesta improcedencia de la presentación por tratarse de una mera consulta.
Ese fundado dictamen fue el disparador para que la presidenta del Senado y su letrada volcaran una incontinencia verbal que pretendió descalificar no solo toda respuesta judicial que no fuera la pretendida, sino que además avanzó sobre las condiciones personales de Casal y de los miembros de la Corte.
Las expresiones que buscan refutar una opinión afectando la honorabilidad del magistrado constitucional que la suscribe como jefe del Ministerio Público de la Nación, al imputársele unilateralmente conductas que ponen en tela de juicio su idoneidad jurídica y ética, o que califican con lenguaje pretendidamente lunfardesco a los integrantes de la Corte, o que anuncian la alternativa de obtener un resultado judicial por la razón o por la sangre, no pueden ser toleradas en un Estado de Derecho, y las instituciones deben poner inmediato remedio a este modo antirrepublicano de ejercer el poder.
Ese remedio debe encontrarse en atenerse a la Carta que, según Joaquín V. González, nos engrandece y nos convierte en una fortaleza inaccesible a la anarquía o al despotismo. Es entonces el momento de recordar la sabia reflexión de Juan Bautista Alberdi acerca de la Constitución, cuando nos dice en las Bases que "la Constitución general es la carta de navegación de la Confederación Argentina" y que "en todos los trances difíciles, la Confederación tendrá siempre un camino seguro para llegar al puerto de salvación con solo volver sus ojos a la Constitución y seguir el camino que ella le traza, para formar el gobierno y para reglar su marcha". Este mandato de uno de nuestros padres fundadores y del constitucionalista más excelso nos impone preservar para cada poder del gobierno federal las atribuciones que la Constitución le ha encomendado.
El Senado debe resolver en su seno el modo en que habrá de sesionar válidamente ante las circunstancias excepcionales actuales.
La Corte Suprema, ateniéndose a las condiciones que la Constitución le ha fijado desde 1853, ha rechazado esta aventura judicial en que, inconsultamente, se ha embarcado a la Cámara alta. Se atuvo a su condición de poder moderador, sin temer a las represalias que temerariamente anunciaron Cristina Kirchner y Graciana Peñafort.
Habrá, pues, que volver a insistir para descartar la intervención consultiva del Poder Judicial. Como lo ha enfatizado en su momento la propia Corte Suprema, en todo Estado soberano el Poder Legislativo es el depositario de la mayor suma de poder y es, a la vez, el representante más inmediato de la soberanía. Es el genuino representante del pueblo, y su carácter de cuerpo colegiado, la garantía fundamental para la fiel interpretación de la voluntad general. Es en el debate legislativo donde se traduce de forma más genuina la participación de todas las voces sociales y se consolida la idea fundamental de participación y decisión democrática, afianzándose de este modo el valor epistemológico de la democracia deliberativa.