Sí a la ficha limpia, no a la corrupción política
Es de esperar que los legisladores estén a la altura de las cada vez más crecientes demandas ciudadanas sobre transparencia en la función pública
La reciente sanción de un proyecto de ley de ficha limpia en la Cámara de Diputados de Mendoza debería ser el punto de partida para que otras legislaturas distritales y el Congreso nacional encaren con decisión y celeridad el debate de una iniciativa en el mismo sentido, tendiente a prohibir que se presenten para competir por cargos electivos quienes han sido condenados por corrupción.
El proyecto mendocino, que debe ser debatido en el Senado provincial, fue incluso mas allá, al extender esa inhabilitación a candidatos para cubrir cargos partidarios y de funcionarios públicos. Y sumó a los delitos por corrupción los económicos y los cometidos contra la integridad sexual, la libertad y el estado civil de las personas.
En todos los casos dispuestos por el proyecto mendocino, se trata de condenados en juicio oral y público a pena privativa de la libertad, aunque la sentencia no se encontrase firme y la pena fuera de cumplimiento en suspenso. Es ese un aspecto fundamental de toda normativa que se propicie en esa materia, por cuanto arribar a una condena definitiva en nuestro país suele insumir varios años y, mientras tanto, nada cambiaría: seguiría ocurriendo lo que lamentablemente acontece en estos momentos en los que personas multiprocesadas y hasta con pedido de prisión preventiva ocupan cargos públicos, algunos de altísimo nivel.
La lucha contra la corrupción no es un tema que desconozcan o soslayen las normas legales de nuestro país. El artículo 36 de la Constitución nacional sostiene que atenta contra el sistema democrático "quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos".
En el orden internacional, también nuestro país es parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y de la Convención Interamericana contra la Corrupción.
Sin embargo, la historia ha demostrado que la sanción penal ulterior, más allá de su necesario carácter preventivo, no ha sido suficiente para evitar que muchas listas electorales e infinidad de puestos de gobierno se cubran con personas investigadas por la Justicia por distintos delitos.
El Congreso nacional debería tomar nota del antecedente mendocino y avanzar de una vez por todas en la sanción de la ley de ficha limpia
De lo que se trata es de articular medidas de protección de las instituciones democráticas frente a hechos ilícitos cometidos con los dineros públicos, patrimonio de todos los ciudadanos.
En el Congreso nacional se presentaron varios proyectos de ficha limpia a lo largo del tiempo. Los más recientes fueron suscriptos por un importante grupo de diputados de varios bloques. Mayoritariamente, fueron los legisladores de Cambiemos los que se pronunciaron en favor de no esperar a una sentencia firme para inhabilitar a una persona a ser candidata. Los proyectos obtuvieron los correspondientes dictámenes de comisión. Sin embargo, una vez llegado el asunto para su tratamiento durante una sesión especial convocada en noviembre del año último, el kirchnerismo y sus aliados no dieron quorum, por lo que la sesión cayó. El interés de este sector siempre ha sido claro: evitar la sanción de una ley que impida usar los cargos públicos y los fueros como protección para muchos de sus dirigentes con gravísimas acusaciones ante la Justicia.
Se perdió en aquel entonces otra oportunidad invalorable de cara a los próximos comicios, por realizarse el próximo año.
Apenas comenzado 2020, varios de aquellos legisladores de Juntos por el Cambio volvieron a impulsar proyectos en la materia. En enero, fue un importante grupo de diputados nacionales de la UCR y, en marzo, los diputados Silvia Lospennato, Pablo Tonelli, Karina Banfi y Graciela Ocaña reingresaron en la Cámara baja la iniciativa que había obtenido dictamen de mayoría el año pasado. En ambos casos, se extiende la prohibición de ser candidato a cargos electivos al contar con una condena ratificada en segunda instancia judicial, aun cuando todavía no sea ejecutable.
El destino de esos proyectos depende ahora del actual oficialismo. Desde que se inició el año parlamentario, el 1° de marzo pasado, y como consecuencia de la irrupción del Covid-19 en nuestro país, la mayor parte de la legislación impulsada por el kirchnerismo ha estado vinculada a cuestiones de emergencia, y no solo sanitaria. No extraña entonces que nunca en todos estos meses se haya reunido una comisión clave y a la que corresponde dictaminar sobre este tipo de proyectos: la de Asuntos Constitucionales. Su última reunión agendada data de agosto de 2019, precisamente para tratar la ley de ficha limpia. La mejora de la institucionalidad no representa un tema prioritario para el oficialismo en el Congreso.
Para aquella época, el Congreso tomó debida nota del reclamo popular para contar con una ley en la materia. En agosto de 2019, el diputado Tonelli recibió 250.000 firmas de ciudadanos reclamando por esa norma a través de la plataforma change.org –hoy hay más de 360.000–, muchos de los cuales demandan que el alcance de la prohibición incluya, además, la supresión de beneficios (jubilaciones, pensiones) obtenidos en el ejercicio de la función.
No hay motivo para seguir poniendo en manos de personas sospechadas de corrupción la gestión y el control de los asuntos públicos
El escándalo sexual que terminó con la renuncia a la banca por parte del diputado kirchnerista Juan Ameri no ha hecho más que volver a cuestionar la forma en que muchas veces se completan las listas de candidatos a cargos electivos. Ameri llegó a su puesto casi por azar, pues los dos legisladores que lo precedían en la nómina dejaron la Cámara baja por haber sido elegidos como senadores.
A raíz del lamentable accionar de Ameri salieron a la luz datos de su pasado vinculados con denuncias en su contra por presuntas amenazas, daños y otros delitos. Hasta sus propios compañeros de ruta política admitieron que también contaba con denuncias públicas por acoso, abuso sexual y violencia física y verbal en las redes sociales, hechos que provocaron incluso el rechazo de sectores de defensa de los derechos de las mujeres.
¿Cuántos Ameri hubo en las listas sábana que votamos y de las que solo conocemos a muy pocos candidatos?, ¿cuántos se postulan solo para obtener los fueros que –amañadamente interpretados– les resultan útiles para intentar zafar de la Justicia y obtener impunidad?, ¿por qué seguir poniendo en manos de personas vinculadas con hechos de corrupción la gestión y el control de asuntos públicos?, ¿alcanza con una ficha limpia solo para condenas de corrupción o debería pensarse en ampliar las restricciones, como hizo la Cámara de Diputados mendocina, y extenderlas, incluso, a quienes hayan sido condenados por delitos económicos, financieros, tributarios, cambiarios, lavado de activos y financiamiento del terrorismo, entre otros?
No se trata de conculcar derechos electorales, como quieren hacer ver algunos interesados en que no se sancione una ley de ficha limpia. Con buen criterio, lo que propone la mayoría de los legisladores de la actual oposición es la limitación temporaria del derecho a competir desde la sentencia condenatoria en segunda instancia del proceso y hasta su eventual revocatoria, o hasta que se cumpla la pena que correspondiere.
Se trata, en definitiva, de extremar todos los recaudos posibles con el fin de fortalecer el sistema electoral, uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta toda noción de democracia.
Es de esperar que los legisladores nacionales estén a la altura de las cada vez más crecientes demandas ciudadanas de transparencia en el acceso y ejercicio en la función pública.