La trampa de modificar el Ministerio Público Fiscal
Es de esperar que los diputados que pueden inclinar la balanza para evitar la sanción de un proyecto peligrosísimo no se presten al juego del oficialismo
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Varias de las reformas que se hicieron al texto de la Constitución nacional en 1994 han sido acreedoras de críticas. Sin embargo, una de ellas merece celebrarse especialmente: la introducción del artículo 120, que reconoció al Ministerio Público como un “órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la república”. Esta reforma determinó que se le reconociese la naturaleza de órgano extrapoder o cuarto poder, de manera tal que su cabeza, el procurador general de la Nación, ya no dependiese funcionalmente del Poder Ejecutivo, como hasta antes de aquella fecha.
En materia penal, el procurador general tiene a su cargo fijar la política de persecución penal contra quien comete un delito de acción pública y ejercer la acción penal pública que se inicia de oficio, por denuncia o querella para castigar al culpable. En línea con convenciones internacionales de las que forma parte el Estado nacional, el Ministerio Público debe también investigar, entre otros delitos de gravedad, la delincuencia organizada transnacional, el lavado de activos y la criminalidad económica, la corrupción, el narcotráfico, la trata y explotación de personas, la prostitución infantil, la violencia de género y la institucional, los ciberdelitos, los delitos ambientales, el financiamiento del terrorismo y los crímenes de lesa humanidad.
Consecuentemente, la importancia de su misión y funciones requiere que toda norma dirigida a regular el funcionamiento y la designación de los integrantes de ese cuerpo y, en especial, la del procurador general de la Nación se oriente a garantizar y fortalecer la independencia y autonomía de este órgano, lo que resulta indispensable para evitar las presiones de los otros poderes del Estado que podrían estar eventualmente involucrados.
La república está en serio riesgo. Es indudable que el proyecto de reforma, que el año pasado obtuvo la aprobación del Senado, va en sentido totalmente contrario a la independencia y la autonomía que la Constitución nacional le reservó a este fundamental órgano de control republicano
Desde esta perspectiva, es indudable que el proyecto de reforma de la ley del Ministerio Público, que obtuvo el año pasado la aprobación del Senado, va en sentido contrario a la independencia y autonomía que requiere este órgano de control republicano.
Varios son los aspectos que preocupan, entre ellos la pretensión de modificar la razonable exigencia de los dos tercios de los votos de la Cámara alta para que el candidato propuesto por el Poder Ejecutivo obtenga el acuerdo para su designación, llevándola solo a la mayoría absoluta (que el oficialismo reúne fácilmente en la actualidad). También inquieta el otorgamiento de excesivas facultades de control y supervisión sobre la actividad del Ministerio Público a la Comisión Bicameral de Seguimiento del Congreso, que, además de ser contrarias a la relación de “coordinación” que constitucionalmente se establece entre el Ministerio Público y el Poder Legislativo, llegan al punto de que sea esta comisión la encargada de seleccionar a quien se desempeñará como procurador general en caso de vacancia del cargo por cualquier motivo. Resulta igualmente nocivo el establecimiento de un nuevo procedimiento de remoción del procurador general que permite que la Cámara de Diputados pueda promover su enjuiciamiento con la mayoría absoluta de sus miembros, en lugar de los dos tercios, del mismo modo que le permite al Senado suspenderlo en sus funciones con igual mayoría. Y preocupa sobremanera la modificación de la integración y funcionamiento del jurado de enjuiciamiento para los fiscales, al dotar de mayor injerencia al poder político en desmedro de los abogados de la matrícula, entre otros cambios.
Si bien el proyecto con aprobación del Senado había quedado sin tratamiento en Diputados, la designación del nuevo ministro de Justicia, quien sin ambages ha emprendido una cruzada para obtener la remoción del actual procurador Eduardo Casal, ha reflotado el tratamiento del proyecto en Diputados con la aquiescencia de Sergio Massa. La oposición, encabezada por Juntos por el Cambio, ha rechazado firmemente su consideración en el recinto, por lo que la posibilidad de que sea tratado depende de diputados de terceras fuerzas. Muchos de ellos ya expresaron su decisión de no acompañar el proyecto, mientras que otros, como el zigzagueante diputado José Luis Ramón (Unidad y Equidad Federal-Mendoza), parecen estar dispuestos a cambiar la independencia y autonomía del Ministerio Público por algunos favores.
El oficialismo continúa empeñado en aprobar la reforma, y para ello ha procurado edulcorar su texto con modificaciones menores en el dictamen recientemente aprobado para atraer –o disfrazar– voluntades de los diputados dudosos, aunque, en sustancia, mantiene el aspecto más cuestionable: la designación del procurador general por mayoría absoluta en lugar de los dos tercios. Incluso se ha buscado maquillar el artículo aprobado en el Senado que le daba a la comisión bicameral la facultad de designar al procurador interino en caso de vacancia, al elegir a cualquier fiscal coordinador o general con una antigüedad de diez años en el cargo, estableciendo ahora que en este caso la designación la haría el Poder Ejecutivo, pero de una terna propuesta por la referida comisión. En rigor, eso no cambia nada, al tiempo que se agregó, con picardía, que la designación podría recaer sobre un fiscal con tan solo cinco años de antigüedad.
Esta última disposición resulta peligrosa, porque hasta permitiría al oficialismo, de llegar el proyecto al recinto, ofrecer en última instancia mantener los dos tercios para el acuerdo a la designación del procurador de modo de obtener así el apoyo de los diputados en duda, para luego, una vez sancionada la norma, remover de inmediato de su interinato al doctor Casal y designar a su reemplazante a través de la comisión bicameral, con el doble beneficio de no tener siquiera necesidad de acordar con la oposición para obtener los dos tercios que requeriría la designación de un nuevo procurador, y el de tener sometido plenamente a quien así elija de forma interina, ya que tendría la posibilidad de cambiarlo cada seis meses durante un extenso lapso.
Por último, y dado el enorme interés demostrado por el sector del oficialismo más afín a la vicepresidenta por sancionar este cuestionable proyecto, que incluso ha llevado a desdeñar la propuesta de Juntos por el Cambio de que el oficialismo renuncie a tratarlo a cambio de aprobar el pliego del doctor Daniel Rafecas, no sería extraño que, de ser sancionado en Diputados merced a las reformas antes comentadas y otras que pudiesen ofrecerse para forzar su aprobación por unos pocos votos, retorne luego al Senado y ese cuerpo insista en su texto original, lo que solo podría ser evitado si la Cámara baja lo aprobase por dos tercios, cosa que ya se sabe de antemano que no sucederá.
La república está en serio riesgo. Es de esperar que los diputados que tienen el poder de inclinar la balanza para evitar que este malhadado proyecto pueda aprobarse no se presten a los juegos del oficialismo en su afán de imponerlo a toda costa.