La polémica por las visitas a una cárcel
La presencia de legisladores oficialistas en una unidad penal que aloja a exmilitares ha sido objeto de ideologizadas e injustas críticas
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La visita efectuada semanas atrás por cinco diputados oficialistas a la unidad carcelaria donde se encuentran alojados militares ya ancianos, acusados o condenados por delitos de lesa humanidad –en algunos casos, desde hace 25 años–, ha seguido provocando reacciones, incluyendo una vergonzosa disputa en el propio bloque de La Libertad Avanza en la Cámara baja. En lo esencial, ese eco ha puesto en evidencia cómo una sociedad política cuya dirigencia se encuentra en no pocos casos anclada en lo peor del pasado se yergue en censora de quien piensa diferente y actúa de manera ajena a las convenciones por ella establecida. Cunde así la cultura del desencuentro y la cancelación y, lo que resulta aún más grave, desconoce normas que han regido con el propósito de que nos comportemos civilizadamente.
Los diputados de diversos bloques que pretenden sancionar a aquel grupo de legisladores han olvidado que fue el propio Poder Legislativo, en noviembre de 2022, el que confirió jerarquía constitucional a la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Esa convención obliga al Estado argentino a proteger sin distingos a la ancianidad, prescribiendo una serie de privilegios, cuidados y beneficios especiales en favor de los mayores de 65 años, tanto en lo administrativo como en lo legislativo y judicial. Del mismo modo, la ley 24.660, reformada en 2008, contempla el derecho a la prisión domiciliaria para los mayores de 70 años.
Las disposiciones de la citada convención, elevada por el Congreso a la jerarquía constitucional, disponen que las medidas que se adopten deben favorecer a todos los adultos mayores sin discriminación alguna.
Varias de las alternativas que se produzcan en ese sentido están previstas entre las reglas sancionadas recientemente en el Código Procesal Federal. Los legisladores hacen normas que no cumplen y determinados jueces y fiscales no las aplican cuando se trata de acusados o condenados por delitos de lesa humanidad. Lo hacen con fundamentos sesgados e inadmisibles que infieren una inocultable y arbitraria discriminación. Esta se advirtió cuando se encargaron de beneficiar con la libertad o la detención domiciliaria en fastuosas mansiones a imputados o condenados por la escandalosa corrupción del gobierno kirchnerista. La lista es larga y abarca a ciudadanos que ni siquiera están protegidos por la citada convención: van desde vicepresidentes, ministros y secretarios de Estado hasta familiares de estos y cómplices de toda laya.
El segundo y todavía más imperdonable olvido de nuestros dirigentes concierne a la letra del artículo 18 de la Constitución nacional, según el cual las cárceles de la nación son para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que bajo pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija hará responsable al juez que la autorice.
Esta cláusula fue ratificada por los tratados internacionales humanitarios que la dirigencia política incorporó a la Constitución 140 años después de que entrara a regir. ¿Cuándo perdió el Poder Judicial el rumbo de la legalidad y la igualdad ante la ley? ¿Cuándo renunció nuestra clase política al deber docente de que la ley se cumpla sin excepciones? ¿Quién se atreve a levantar la mano?
Es absolutamente cierto que muchas víctimas y familiares dañados para siempre por las conductas de no pocos de estos presos se encuentran vivos y las visitas de legisladores nacionales pueden ofenderlos o lastimarlos moralmente. Hay que computar con amplitud y comprensión la naturaleza de esos sentimientos.
Pero es importante recordar que la Argentina no solo tiene vigentes normas que deben ser respetadas sin distingo, sino que es heredera de la cultura del perdón expresado tantas veces en el historial argentino desde la Asamblea General de 1813. Ese historial es también parte de una cultura de la misericordia, manifestada en actos concretos humanitarios y de caridad, como lo es la visita a los presos, que podría ser vista como un aporte a la concordia.
Nuestros dirigentes han pretendido limitar la actividad de legisladores elegidos democráticamente a través de pedidos de sanciones o denuncias penales que carecen de todo sustento. Tienen un fin amedrentador para cualquiera que se atreva a desafiar el perverso relato maniqueísta que divide nuestro pasado entre buenos y malos. Parecería que en los años 70 solo hubo jóvenes subversivos que levantaban ideales patrióticos, mientras que la represalia contra ellos no provenía más que de quienes respondían a inexplicables afanes asesinos. La verdad es que ambas partes utilizaron medios terroristas inaceptables desde cualquier punto de vista humanitario, doblemente agravados cuando para hacerlo de tal modo una parte apeló a la complicidad de otros Estados –Cuba, entre otros–, en tanto el Estado argentino se deshonró con su propia metodología terrorista en la represión, cuando tenía, por ser precisamente el Estado, una responsabilidad superior en la preservación de las garantías constitucionales y los derechos humanos.
Es un debate en el que nadie puede tirar la primera piedra y todos debemos aportar lo mejor de nuestro discernimiento en favor de la reconciliación nacional.