La necesaria reforma laboral
Es preciso estimular la contratación de trabajadores y evitar que un simple despido, por su elevado costo, pueda provocar la quiebra de una empresa
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Durante la desastrosa gestión presidencial de Alberto Fernández se siguió perdiendo una oportunidad para avanzar hacia una necesaria modernización de las relaciones laborales, que incentive las condiciones para generar más puestos de trabajo. En cambio, su período gubernamental transcurrió en medio de prohibiciones de despidos y duplicaciones de indemnizaciones laborales, con el pretexto de la pandemia, y en los últimos tiempos, con estériles discusiones acerca de una reducción de la jornada laboral.
Frente a la nueva etapa política que se ha iniciado, es menester comprender que no se protegerá al trabajador prohibiendo los despidos ni imponiendo indemnizaciones que terminen siendo impagables para muchas pequeñas y medianas empresas, que verían hipotecada su capacidad patrimonial y serían presas de la vil industria de los juicios laborales.
La mejor forma de proteger a los trabajadores es alentando su contratación, brindando seguridad jurídica y previsibilidad económica, y promoviendo incentivos impositivos para la creación de empleos en el sector privado.
La informalidad laboral castiga a más de cuatro de cada diez trabajadores argentinos, al tiempo que el número de trabajadores informales supera al de los empleados registrados en el sector privado.
El presidente Javier Milei se ha pronunciado a favor de una modernización laboral desde el comienzo de su campaña electoral y acaba de formular anuncios en tal sentido, ya que el reciente decreto de necesidad y urgencia contempla importantes cambios tendientes a incentivar la contratación de trabajadores y reducir el costo de las indemnizaciones.
El citado decreto propicia la extensión del período de prueba de tres a ocho meses; habilita el recibo laboral electrónico; les quita a las entidades bancarias el monopolio de las cuentas sueldo e incorpora las billeteras electrónicas y determina que deba existir un consentimiento explícito del trabajador para que su empleador le retenga cuotas sindicales o cualquier servicio prestado por mutuales o entidades profesionales. Asimismo, considera injurias graves los bloqueos o el impedimento de acceso a las empresas, al igual que las intimidaciones a los trabajadores.
Del mismo modo, reduce la base para el cálculo de las indemnizaciones por despido y habilita la creación de un fondo de cese laboral, que estará sujeto a la negociación colectiva.
El reemplazo del actual sistema de indemnización por despido por un fondo de garantía indemnizatorio, que tome los rasgos positivos del existente desde hace muchos años en el gremio de la construcción, aseguraría a los trabajadores que pierdan su empleo la posibilidad de seguir cobrando mensualmente una suma equivalente a su sueldo hasta que consigan otro puesto laboral, y cuyo pago se extienda hasta que concluyan los meses que equivalgan a los años trabajados.
El sistema de indemnización propio de la Unión Obrera de la Construcción (Uocra) consiste básicamente en que el empleador aporte un 12% del salario del trabajador mensualmente en una cuenta bancaria durante el primer año de la relación laboral y un 8% a partir del segundo año. Esos depósitos generarán intereses que se irán acumulando a lo largo de la vida laboral del trabajador y serán de libre disponibilidad de este, aunque la idea es que le sirvan como resarcimiento a la hora de afrontar su desvinculación laboral. Se trata de un sistema que ha funcionado muy bien en una actividad que, como la de la construcción, se caracteriza por una bastante frecuente rotación de los trabajadores, porque depende de la duración de las obras, al tiempo que estas comprenden distintas etapas –excavación, encofrado, amuración, etc.– que implican diferentes especialidades entre los obreros.
Al margen de la necesidad de modificar el oneroso régimen de indemnización por despido que rige en la actualidad, producto de una legislación que contempló multas agravadas por incorrecta registración de los trabajadores, se imponen otros cambios. Entre ellos, una reducción de los costos laborales no salariales, empezando por los gravosos impuestos al trabajo, que no solo perjudican a los empleadores, sino también a los propios trabajadores.
Si se pretende terminar con el trabajo informal, hay que entender que no es factible que en la Argentina por cada 100.000 pesos de salario un trabajador perciba en mano alrededor de 75.000, mientras su empleador termine desembolsando unos 150.000, luego de abonar las cargas sociales, los aportes jubilatorios y las contribuciones para el PAMI, el seguro de vida y la ART.
Para el éxito de esta reforma, será preciso sembrar las condiciones adecuadas, a la luz de que cualquier modificación legal del sistema vigente requeriría de la indispensable seguridad jurídica. En ese sentido, el sindicalismo y el empresariado deberían ser artífices de un diálogo constructivo que coadyuve a la planificación de objetivos y políticas de Estado de largo plazo tendientes al crecimiento de la producción y del empleo.