La jueza del caso Lucio
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La indignación que ha causado el asesinato del niño Lucio Dupuy, ocurrido en noviembre de 2021, tiene pocos puntos de comparación. La condena para la madre asesina y su novia difícilmente calme la indignación de una sociedad sacudida por este crimen atroz, con vejaciones de todo tipo a un pequeño inocente. Perversión, alevosía, vínculo, imposibilidad de resistencia, en fin, todo lo peor imaginable recayó sobre el pobre Lucio a manos de esta perversa pareja que sigue en la misma cárcel, compartiendo múltiples actividades.
Como ya celebramos desde este espacio, el procurador general de La Pampa, Mario Oscar Bongianino, denunció a la jueza Ana Clara Pérez Ballester, a cargo del Juzgado de Familia Nº 1, y también a la asesora de menores Elvira Alejandra Catan, ambas de General Pico, La Pampa, ante el jury de enjuiciamiento por mal desempeño de sus funciones y por haber omitido obligaciones esenciales en todo procedimiento en el cual está en juego el interés superior de un niño. Así, se resolvieron por unanimidad la suspensión de ambas funcionarias y la retención del 50% de sus sueldos mientras dure el juicio.
En los descargos de la jueza Ana Clara Pérez Ballester, responsable de haber entregado para el cuidado personal (antes tenencia) a Lucio a su madre, Magdalena Espósito Valenti, y a su pareja, Abigail Páez, separándolo del cuidado de sus tíos luego de dos años, llamaron la atención las argumentaciones del abogado de la magistrada. Expresa que “cuando ella tomó la decisión no había indicio de violencia”, “no se hizo un estudio socioambiental, porque nadie lo pidió” y “no es de práctica en estos casos donde hay acuerdo de partes”.
Así leídas estas afirmaciones, parecería que se cree que la violencia expuesta es la única causal para negar un cambio de cuidado personal, cuando es más que evidente que para saber si la hubo o no hay que hacer un peritaje médico y psicológico, y en este último caso no solo sobre el niño, sino también sobre su madre y pareja. Tampoco se hizo un informe ambiental sobre la casa donde viviría Lucio, ¡”porque nadie lo pidió”!, como si hiciera falta que alguien lo pida para que un juzgado de familia intente conocer cómo será el ámbito donde dispone que viva el menor. ¿No es esta una obligación del defensor de menores y de la propia jueza? ¿No debería hacerlo “de oficio” si no existía ese informe en autos? La realidad es que, normalmente, el informe en cuestión es realizado por una asistente social dependiente del juzgado que ilustra al juez, si este no prefiere hacer una inspección personal. Nada de ello ocurrió. En cuanto al invocado “acuerdo de partes”, sorprende esa información cuando se sabe que el padre de Lucio no fue citado a juicio.
Diputados de Pro, inicialmente, acompañados por el bloque Propuesta Federal y luego también por el justicialismo, apoyan el enjuiciamiento de la jueza Pérez Ballester por su mal desempeño.
Se le imputa no haber tenido en miras el interés superior del niño, como lo exigen las leyes y la Convención de Derechos del Niño; no haber hecho el informe socioambiental; no haber convocado a declarar a testigos sobre la conveniencia de la decisión; no haber escuchado al niño, ni que haya intervenido un equipo interdisciplinario para evaluarlos a él y a la pareja que requirió su custodia. Los jueces deben ser especialmente cautelosos cuando en su afán por reconstituir la familia natural, reintegrando los menores a su seno, los ponen en peligros muy graves. No es el de Lucio el único caso que terminó en muerte del niño. Para destacar, reiteramos, no se citó al padre, quien seguramente algo habría tenido para decir en la materia.
A pocos días del enjuiciamiento a la jueza, que los diputados hicieron muy bien en solicitar, todavía no se ha escuchado la plena defensa formal de esta, garantía constitucional que la asiste, pero no se advierte que se hayan tomado todos los recaudos posibles y más que convenientes antes de entregar la custodia del menor. Todo indica que el trágico final de Lucio pudo haberse evitado.