Grave discriminación
Resulta injustificable la denegatoria a salir de las unidades carcelarias para vacunarse a ancianos detenidos por delitos de lesa humanidad
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El Servicio Penitenciario Federal, alegando la carencia de medios suficientes, viene negando la salida de ancianos presos por delitos de lesa humanidad con turnos concedidos para aplicarse la vacuna contra el coronavirus, pese a la existencia de órdenes judiciales que autorizan esas salidas transitorias de las unidades penales.
La marginación de la que es objeto este grupo vulnerable en el marco de la pandemia contraría las directivas de la resolución 1/2021 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que insta a los Estados a asegurar la distribución y el acceso equitativo y universal a las vacunas, al tiempo que los obliga a abstenerse de tratos discriminatorios a través de la remoción de obstáculos normativos, regulatorios o de cualquier tipo que puedan propiciar esa práctica, debiendo priorizar la inoculación de quienes presenten un mayor riesgo, tales como las personas mayores y las poblaciones carcelarias.
Cabe preguntarse cuál es la lógica por la cual un gobierno que se arroga la potestad de excarcelar delincuentes peligrosos, con el pretexto de que no se contagien, no acceda a permitir la vacunación de mayores en riesgo que se encuentran encarcelados. Claramente, hay otras razones.
Semejante decisión discriminatoria radica en motivaciones ideológicas. La casi totalidad de los procesados por delitos de corrupción en la República Argentina se encuentran excarcelados, y hasta los condenados por esos crímenes gozan del beneficio de la detención domiciliaria sin haber siquiera cumplido los 70 años establecidos por ley. Sin embargo, los mismos tribunales federales que intervienen en esos procesos se niegan a excarcelar u otorgar detenciones domiciliarias a ancianos miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad a los cuales juzgan por delitos ocurridos unos 45 años atrás.
Prácticamente ninguno de estos últimos detenidos registra antecedentes penales, no obstante lo cual los tiempos que pasan en prisión preventiva triplican los de los detenidos por delitos comunes. A esta inexplicable situación se agrega ahora el abandono de persona que significa mantenerlos en cárceles que aducen carecer de medios para trasladarlos en casos de urgencias médicas, tan probables como frecuentes en personas mayores, cuando no existe un solo antecedente de fuga entre quienes se encuentran en detención domiciliaria.
Esta injustificable actitud en perjuicio de este grupo de detenidos solo puede explicarse por factores como la venganza y el odio ideológico, asociados a una política de derechos humanos amparada en una memoria parcial y no integral sobre los hechos de violencia que signaron a la Argentina en aquella década trágica.
La igualdad social, educativa y de oportunidades en un país depende de múltiples factores, algunos de los cuales escapan a la exclusiva voluntad de los gobernantes. Pero la igualdad ante la ley reposa solo en la independencia, la imparcialidad y la valentía de los jueces. Es lo que la Argentina toda necesita y reclama.