La regulación del traspaso presidencial
Luego del papelón de 2015, cuando Cristina Kirchner no le entregó la banda y el bastón a Mauricio Macri, una ley que regule la transición parece necesaria
A muchos podrá parecerles ridículo que haya que regular mediante una ley cuestiones protocolares que rara vez ocasionaron conflictos a la hora del traspaso del poder entre el presidente de la República saliente y el entrante. Desde la reapertura democrática, hemos asistido a varias entregas de los atributos presidenciales sin problemas hasta que, en diciembre de 2015, vivimos el bochorno que significó la negativa de la presidenta Cristina Kirchner a participar de la habitual ceremonia de entrega de la banda y el bastón a su sucesor, el actual presidente Mauricio Macri.
Recientemente, a través de las páginas de su libro Sinceramente, la expresidenta dio detalles de aquel penoso y vergonzoso acontecimiento para los argentinos. Si bien Cristina Kirchner esgrime que no fue ella la que se opuso a entregarle al mandatario entrante aquellos atributos, sino que la responsabilidad fue de Macri porque pretendía que ese traspaso se efectuara en la Casa Rosada y no en la Asamblea Legislativa, algunas de sus palabras transmiten un patético sentimiento: "Muchas veces, después del balotaje, pensé en esa foto que la historia finalmente no tuvo: yo, frente a la Asamblea Legislativa, entregándole los atributos presidenciales a... ¡Mauricio Macri! –refiere la expresidenta–. Lo pensaba y se me estrujaba el corazón. Es más, ya había imaginado cómo hacerlo: me sacaba la banda y, junto al bastón, los depositaba suavemente sobre el estrado de la presidencia de la Asamblea, lo saludaba y me retiraba. Todo Cambiemos quería esa foto mía entregándole el mando a Macri porque no era cualquier otro presidente. Era Cristina, era la ‘yegua’, la soberbia, la autoritaria, la populista en un acto de rendición".
Como señalamos en oportunidad de un editorial publicado el 10 de diciembre de 2015, es difícil encontrar en alguna nación democrática del mundo desarrollado actos de mezquindad política tan penosos como ese, en el que, como lo acaba de admitir la exjefa del Estado, el adversario político equivale en su lógica a un enemigo, al tiempo que una derrota electoral en un proceso democrático es homologable a una rendición tras un conflicto bélico.
Por si lo ocurrido fuera poco, en aquella mañana de 2015 en que Macri se presentó ante los diputados y senadores, Cristina Kirchner ordenó a los legisladores de su fuerza política que vaciaran la Asamblea Legislativa en el momento de la jura presidencial. Fue no solo una falta de respeto por la propia investidura presidencial, sino que además se asemejó a un acto de desestabilización.
Si bien incidentes bochornosos como el descripto podrían evitarse con un mínimo de sentido común por parte de los protagonistas y con una dosis de grandeza, diálogo y tolerancia de cuya ausencia algunos hacen gala, no está de más que el Congreso tome cartas en la cuestión del traspaso presidencial para clarificar tanto el procedimiento protocolar de entrega del mando como la cooperación que necesariamente tendría que existir de parte del equipo gobernante saliente hacia quienes se disponen a asumir sus nuevas funciones en el Poder Ejecutivo.
En tal sentido, resulta un paso positivo que senadores nacionales de distintas fuerzas políticas hayan consensuado un proyecto de ley sobre esta cuestión, que ha recibido un dictamen favorable en la Comisión de Asuntos Constitucionales y que, en breve, podría ser discutido en el recinto de la Cámara alta.
El proyecto surgió a partir de distintas iniciativas presentadas por la senadora Lucila Crexell (Movimiento Popular Neuquino) y su par salteña Cristina Fiore (Frente para la Victoria), a quienes se sumaron Dalmacio Mera (PJ), Esteban Bullrich (Pro), Magdalena Odarda (Frente Progresista) y Mario Pais (Argentina Federal).
El texto acordado propicia la obligatoriedad del acto simbólico que constituye la entrega del mando, al tiempo que dispone que quien deje el poder deba presentarle a su sucesor una "memoria del Estado" sobre la situación en que deja la administración. Esta documentación deberá contener la nómina de autoridades y personal de la planta permanente y transitoria u otra modalidad de contratación; la ejecución presupuestaria de cada uno de los ministerios, instituciones, empresas públicas y entes, junto a las últimas auditorías efectuadas a todos ellos; la situación de todos los procesos judiciales y arbitrales que involucren al Estado nacional; las contrataciones públicas y licitaciones que estén en curso o pendientes; el inventario de bienes, disponibilidades financieras y obligaciones exigibles, y el detalle de la deuda pública interna y externa.
Un dato muy importante es que si el gobierno saliente no cumpliera con este compromiso la conducta de los funcionarios responsables quedará tipificada como "incumplimiento de los deberes del funcionario público".
En otro orden, la iniciativa apunta a establecer que los períodos del presidente y el vicepresidente expirarán a las 12 del mismo día del año calendario de aquel en el que se realizó el juramento cuando tomaron cargo de sus funciones.
Por otra parte, el proyecto propicia que el mismo día de la jura el presidente saliente le haga entrega de los atributos de mando al presidente electo en un acto en la Casa de Gobierno, salvo que ambos convengan, de común acuerdo, que esto se lleve a cabo en el Congreso.
Esta iniciativa debe ser bienvenida, pues, además de llenar un vacío legal, facilitará una transición sin los conflictos que sufrió la que vivimos en diciembre de 2015.
LA NACION