El mercado laboral requiere cambios urgentes
Así como se precisa una descentralización de la negociación colectiva, es necesario enfrentar la vil industria del juicio de una vez por todas
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En los últimos días se conoció un dato por demás llamativo, que habla de las rigideces que aún subsisten en el mercado laboral argentino alimentadas por una voraz industria del juicio. Se supo que, pese a la constante disminución del número de accidentes de trabajo y de la cantidad de muertos en esos siniestros, la litigiosidad no para de crecer.
En efecto, entre enero y septiembre de este año se iniciaron 94.102 nuevas demandas judiciales por accidentes laborales o enfermedades profesionales. Se estima que 2024 concluirá con más de 124.000 juicios, lo cual representaría un 6% de incremento con relación al año último. Ese crecimiento se verificaría paradójicamente a pesar de que, desde el inicio del sistema de riesgos del trabajo, en 1997, el número de accidentes laborales cayó en un 49%, en tanto que el de fallecimientos por ese motivo descendió en un 78%, según las más recientes estadísticas de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).
No se trata, por cierto, del único problema que presenta el mercado laboral argentino. Los empleadores reconocen los avances registrados a partir de la sanción de la Ley Bases, que incluyó la extensión del período de prueba para los nuevos trabajadores y la eliminación de multas laborales que incrementaban las indemnizaciones castigando excesivamente a aquellas empresas que realizaran contrataciones irregulares de empleados. Pero aún queda mucho por hacer.
Uno de los reclamos que formulan los representantes del empresariado al Gobierno pasa por la adecuada instrumentación de sanciones para gremios y trabajadores que obstaculicen la libertad de trabajar tanto mediante la toma de fábricas u otros establecimientos como a través del bloqueo de su ingreso.
Otra cuestión que inquieta a no pocos empleadores, especialmente entre aquellos responsables de pequeñas y medianas empresas, es el cálculo de los intereses de las sentencias vinculadas con demandas laborales. Este punto, finalmente, quedó fuera de la Ley Bases, y ha dado lugar a diferentes interpretaciones en el ámbito judicial, que con frecuencia perjudican a los empleadores, desalentando la contratación de trabajadores y coartando el crecimiento de la actividad económica.
Paralelamente, se impone una descentralización de la negociación colectiva, para que empleadores y trabajadores puedan discutir salarios y condiciones laborales por empresa, a la luz de las distintas realidades de cada unidad de trabajo.
Una comparación entre cifras de siniestralidad y litigiosidad correspondientes a la Argentina y otros países del mundo ofrece una clara perspectiva de los problemas que atraviesan muchos empresarios de nuestro país. Por ejemplo, con similares niveles de accidentabilidad, la Argentina presenta 13 veces más juicios laborales que España y 21 veces más que Chile. El índice de judicialidad es de 114,2 por cada 10.000 trabajadores en la Argentina, cuando en España es de solo 9,5 y en Chile, de apenas 5,8. Puede advertirse, así, un serio desafío que afecta la competitividad y detiene la generación de empleo registrado, al tiempo que retrasa el imperioso desarrollo de la economía.
Al margen de las reformas que deberían realizarse en el ámbito del mundo del trabajo, no es necesaria una nueva legislación para resolver el aumento de los juicios laborales. Este problema podría ser paliado en forma relativamente sencilla con el marco legal actual conformado por la ley 27.348, sobre riesgos del trabajo, sancionada por el Congreso de la Nación en febrero de 2017. Esta norma dispuso la creación de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF), pero hasta hoy ni la Corte Suprema de Justicia de la Nación ni la inmensa mayoría de los poderes judiciales provinciales los han conformado.
Hasta ahora, en los juicios por accidentes laborales y enfermedades profesionales, los peritos que intervienen perciben por su trabajo honorarios que descabelladamente se fijan en proporción al monto de las indemnizaciones que terminen correspondiéndoles a los trabajadores. Se trata de un procedimiento que, según se denuncia desde la UART, está viciado, porque cuanto mayor resulte el grado de incapacidad laboral que diagnostique un perito, mayor será el monto de sus honorarios. Se ha montado así una industria del juicio que persiste hasta la actualidad, algo que podría evitarse si esos profesionales cobrasen honorarios por acto médico y estos no estuviesen atados al resultado del proceso judicial, que a su vez dependerá de los peritajes.
La única provincia que recientemente conformó los CMF es Mendoza y los resultados favorables están a la vista, por cuanto su litigiosidad ha disminuido.
Es necesario corregir estas graves distorsiones que, en tanto las autoridades miren para otro lado, seguirán afectando negativamente al mercado de trabajo, alentando la informalidad e imposibilitando nuevas inversiones como consecuencia de una gran inseguridad jurídica que se prolonga desde hace demasiado tiempo.