Corrupción: los jueces no deben cerrar los ojos a la realidad
Es vergonzoso el fallo de la Cámara de Casación según el cual los pagos de empresarios a funcionarios no fueron coimas, sino aportes electorales
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En fecha reciente la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución dictada en favor de Cristóbal López y Fabián de Sousa, acusados de financiar el gigantesco crecimiento de su grupo empresario con aprovechamiento de las moratorias y los diferimientos impositivos que les acordaba sistemáticamente la Administración Federal de Ingresos Públicos. Como fundamento de esa revocación, se señaló que la conducta de López y De Sousa debía analizarse teniendo en mira el contexto y las circunstancias concomitantes del hecho, que excedían la mera solicitud de facilidades de pago. La Corte, con apoyo en el fundado dictamen del procurador general, Eduardo Casal, sostuvo que los jueces habían absuelto a los imputados mediante “un recorte arbitrario de una trama mucho más compleja”.
Las mismas consideraciones resultan de aplicación respecto del reciente fallo dictado por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Diego Barroetaveña, Carlos Mahiques y Daniel Petrone, quienes, efectuando una interpretación similar, han considerado como meros “aportes de campaña” a una gran cantidad de pagos efectuados por orden del empresario Angelo Calcaterra a funcionarios del ministerio responsable de adjudicaciones de obras públicas de las que su empresa era beneficiaria. Este desacertado fallo, sorprendente en magistrados de su prestigio, podría beneficiar también a otros empresarios imputados de cohecho, cuyas acciones terminarían sujetas a penas de mucha menor cuantía y, en la práctica, quedar impunes pues la infracción al Código Electoral habrá prescripto por el paso del tiempo.
El gran mérito de la investigación que este diario efectuó en la causa conocida como “los cuadernos de las coimas”, junto a la encomiable tarea del fiscal Carlos Stornelli y la ratificación de todas las instancias judiciales previas a la elevación del caso a la etapa de juicio oral, fue el de transparentar un perverso sistema de amañamiento de la obra pública que llevaba décadas de vigencia. En la causa se reunieron testimonios de una gran cantidad de empresarios que hicieron uso de la figura del “arrepentido”, obteniendo así ventajas procesales y una disminución de la pena que les correspondería por hechos cuya ilegalidad claramente conocían.
Desafía el sentido común pensar que numerosas entregas de bolsas de dinero en efectivo en playas de estacionamiento subterráneas, sin la obtención de ningún comprobante, pueda calificar como algo distinto de lo que era: un simple soborno
La decisión de la Cámara de Casación validaría la absurda argumentación de los empresarios involucrados en este escándalo según la cual son unos simples descuidados que olvidaron pedir un recibo por el pago de una suerte de bono contribución, curiosamente abonado a escondidas, en bolsos llenos de dinero en efectivo. No es factible confundir un descuido contable con un cohecho.
Desafía simplemente el sentido común pensar que numerosas entregas de bolsas de dinero en efectivo en playas de estacionamiento subterráneas, sin la obtención de ningún comprobante, pueda calificar como algo distinto de lo que era: un simple soborno a cambio del aseguramiento de seguir perteneciendo al “club de la obra pública”, donde de antemano se determinaba el ganador y se obtenía igualmente el consentimiento de quienes aceptaban perder sin protestar, a sabiendas de que les llegaría oportunamente su premio con la concesión de alguna obra posterior. En la causa se obtuvieron igualmente testimonios del financista (Ernesto Clarens) que dio detalles de la ingeniería que se utilizaba para asegurar este ilegal propósito.
Al igual que el caso que involucra a López y De Sousa, estamos en presencia de una compleja trama que no puede ser disimulada con la ficción de que se trató de algún aislado “aporte de campaña”. Son abrumadores los testimonios acumulados, en línea con las anotaciones manuscritas del chofer Oscar Centeno, y demasiadas las señales de enriquecimiento de los funcionarios y allegados a los responsables de la administración kirchnerista, que fomentaba este perverso esquema de obra pública, como para que los jueces cierren sus ojos a la realidad. La clara connivencia existente entre los funcionarios del área que respondía al exministro Julio De Vido y los empresarios que se beneficiaban con espurias adjudicaciones cuya real causa debe buscarse en sus sostenidos “aportes”, impide que este caso sea uno que deba resolverse exclusivamente en función de las prescripciones del Código Electoral y la imposición de alguna multa menor.
Dejar subsistente un pronunciamiento de esta naturaleza y aceptar que esos “aportes” eran algo diferente al delito de cohecho con dos partes igualmente involucradas constituiría un nuevo paso que nos alejará cada vez más del universo de naciones confiables. Cabe preguntarse qué sentido tiene seguir solicitando a entidades como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) que nos permita el ingreso a ese grupo, con los beneficios en materia de inversiones que conllevaría, si paralelamente se admiten decisiones que van a contrapelo de toda idea de seriedad y transparencia. Es de esperar que esta vergonzosa sentencia sea rápidamente apelada y corregida por el máximo tribunal de la Nación.