Claudicación de la Corte ante el poder político
El fallo impulsado por la mayoría del máximo tribunal sobre los traslados de dos jueces avala una manipulación política
Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación no es capaz de defender su propia autoridad ante los arrebatos del poder político, cabe preguntarse de qué manera estarán sus miembros dispuestos a defender los derechos de cualquier ciudadano ante los abusos de quienes gobiernan.
Esta reflexión surge tras el fallo del máximo tribunal conocido ayer que resolvió por mayoría de cuatro de sus integrantes que los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi dejen los cargos actuales, a los cuales habían sido trasladados durante el gobierno de Mauricio Macri, aunque su salida se ejecutará una vez realizados los nuevos concursos para ocupar sus vacantes.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, a quienes se sumó Elena Highton de Nolasco. En cambio, el presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, se pronunció en favor de la continuidad de los dos jueces en sus actuales cargos en la Cámara Federal y mantuvo la posición que había fijado la Corte en dos acordadas anteriores.
Las acordadas de la Corte no son meras decisiones administrativas. Tanto es así que aquellas que reglamentan derechos se publican en el Boletín Oficial por su carácter imperativo.
Señalar que la costumbre consolidada en materia de traslados no genera derechos es disparatado. La creencia compartida durante décadas sobre el carácter no transitorio de los traslados genera derechos. Ningún juez acepta ir provisoriamente a otro tribunal por unos días; por él y por sus responsabilidades. Juzgar un caso no es una tarea de días o semanas. Por tal motivo, el criterio impuesto por la mayoría de los miembros de la Corte es de una gravedad inusitada.
Rosenkrantz consideró que "la posibilidad de que una vacante en un tribunal de la Nación sea cubierta por el traslado de un juez ya nombrado en otro tribunal de la Nación ha sido validada por esta Corte y surge de una práctica institucional de más de siete décadas". Sostuvo también que resulta "indiscutible" que un magistrado trasladado con sujeción a las pautas constitucionales y reglamentarias vigentes al momento de su traslado tiene la garantía de inmovilidad que establece el artículo 110 de la Constitución nacional. Esta garantía se refiere al derecho de los magistrados a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta y a no ser trasladados a otro cargo sin su consentimiento.
En opinión de Rosenkrantz, la resolución del Consejo de la Magistratura que estableció que los traslados debían ser revisados por el Senado es "irregular" y "particularmente grave", por cuanto el derecho a la inamovilidad de los jueces es, desde el punto de vista institucional, una inmunidad necesaria para asegurar que el Poder Judicial pueda funcionar con independencia del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo. "Esta inmunidad –afirmó el titular de la Corte– es la clave de bóveda de la independencia judicial, razón por la cual el tribunal ha destacado que la inamovilidad no ha sido establecida únicamente a favor de los magistrados, sino fundamentalmente en beneficio de la totalidad de los habitantes de la Nación".
La idea de la independencia en un Estado de Derecho es, en última instancia, un límite al poder. Y la decisión adoptada ayer por el alto tribunal da cuenta de la debilidad de los magistrados a la hora de juzgar al poder político.
Por encima de cualquier especulación referida a tecnicismos, el fallo es tristemente trascendente por lo que representa en forma simbólica: el máximo tribunal ha avalado una manipulación política de los jueces y se ha abstenido de defenderlos frente a ese manifiesto abuso de poder.